Luis Pásara es abogado y se doctoró en la PUCP, donde fue profesor entre 1967 y 1976. Fundó y dirigió en Lima, durante diez años, el Centro de Estudios de Derecho y Sociedad (CEDYS). Como sociólogo del Derecho ha investigado sobre el sistema de justicia a lo largo de mas de tres décadas, tanto en el Perú como en Argentina, Costa Rica, Chile, Guatemala y México. Realizó estancias académicas en el Woodrow Wilson Internacional Center for Scholars, Wahington D.C., y en el Hellen Kellog Institute, de la Universidad de Notre Dame. Actualmente reside en España, donde se ha integrado al Instituto de Iberoamérica de la Universidad de Salamanca.

En mayo del 2010 el Fondo Editorial de la PUCP republicó 3 textos suyos del 2004 bajo el nombre “Tres claves para la justicia peruana”, en el cual usted hace énfasis en que entre  1993 y el 2004 casi se duplicó el número de facultades de derecho en el Perú. ¿Cuál es la razón por la cual estas han proliferado y cuáles son las consecuencias positivas y negativas del fenómeno?

Yo creo que hay dos niveles de análisis: el nivel de la enseñanza universitaria en el Perú en general, y el nivel de la enseñanza del derecho en particular.

La enseñanza se ha convertido en una necesidad muy grande de la población que sigue esperanzada en que un título universitario va a cambiarles la vida, lo cual en parte es un mito. Y de otro lado, frente a esta demanda, la enseñanza universitaria se ha expandido de una manera tremenda en términos números y a costa de la calidad.

El problema principal de esta expansión es la falta de maestros en números suficientes para atender esta masa inmensa de estudiantes. Entonces el resultado general: hay una cantidad de universidades que ofrecen un nivel de enseñanza muy precario a cambio de un pago.

Considero que el estafado no es el muchacho o la chica que van a recibir muy poco por lo que pagan porque la expectativa de un sector considerable de los alumnos principalmente es de tener el titulo. Desde ese punto de vista, no es un mal arreglo pagar una cierta suma a una universidad mediocre donde no voy a ser realmente un buen abogado, un buen profesional pero tengo el titulo y, luego me las arreglo.

En el caso de Derecho, la expansión brutal tiene que ver con que todavía ser abogado sirve para muchas cosas y no depende en gran medida por la calidad profesional. El “éxito” profesional depende de lo que eufemísticamente en el Perú se llama ahora “capacidad relacional” del abogado. Es una mezcla de contactos, amigos, tribus, coimas, ¿no es cierto? Pues, “con el título profesional yo me las arreglo”.

Por último, formar una facultad de derecho es muy barato. Muchas nuevas universidades ni tienen bibliotecas con el diario oficial el peruano que es lo elemental.

En la página 281 usted plantea unos cambios para la mejora en formación del derecho. Afirma que sería beneficioso una modificación al DL 882 en el sentido que no se autorizaría la creación de nuevas universidades bajo este régimen. ¿Sigue opinando lo mismo?

El congreso aprobó una ley que frenó a las filiares que eran el extremo más pervertido del marco legal. Pero como bien dijo el TC en una sentencia a la demanda de inconstitucionalidad planteada contra esta ley: el problema es más complejo. La situación de la universidad peruana es una mezcla de desorganización y, yo diría, en un altísimo grado de corrupción.

Y esto último está institucionalizado a través de la Asamblea Nacional de Rectores  (ANR) que es un antro de corrupción. Ahí se negocian todos los documentos necesarios, se logran acuerdos entre determinados sectores interesados. Los que manejan la ANR son personas sin ningún logro o prestigio que viven de la institución.

Usted sustrae de un texto del doctor Javier de Belaunde de 1993 y lo cita en “La enseñanza de la Justicia en el Perú”: “dado que la enseñanza legal es el cimiento de una buena o mala administración de justicia, el estado debe de planificar”. ¿No consideraría que esta planificación podría tomarse como una restricción de la libertad de enseñanza, de creación de nuevas universidades?

Bueno este es el rollo neoliberal que tenemos en boga que se repite para cada tema. En cualquier momento que alguien dice hay que regular, hay que poner orden, se dice “esto es estatismo”. Afirman también que hay que dejarle todo al libre mercado. Bueno, el libre mercado ha producido estas universidades que tenemos. Ese es el resultado y un gran ejemplo de que el mercado sin regulación produce resultados perversos.

La expectativa de que el mercado elimine las peores universidades no se cumple. El mercado tiene tales distorsiones que hacen que haya un consumidor que se beneficie de una universidad de pésima calidad pero que le da un titulo. No le interesa otra cosa. Por lo tanto, el mercado nunca va a eliminar a las universidades mediocres.

Si usted fuerza un poco más la pregunta y me dice “pero quién debe de regular esto”, entonces estamos en problemas. Porque el estado que tenemos es el que conocemos, no puede regularse ni a sí mismo. Institucionalmente es muy débil.

Usted fue estudiante y profesor de la PUCP. ¿Qué diferencias encuentra entre la enseñanza de la PUCP y otras universidades? ¿Ha cambiado a través del tiempo?

Yo no tengo actualmente una experiencia directa. Tengo versiones y comentarios de profesores y alumnos. Así que no estoy en condiciones exactamente de hacer una comparación. Sin embargo, identifico una deficiencia: el derecho se sigue pensando en términos poco vinculados a su funcionamiento real. Y, lo noto a partir de indicadores relativamente objetivos como son, por ejemplo, el bajo número de publicaciones entorno a esta línea del derecho.

Si uno examina los contenidos de estas publicaciones son de buena calidad. Pero, muchos de los trabajos se mantienen por lo general en una óptica tradicional del derecho. Es decir, una parte, los trabajos examinan la ley; y otra, se dedican a la doctrina que es esta especulación de “lo que dijo fulanito y lo que dijo el doctor alemán tal”.

Considero que esos dos componentes son útiles si es que hay un tercer componente que es el que noto ausente. Yo no entiendo cómo se puede formar abogados solo con la ley y la doctrina sin referencia a la realidad del derecho, a la realidad del fenómeno jurídico, a los conflictos que se presentan en las distintas circunstancias. Todo ello tan sólo se menciona casi a título de ejemplo menor pero no como un componente fundamental.

Ese es un aspecto tan simple y elemental que en otros países ha alcanzado un desarrollo importante donde se fotografía la realidad del Derecho. La respuesta de una facultad de Derecho no es hacer un curso de sociología. Claro que este es fundamental, pero en cada uno de los terrenos del Derecho usted puede hacer la pregunta sobre el funcionamiento para poder entender el instrumento con el cual trabaja.

Definitivamente es un aspecto si no ausente, por lo menos muy disminuido en la enseñanza de la PUCP. Esto es lo que falta y esto es lo que hay por hacer.

Hay muchos abogados que miran con extrañeza la Sociología del Derecho. Precisamente usted es uno de los pocos que se ha interesado en esta rama. ¿Cuál es su relevancia para el derecho en general y qué perspectivas plantea?

Por ejemplo, yo he estado observando últimamente el tema de la reforma procesal penal que es un cambio relativamente reciente en el Perú, no tan reciente en los países de América Latina. Entonces, usted encuentra una serie muy grande de trabajos. Algunos explican lo que dice el nuevo código, otra serie de trabajos sobre qué fundamentos conceptuales tiene esto en la doctrina alemana, norteamericana, etc. algunos trabajos sobre jurisprudencia y ningún trabajo dice cómo está operando el nuevo código,  cuáles son los resultados, qué hacen los fiscales, qué hacen los jueces, si ha disminuido o no el número de presos. En fin, los resultados, la desembocadura social concreta de la vigencia del código no está siendo atendida.

Usted me pregunta “¿esto es relevante?” Bueno, me parece que todo lo demás es instrumental para lograr ciertos resultados y si esos ciertos resultados no se observan, entonces estamos hablando de un derecho aéreo, que no toca la realidad.

¿Qué leer? Hay muchas cosas, depende del terreno concreto. Usted puede entrar desde la formación básica en Sociología del Derecho, discusión teórica, escuelas. Luego hay casos concretos que pueden ser identificados. Por ejemplo, la Corte Suprema. La Corte Suprema norteamericana ha sido estudiada de una manera exhaustiva. Cómo se toman las decisiones, de qué dependen, se compara las decisiones que se toman con el origen de los jueces, quienes los nombraron, la experiencia previa de los jueces, etc. Hay cuantiosos estudios cuantitativos, que estudian al detalle cómo se forman las decisiones judiciales en Estados Unidos.

¿Esta no es una labor que tranquilamente podría realizar un sociólogo?

La ventaja evidente es que el abogado está formado en el manejo del instrumento jurídico, tiene ciertas capacidades, habilidades y conocimientos que un sociólogo no tiene. El abogado conoce el terreno donde se mueve.

Definitivamente es un campo para muy poca gente. Es en buena medida un trabajo académico. Si tuviéramos en Perú otro tipo de proceso legislativo, serviría también para hacer leyes, reglamentos. Este componente es muy importante. Las leyes se hacen sin saber  cómo funcionó el código anterior, y los códigos se reforman casi sin tomar en cuenta cuál ha sido la práctica lograda con la ley anterior.

Actualmente, ¿qué temas está trabajando, qué investigación está ocupando su estadía en Lima?

He venido porque el Instituto de Defensa Legal está iniciando un estudio sobre la prisión preventiva. La idea es saber cómo funciona y si se han producido cambios significativos a partir de la vigencia del nuevo código procesal penal. Todavía estamos en la etapa de diseño de investigación pero ya en las primeras entrevistas estamos descubriendo cosas muy interesantes.

Entrevista por Nancy Vidal