Por Enfoque Derecho.

  1. La presidenta, Dina Boluarte, anuncia la renovación de ministros de Educación, Justicia, Comercio Exterior y Trabajo

En compañía del actual primer ministro, Alberto Otarola, la presidenta Dina Boluarte  inició con la juramentación de los cuatro nuevos ministros del gabinete ministerial: como ministro de Justicia y Derechos Humanos, se encuentra Daniel Maurate; como nueva ministra de Educación, juramentó Magnet Vásquez; como nuevo ministro de Trabajo y Promoción del Empleó, juramentó para el vacante puesto Fernando Varela; y, finalmente, la cartera del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo fue asumida por Juan Carlos Mathews Salazar.

En una honorífica ceremonia, los nuevos ministros del Gobierno juraron desempeñar sus funciones con transparencia. Sin embargo, en Enfoque Derecho consideramos relevante resaltar la información conseguida hasta el momento respecto a los nuevos mandatarios del Gobierno faltante de aprobación. Respecto a Daniel Maurate, se lo reconoce por ser un abogado especializado en Administración con una existente historia política, al haber sido ministro de trabajo anteriormente. En segundo lugar, se sabe que quien carga la cartera del Ministerio de Educación posee un historial vinculado a la implementación de políticas sectoriales. Respecto a los últimos dos agregados, a pesar de ser la información limitada, se sabe que ambos son abogados especializados en administración y que han desempeñado cargos vinculados a los Ministerios que hoy representan. 

La inexistencia de la persona que ocupaba el titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, José Tello, fue vinculada a a la invitación por el actual premier en la que se le solicitaba que presentara su carta de renuncia debido a conflictos existentes en el interior del anterior gabinete. Al respecto, se ha sostenido ante los medios, en reiteradas ocasiones que se cree que dichas discrepancias se deben a las reparaciones que se dieron de forma adelantada las familias de los ciudadanos fallecidos durante las protestas que fueron realizadas entre diciembre del año pasado y marzo del presente año. 

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2. Fiscalía presenta denuncia constitucional contra Martín Vizcarra y Pilar Mazzeti por irregular vacunación

Patricia Benavides, la actual Fiscal de la Nación, presentó una denuncia constitucional contra el ex presidente de la República, Martín Vizcarra y la ex ministra de la Salud, Pilar Mazzeti, debido a que se los considera presuntos autores de un delito contra la administración pública vinculada al controvertido e irregular proceso de vacunación de diversos funcionarios del Estado, denominado comúnmente como el caso del Vacunagate.

De acuerdo con la investigación realizada por la Fiscalía, Vizcarra habría solicitado vacunarse irregularmente el primero de octubre del año 2020, en un momento en el que el Perú se encontraba en plena crisis sanitaria. Según la información conseguida, el entonces presidente habría solicitado dicha vacunación para él y para su esposa al enterarse, gracias al investigador principal del proyecto de inmunizaciones, Germán Málaga, que las dosis de Sinopharm eran seguras.  

Tras la denuncia ante el Ministerio Público, el abogado del ex mandatario, Fernando Ugaz, sostuvo que no existía delito de concusión —delito del que se lo acusó constitucionalmente— alguno, ya que la responsabilidad respecto a la vacunación y los protocolos corresponden únicamente al médico que suministró el tratamiento. 

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3. Poder Judicial declaró infundado el pedido de prisión preventiva contra Betssy Chávez y ex-ministros

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró fundado el pedido de la Fiscalía de otorgar 18 meses de prisión preventiva contra la anterior primera ministra, Betssy Chávez, y otros dos ex ministros, Willy Huerta, ex ministro del Interior, y Roberto Sánchez, ex ministro de Comercio Exterior, responsabilizándoselos de forma conjunta por el fallido Golpe de Estado anunciado por el, ahora preso ante la justicia, Pedro Castillo. A la par de dicha investigación, se los seguirá investigando por presuntos delitos de rebelión y conspiración.

Contrario a lo esperado, el Poder Judicial ha dictado comparecencia con restricciones a la expremier, obligándose a pagar una caución de S/. 100 000. Al respecto, el juez encargado, Juan Carlos Checkley, sostuvo que, si bien era clara la vinculación de los tres con los delitos que se les imputan, no existían indicios de peligro de fuga o de obstaculización, necesarios para imponer una medida de restricción de la libertad tan graves como la prisión preventiva. 

Por consiguiente, se declaró entre las reglas de conducta bajo las que deberán ceñirse que no podrán ausentarse de la región en la que residen sin autorización judicial y deberán someterse a un control virtual mensual. Respecto a dicha comparecencia, se añadió que se podrá solicitar que acudan a la Fiscalía exclusivamente en las ocasiones en las que sea necesario y requerido. Entre las medidas más restrictivas, se encuentran terminantemente restringidos de tener comunicación alguna con investigados y testigos.  

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4. La Comisión de Justicia aprobó el Proyecto de Ley para expulsar a extranjeros que cometan delitos en el Perú. 

Inicialmente, el congresista Edwin Martínez, integrante del grupo parlamentario ligado al partido político de Acción Popular presentó el Proyecto de Ley N°1280/2021-CR titulado “Proyecto de ley que faculta la expulsión de extranjeros sentenciados por delitos o que cometen faltas”. Sobre ello, se sustentó entre las justificaciones de la medida que diversos ciudadanos extranjeros propician y promueven la ola delictiva que azota al país, otorgándose informes de la Dirección de Investigación Criminal en los que se reportaron 12 mil denuncias contra la población extranjera.

En la actualidad, la Comisión de Justicia, presidida en el interior del Congreso de la República por Américo Gonza, aprobó la propuesta que solicitaba la modificación del Código Penal y el Decreto Legislativo N°1350, que versaba sobre la expulsión de extranjeros durante o después de cumplida la pena privativa de la libertad o la concesión de posibles beneficios penitenciarios. En ella, aquellos que eran expulsados del Perú, se encontraban prohibidos de reingresar al país, sin aceptación de alguna posible justificación. Sobre ello, también se aprobó una segunda modificación del Código Penal con tal de permitir la incorporación del trabajo obligatorio para todos los recursos, generando mayores restricciones para dicha población. 

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