ED: ¿Cuáles son los principales criterios a tener en cuenta en actos de compra y venta en este sector empresarial?
EO: El conocimiento de un sector empresarial por el adquirente y por sus asesores es una venta diferencial en la compraventa de los activos, las unidades productivas o los títulos del negocio (acciones o participaciones de la empresa adquirida). Este comprador estratégico debe conocer el sector del retail perfectamente y, naturalmente, es capaz de crear mucho más valor que un comprador financiero, ya que aunque la parte financiera es vital para el adquirente, detectar oportunidades, sinergias, mejorar la red logística o tener una buena cartera de marcas son –sin duda- elementos que aportan un alto valor añadido.
ED: ¿Qué particularidades se pueden encontrar en empresas retail de moda o fusiones?
EO: Una adquisición o un proceso de fusión de dos o más empresas puede representar una excelente oportunidad de crecimiento acelerado para una compañía en un momento determinado, pero también una alternativa para vender su empresa, una división de negocio no estratégica o redefinir la estructura de capital de la compañía.
El sector de la moda no es ni ha sido ajeno a los movimientos corporativos mediante las operaciones de m&a (mergers &acquistions). No en vano en España 10 de las 15 empresas de moda están actualmente en manos de inversores financieros (fondos o entidades capital riesgo). Detrás de las adquisiciones empresariales por parte de fondos, nos encontramos con las adquisiciones industriales por parte de competidores que aumentan el valor del resultante empresarial.
No podemos olvidarnos que el sector textil está profundamente atomizado y que la concentración empresarial de activos intangibles, los modelos de negocio que se expanden a través de la franquicia y la internacionalización de empresas y abaratamiento de costes, hace que el sector de la moda sea objetivo de operaciones de adquisición.
Mercados como el de moda de lujo o el producto premium (recordemos adquisiciones como la de Dios, Versace, Jimmy Cho) ofrecen unas maravillosas perspectivas de crecimiento a los adquirentes, ya que incluso en los años más duros de la última gran crisis económica, los beneficios de las empresas del lujo no han parado de crecer.
ED: ¿Cuáles son los conflictos más típicos en este sector empresarial?
EO: Nadie duda que las empresas del sector empresarial sufren sobre todo por las falsificaciones, las cuales constituyen una verdadera sangría para las firmas del mercado del lujo, las copias son cada vez de mayor calidad, algunas tanto que sólo un auténtico experto es capaz de notar la diferencia.
Sin embargo al margen del mal endémico de las falsificaciones de productos del sector, especialmente deportivo y de lujo, existe alta conflictividad en las empresas por las imitaciones
Las empresas quieren ser tendencia, ser exclusivas y quedar marcadas en la mente del consumidor y naturalmente en la inspiración encuentran un caldo de cultivo para la litigiosidad, los conflictos entre marcas de lujo se suelen solucionar con acuerdos extrajudiciales y transacciones que no trascienden, con excepciones. Sin embargo, las demandas contra el low cost suelen acabar en los tribunales.
Las dificultades para ganar juicios por protección del diseño, hacen que sea la marca es el activo más valioso y duradero de una empresa ya que, las colecciones pasan rápidamente.
En mi blog, www.enriqueortegaburgos.com, muchas semanas muestro noticias de la empresa especializada en el sector de la moda en las que habitualmente recogen polémicas sobre la posible imitación, el apropiacionismo cultural y cuestiones atinentes a la responsabilidad social corporativa de las empresas. Muchas de ellas, pese a su alto impacto mediático, quedan al margen del sistema judicial, en gran cantidad de ocasiones por no tener sustrato jurídico para plantear una acción de tutela jurisdiccional.
Finalmente, no podemos olvidar que el sector tiene problemas que son habituales en las relaciones bilaterales (conflictos entre franquiciador-franquiciado, problemas de pagos a proveedores, problemas con los propietarios de las superficies comerciales, problemáticas derivadas del comercio o distribución paralela de productos, etcétera).
ED: ¿Cuál es la naturaleza y el rol del arbitraje en la solución de conflictos en este sector empresarial?
EO: Como árbitro especializado, soy muy partidario de este sistema de resolución alternativo de conflictos y, naturalmente el sector empresarial de la moda puede fácilmente incorporar sus ventajas.
Entre las ventajas que estos mecanismos alternativos al jurisdiccional para solventar los conflictos de las partes se destacan: la mayor relevancia que cobra la autonomía de la voluntad en la solución del conflicto, lo que fomenta el cumplimiento voluntario de la solución o decisión adoptada; el menor coste económico; la agilidad; la mayor garantía de acierto que supone la solución de fondo, con abstracción de elementos formales; y el propio efecto positivo sobre el modelo de justicia pública, al disminuir los conflictos que deben ser resueltos por los tribunales.
La contienda jurisdiccional casi nunca supone una satisfacción para las partes litigantes, incluso en los casos que una de ellas ve estimadas todas sus pretensiones.
Sin embargo, en el caso de los sistemas alternativos, especialmente los autocompositivos, destaca su capacidad para dar soluciones prácticas, efectivas y rentables a determinados conflictos entre partes.
Es indudable que los sistemas alternativos presentan como ventaja más significativa el ahorro de los costes del proceso, tanto desde la perspectiva temporal como desde la perspectiva económica.
Desde el punto de vista temporal, es indudable que todos los mecanismos alternativos, en términos generales, son instrumentos que presentan una gran agilidad, de manera que tienen un extraordinario ahorro de costes temporales en contraste con la vía jurisdiccional.
Quiero dar las gracias a ENFOQUE DERECHO por hacerse eco de las cuestiones atinentes a Fashion Law de España y mando un abrazo muy fuerte a todos mis amigos de Perú.