Luego de las celebraciones de fin de año, resulta imprescindible reflexionar sobre los avances jurídicos que el 2016 nos ha legado. Este fue, sin duda alguna, un año que ha marcado el mundo jurídico de nuestro país mediante leyes y sentencias; las cuales significaron la concreción de derechos que desde hace mucho tiempo se venían persiguiendo.
Un primer gran hito fue la sentencia a propósito de la matanza de Accomarca. Así, fueron 31 años los que tardó la justicia, luego de que el 14 de agosto de 1985 militares ejecutaran a 61 campesinos, entre ellos niños y mujeres, en el distrito de Accomarca, Ayacucho. La patrulla Lince, liderada por el sub Teniente Telmo Hurtado, excusándose en la búsqueda de elementos terroristas, ordenó a sus subordinados violar, torturar y, finalmente, asesinar a tiros a parte de la población del referido lugar.
La Sala Penal Nacional, en efecto, determinó que Telmo Hurtado no había actuado por cuenta propia; por el contrario, él había recibido órdenes superiores. Por ejemplo, ocultaron el móvil de las muertes justificando, en documentos falsos, que todos los fallecidos eran senderistas. Por ello, la Sala, no solamente condenó a Hurtado a 23 años de prisión, sino también al teniente Juan Rivera Rondón y al general Wilfredo Mori a 24 y a 25 años de prisión, respectivamente.
Esta sentencia creó un precedente importante en cuanto a la determinación de responsabilidades institucionales a nivel militar, en el caso de delitos cometidos en el contexto del conflicto armado. Asimismo, es un ejemplo positivo de acceso a la justicia de las víctimas del referido periodo.
Un segundo avance fue la promulgación de la Ley N° 30470 o Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000. La norma atiende a un problema de casi 15 mil personas que, a la fecha, se encuentran desaparecidas como resultado del conflicto armado interno[1]. Lo que busca la disposición normativa es darle un enfoque humanitario a la búsqueda de las personas desaparecidas, articulando y promoviendo medidas para la búsqueda, recuperación, análisis, identificación y restitución de restos humanos.
Los puntos clave de la norma son la definición de quién es una persona desaparecida – nos referimos a “toda aquella cuyo paradero es desconocido por sus familiares o sobre la que no se tiene certeza legal de su ubicación, a consecuencia del período de violencia 1980-2000”. Así como promover la aceleración de la búsqueda de los desaparecidos sin haber iniciado, previamente, un proceso judicial. El enfoque humanitario busca aliviar el sufrimiento, incertidumbre y la necesidad de respuestas por los deudos o familiares. Por otra parte, el acompañamiento psicosocial que establece la norma tiene como objetivo acompañar a los familiares en todo el proceso de investigación y de restitución de restos para reducir el impacto psicosocial de la desaparición.
La norma también establece que se brindará apoyo material y logístico a los deudos, a lo largo del proceso de búsqueda y reconocimiento de sus familiares. Por último, la ley señala que se creará un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y de Sitios de Entierro, el mismo que será centralizado, actualizado y administrado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Esta norma es de suma importancia ya que responde al pedido de justicia de los familiares de los miles de desaparecidos en este periodo. Asimismo, responde a la concreción del derecho a la verdad de los deudos.
Por último, un tercer avance es la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente 06040-2015-PA/TC. Esta sentencia dejó sin efecto el precedente constitucional establecido en el Exp. Nº 0139-2013PA/TC. Con ello, los pedidos de cambio de nombre y sexo registral de personas trans podrán ser atendidos y, de ser el caso, autorizados en la vía civil.
Esta sentencia es especialmente importante pues marca un hito en la protección de derechos de las minorías además de que deja de lado concepciones conservadoras que impedían el acceso a los derechos a la identidad y autorrealización personal de muchos ciudadanos.
Si bien, en el 2016 se dieron importantes avances en cuanto la protección y materialización de los Derechos Humanos, aún queda un largo camino por recorrer. Demandas pendientes como el aborto en casos de violación o el matrimonio entre personas homosexuales evidencian que en nuestro país aún hay muchos puntos que deben ser atendidos. Desde esta casa editorial hacemos un llamado a las autoridades para que en este 2017 se trabaje de forma conjunta por el fortalecimiento y concreción de los derechos de todos los peruanos, dejando de lado los intereses políticos partidarios y centrándose en lo que realmente importa: el bienestar del ciudadano.
[1] http://idehpucp.pucp.edu.pe/comunicaciones/notas-informativas/gobierno-promulga-ley-de-busqueda-de-personas-desaparecidas/