- Odebrecht reconoce pago de 29 millones de dólares en coimas a funcionarios peruanos
El Departamento de Justicia de los Estados Unidos publicó, el miércoles último, un informe de 73 páginas en el que se detalla, por declaraciones de ex directivos de la empresa constructora Odebrecht, el pago de 788 millones de dólares a altos funcionarios públicos de Venezuela, Ecuador, Angola, Argentina, Colombia, Guatemala, México, Panamá, República Dominicana y Perú.
Tras llegar a un acuerdo de colaboración – o delación- entre la empresa y la justicia norteamericana, se ha llegado a saber que específicamente en nuestro país se realizó un desembolso de, aproximadamente, 29 millones de dólares entre los años 2005 y 2014 (entre los gobiernos de Alejandro Toledo, Alan García y Ollanta Humala).
El citado informe también detalla la existencia de una suerte de “oficina de sobornos” en la compañía. En efecto, dentro del esquema organizacional de la empresa, operaba la División de Operaciones Estructuradas encargada de la gestión de entregas de sobornos alrededor del mundo. Llegaron a tal grado de sofisticación que usaban sistemas informáticos (“MyWebDay” y “Drousys”) con los cuales ocultaban la identidad de los involucrados y aseguraban las comunicaciones de posibles intervenciones.
También Odebrecht reconoció el pago de 1,4 millones de dólares a un alto funcionario público peruano que, en ese entonces, trabajaba en el rubro de transportes. Al parecer, la coima sirvió para favorecerlos en la adjudicación del proyecto de la línea 1 del Metro de Lima en el 2009.
Como consecuencia de tamaña revelación, Odebrecht Latinvest, responsable de la firma en América Latina, decidió cambiar a su presidente Jorge Barata por Mauricio Cruz. El primero de ellos relacionado con la entrega de sobornos en la región. Por su parte, EE.UU. conminó a Odebrecht a pagar, en calidad de multa, la suma de mil 500 millones de dólares.
Fuentes recomendadas:
- http://convoca.pe/agenda-propia/desde-2009-odebrecht-delego-representantes-de-sus-filiales-aprobar-pago-de-sobornos
- http://larepublica.pe/politica/832584-odebrecht-pago-sobornos-en-el-peru-por-29-milllones-de-dolares
- https://idl-reporteros.pe/las-coimas-confesadas/
2. Nuevo Régimen Tributario Mype y otras reformas
El Decreto Legislativo 1269 crea el Régimen Mype Tributario (RMT) del Impuesto a la Renta (IR). Con él se busca que las micro y pequeñas empresas del país, que dentro de sus ingresos netos no superen los 6 millones 715 mil soles dentro de un ejercicio gravable, puedan tributar, preferencialmente, de acuerdo a su capacidad, a partir del 1 de enero del 2017.
Quedarán fuera del nuevo régimen las personas jurídicas que estén vinculadas, en cuanto a capital, a otras personas naturales o jurídicas, y superen sus ingresos netos anuales conjuntos los límites del artículo 1. También se excluyen del radio de influencia de la norma las sucursales, agencias u otro establecimiento permanente de empresa extranjera que hayan logrado ingresos netos anuales mayores a 1700 UIT. En caso existan empresas que estén presentes en más de dos regímenes tributarios respecto a la tercera categoría, deberán considerar, si están en el Régimen General y el RMT, el ingreso neto anual; y, los del Régimen Especial, sumar los ingresos mensuales declarados, lo mismo con el nuevo RUS.
Por otro lado, el Impuesto a la Renta también sufrió modificaciones. En efecto, se modificó el artículo 46, 54 inciso b), 65 (penúltimo párrafo), 75 (primer párrafo) y se derogó el segundo párrafo del 79.
Fuentes recomendadas:
- http://gestion.pe/economia/gobierno-publica-nuevo-regimen-mype-tributario-que-consiste-y-quienes-se-beneficiaran-2177569
- http://rpp.pe/economia/economia/gobierno-publico-nuevo-regimen-mype-tributario-noticia-1017819
3. Nueva Ley de Procedimientos Administrativos Generales
El 21 de diciembre, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo 1272. Como se desprende de su artículo N° 1, el decreto legislativo “tiene por objeto modificar la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y derogar la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo.”[1] La expedición de este decreto tiene como objetivo mejorar y agilizar la gestión de procesos administrativos a través de la mejor regulación, optimización y eliminación de algunos procedimientos. Dicha ley será de aplicación para todas las entidades que pertenezcan a la Administración Pública; es decir, entidades el Poder Ejecutivo( incluyendo Ministerios), el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y aquellos Organismos a los que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía.
Dentro de las mejoras que propone se encuentran varias. Una de las principales es la creación de procedimientos administrativos electrónicos y la mejora en marco sobre notificación electrónica para simplificar los procedimientos administrativos. La norma también reconoce a la PCM la facultad de determinar los procedimientos de aprobación automática. Sobre esta figura, en su artículo N° 31 la norma establece que: “En el procedimiento de aprobación automática, la solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.” Un tercer elemento importante de la norma es una mejor administración de los Silencios Administrativos. Es importante aclarar que si bien se deroga la ley que regulaba la figura, esta no desaparece. Así, en su artículo N° 188, la norma describe el funcionamiento de este mecanismo: “Los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo quedarán automáticamente aprobados en los términos en que fueron solicitados si transcurrido el plazo establecido o máximo […] la entidad no hubiere notificado el pronunciamiento respectivo.”
Otras de las medidas introducidas son el reforzamiento de la facultad de fiscalización posterior. En su artículo N° 32, la norma establece que “la entidad ante la que es realizado un procedimiento de aprobación automática, evaluación previa […] queda obligada a verificar […] la autenticidad de las declaraciones, de los documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado.” Por último, otras de las medidas importantes son la mejora en la regulación sobre el régimen de aprobación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos y optimizar la regulación sobre los procedimientos sancionadores.
Las opiniones sobre esta norma han sido optimistas. Así por ejemplo, Derik Latorre, abogado especializado en contrataciones públicas por la PUCP, aprecia que con la norma “se busca un procedimiento administrativo más garantista, con mayor atención de la realidad hacia los administrado. […] También un endurecimiento de las consecuencias de errores o decisiones administrativas que pudieran dañar a los administrados.
Fuentes recomendadas:
- http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-n-27444-ley-del-pr-decreto-legislativo-n-1272-1465765-1/
- http://blog.pucp.edu.pe/blog/derechopublicoyarbitraje/2016/12/22/modificacion-de-la-ley-de-procedimiento-administrativo-general/
4. Muerte del embajador ruso en Turquía
El lunes 19 de diciembre en la ciudad de Ankara en Turquía, fue asesinado el embajador ruso, Andréi Kárlov. La causa de muerte fueron los impactos de nueve balas de parte del policía de 22 años, Mevlüt Mert Altintas. Esto sucedió mientras el embajador daba un discurso en la ceremonia de inauguración de una colección fotográfica. Inmediatamente después de los disparos, el autor del crimen pronunció las palabras Allah Akba, que significa Dios es grande, e hizo referencia a los asesinatos y la invasión en la ciudad de Alepo en Siria.
El 22 de diciembre, el ex-embajador fue velado y homenajeado en Rusia. Vladimir Putin reconoció todos sus méritos y los logros de su trabajo, y lo nombró héroe nacional de Rusia por su valentía y compromiso. El gobierno ruso ha decidido abrir las investigaciones pertinentes para determinar a la organización responsable. Por su parte, el portavoz Dimitri Peskov pidió que se mantenga la calma y exhortó a no sacar conclusiones apresuradas.
Tanto el alcalde de la ciudad, Gokcek, como el primer ministro turco, Binali Yildirim, consideran que el objetivo del ataque era terminar con la mejora en las relaciones entre Turquía y Rusia. De hecho, este asesinato se dio en la víspera de la reunión que se iba a dar en Moscú entre los ministros de relaciones exteriores de Turquía, Rusia e Irán. Dichas relaciones se habían tornado tensas desde que un avión de guerra turco derivó a un avión caza ruso mientras volaba por la zona. Después de este incidente, el gobierno ruso tomó ciertas medidas destinadas a afectar económicamente a Turquía. En este aspecto, labor del ex-embajador fue muy productiva. Mediante diversas acciones como la creación foros que impulsen vínculos culturales entre ambos países, o la creación del Foro de la Comunidad Ruso-Turca, poco a poco los dos países fueron mejorando sus relaciones y su cooperación, especialmente en el ámbito económico, cultural y energético.
Fuentes recomendadas:
- http://www.lanacion.com.ar/1969463-rusia-embajador-andrei-karlov-vladimir-putin-muerte-velatorio
- http://www.elmundo.es/internacional/2016/12/19/58580a0ce5fdea3d4e8b45a0.html
- http://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-38374739