Por Enfoque Derecho.
- Hechos: PL No. 07437/2023-CR, ¿una medida desproporcionada?
El pasado dos de abril se presentó en el Congreso el Proyecto de Ley No. 7437/2023-CR, “Ley que transparenta el ejercicio del periodismo en el Perú”. La iniciativa fue propuesta por los miembros de la bancada de Acción Popular: Jorge Flores Ancachi; Darwin Espinoza Vargas, recientemente expulsado de la bancada[1]; Wilson Soto Palacios; entre otros. A la fecha, el proyecto se encuentra en las comisiones de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera; y Fiscalización y Contraloría, a la espera que se expida el respectivo dictamen.
Según el documento presentado, el proyecto busca transparentar el ejercicio del periodismo en el Perú, para evitar “beneficios indebidos” a las personas que ejercen el periodismo en medios de comunicación. Para ello, se pretende modificar el artículo 11 de la Ley de Contrataciones con el Estado a fin de establecer la prohibición de que periodistas que trabajen en medios de comunicación con alcance nacional y sus familiares contraten con el Estado; inclusive, hasta doce meses después de dejado el cargo.
Como era de esperarse, la medida legislativa no ha tenido gran respaldo en el Congreso. Muestra de ello es el posterior retiro de firmas y las diversas críticas realizadas por parte de congresistas de Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Renovación Popular, entre otras bancadas[2]. Sin embargo, desde Enfoque Derecho consideramos pertinente abordar el proyecto de ley, toda vez que este supone una amenaza directa contra la libertad de prensa e igualdad; y, con mayor razón, considerando que se trata de una propuesta que nace en el órgano que representa a todos los peruanos.
2. Análisis de la propuesta legislativa
A partir de lo mencionado, Enfoque Derecho analizará la viabilidad de la iniciativa legislativa 07437/2023-CR; puesto que lo propuesto por el parlamento ha generado gran polémica tanto a nivel social como jurídico. En ese sentido, en la presente sección de la editorial se cuestionará lo planteado, en tanto se mantiene una postura en contra a lo manifestado por la bancada de Acción Popular.
Es de vital importancia que al momento de plantear una propuesta legal, esta cuente con un sustento sólido, de manera que posea una finalidad que favorezca y proteja el interés de la población. En este caso, la medida prohibitiva postulada por el Congreso ―consistente en impedir que tanto periodistas como sus familiares de hasta segundo grado de consanguinidad puedan mantener a cualquier tipo de contrato con el Estado― se supone debería tener un fin constitucional para llegar a considerar que posee legitimidad. Es decir, esta medida prohibitiva debería tener como fin proteger un bien jurídico constitucionalmente reconocido. Así, aunque el proyecto de ley no es claro, podría inferirse que la prohibición propuesta buscaría proteger la institucionalidad estatal y la libertad de información veraz que reciba la población.
En esa línea, los congresistas de Acción Popular manifiestan que la medida busca asegurar la transparencia del ejercicio del periodismo en el país, a fin de que los periodistas no reciban “beneficios indebidos”. Sin embargo, no se especifica la forma en la que la prohibición de contratación ayudaría a mejorar la transparencia de la profesión, sino que simplemente queda como un enunciado general y carente de sentido lógico. A la vez que se da por hecho que los periodistas se encontrarían parcializados a favor del Estado, probablemente, por el pago de sobornos o “coimas”.
Ahora bien, se puede afirmar que el proyecto de ley presentado no cuenta con ninguna justificación razonable ni proporcional. En efecto, atenta contra los derechos constitucionales a la libertad, igualdad, libre desarrollo de la personalidad, entre otras, tanto de los periodistas como de sus familiares. Esto, al establecerse una prohibición irrazonable de contratación para aquellos.
Al respecto, podríamos circunscribir la discusión en el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Este derecho se encuentra plasmado en el artículo 2.1 de la Constitución y se caracteriza por tener gran amplitud y ser “relacional”; es decir, que su eficacia dependerá de la eficacia de otros derechos. Así, este derecho se encuentra vinculado al desarrollo pleno de la vida personal; en tanto, como indica la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se relaciona de manera directa con la dignidad humana. En síntesis, a partir de su reconocimiento y ejercicio es posible tener el proyecto de vida deseado.
En relación a ello, resulta fácil sostener que la medida prohibitiva planteada atenta contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad; puesto que obligaría a los ciudadanos a hacer una proyección limitativa de su futuro con el temor de que si en algún momento quieren tener una relación contractual con el Estado, entonces no pueden ejercer la profesión periodística. Ni siquiera, sus familiares. Al respecto, Rodrigo Salazar, director del Consejo Directivo de Prensa, afirma que la medida planteada es una forma de buscar venganza en contra de la prensa al limitar su carrera y su proyección de vida[3].
Es necesario tener en cuenta que los congresistas que se encuentran a favor de la iniciativa legislativa se encuentran siendo investigados por delitos de corrupción, tal es el caso del parlamentario Flores Ancachi con “Mucha Sueldos” o Elvis Vergara con el caso “Los Niños”. De manera que, este último declaró lo siguiente: “La medida no representa una amenaza, amenaza sería que se les denuncie por tantas calumnias e incoherencias que se han hecho en contra de congresistas”[4]. En ambas situaciones, las acusaciones hacia los parlamentarios fueron difundidas por la prensa.
En este punto, resulta importante resaltar que la libertad de información y prensa, precisamente, pretenden que la población tenga acceso a información veraz respecto de los hechos de interés público acontecidos.
3. Reflexiones finales
El proyecto de ley que transparenta el ejercicio del periodismo en el Perú busca evitar que se generen beneficios indebidos a las personas que ejercen el periodismo mediante la prohibición de contratar con el Estado para los periodistas y sus familiares. Sin embargo, no es posible apreciar el sustento que amerite la proporcionalidad de la medida; sino que el proyecto se limita a presuponer que los periodistas reciben beneficios indebidos.
En base a lo mencionado, lo esperable sería que las comisiones donde se encuentra el proyecto de ley rechacen el mismo. De igual modo, se espera que ciertos funcionarios públicos mantengan el vacío discurso referido a que la prensa opositora se encuentra “comprada”; discurso que deslegitima la labor periodística y podría lesionar la libertad de información a largo plazo.
Editorial escrito por Marialitz Fasshauer y César Loyola
Referencias
[1]https://gestion.pe/peru/politica/darwin-espinoza-accion-popular-confirma-su-expulsion-del-partido-congreso-los-ninos-noticia/
[2]https://elcomercio.pe/politica/congreso/proyecto-que-amenaza-a-la-prensa-se-queda-sin-piso-en-el-congreso-de-la-republica-fuerza-popular-alianza-para-el-progreso-renovacion-popular-noticia/