Por: Carla Cabanillas Linares
Estudiante de Derecho en la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho.

Los medios de comunicación, no llamados en vano el cuarto poder, influyen considerablemente en todos los ámbitos del entorno postmoderno. La imperante necesidad del hombre de mantenerse informado y siendo  los medios no solo un recurso para satisfacer dicha necesidad sino también una fuente de distracción, además de cumplir con un rol educativo –según nuestra Constitución- tienen un papel sumamente importante en nuestra sociedad. Asimismo, resultan ser uno de los garantes para el efectivo ejercicio de derechos como la libertad de expresión. Sin embargo, este derecho podría colisionar con otros o vulnerar ciertos presupuestos generales del derecho, cuando los medios de comunicación en el cumplimiento de su rol entran en otras esferas asumiendo funciones que no le corresponden. Por ejemplo, cuando se convierte un caso judicial en uno mediático o viceversa. Aquellos casos que los medios han transformado en mediáticos por la calidad de los personajes involucrados o por la conmoción que el hecho en sí mismo pueda causar en la población, pasan a convertirse en un tema relevante para ser tratado a nivel judicial por el trato especial dado por los medios, involucrando de esta manera al Derecho, al tener relevancia jurídica.

La intromisión desmesurada de los medios – amparada a veces en un uso abusivo de la libertad de expresión y el derecho a la información- se puede materializar en una decisión judicial que no será del todo objetiva. Aunque la función judicial debe ser autónoma e imparcial, no se puede evitar que el juez tenga una valoración personal del caso más allá  de la que se puede crear en base a los fundamentos de hecho y de derecho, porque también consume noticias y es parte de un entorno social marcado por la fuerte participación que tienen los medios de comunicación. Por otro lado, al ser el juez  representante de la justicia, la sociedad pone ciertas expectativas sobre él, la valoración de que tan bien funcione el sistema judicial depende en gran medida de las consecuencias de las resoluciones judiciales.

No solo en relación a las consecuencias de la pena deviene la importancia de poder determinar la influencia que tienen los medios de comunicación en las decisiones judiciales sobre los casos mediáticos. Una aplicación no recíproca de la pena, en el caso que sea mucho mayor de la justa, tendrá efectos irreversibles sobre el procesado. Pero además, la poca confianza en el derecho aumentaría y los principios generales en el que éste se basa se verían desvirtuados, se reemplazaría la función del juez por el prejuzgamiento que hacen los medios de comunicación y no quedaría más que en el papel todos los esfuerzos por hacer del derecho la herramienta adecuada y eficaz para alcanzar la justicia y el mínimo de bienestar social. De ahí que las decisiones judiciales deban ser imparciales.

Resulta imprescindible poder reconocer cuán intrusivos pueden ser los medios de comunicación, generando una vulneración a la racionalidad de la pena, y afectando la autonomía del juez y los derechos del justiciable. Los medios, al desempeñar su rol, no solo vulneran o afectan institutos relacionados al sistema judicial sino que es grande el perjuicio que causan a la sociedad al emitir información tendenciosa, sensacionalista y que en muchos casos responden a intereses concretos de grupos de poder.

Por todo ello, se debe hacer un análisis del verdadero rol de los medios (a la luz del marco que le brinda nuestra constitución), para poder delimitarlo y para que así el ejercicio de los derechos fundamentales a la libertad de expresión y libertad de información no colisionen con otros derechos, ni mucho menos afecten el debido proceso repercutiendo en la decisión autónoma del juez.

2 COMENTARIOS

  1. Comparto con la idea de la autora que los medios de comunicacion suelen respaldarse en la supralegalidad que abarca el derecho a la libre expresión (especie de los derechos de libertad). Pero desde mi perspectiva se debe enfatizar que, si bien estos medios suelen algunas veces influir y crear caos mediático. Debemos precisar que en la última decisión, estos se ven quebrantados al enfrentarse cuando se atenta al honor y a la integridad física de las personas. De ahí que el Constitucionalismos, busque en las resoluciones de los jueces una reinterpretación de la norma que implique necesariamente una ponderacion de derechos. Y ello sin duda un ingrediente básico para elaboar una delicioso plato de garantia de los derechos fundamentales.

  2. Considero que ciertamente es valida la nota distintiva que hace acerca de como los medios de comunicacion «contaminan» por decirlo asi al juez…pero tambien es cierto que tratar de evitar eso es(para estos tiempos) un imposible ideal…los mediios de comunicacion nunca dejaran de hacer mediaticos ciertos casos…finalmente ese es parte de su trabajo.Ademas, hay que considerar que sino fuese así pocas personas o casi nadie conocería un poco de decisiones judiciales en nuestro pais.