Compliance

¿Suficiente y necesario? – Un análisis hacia el intento de prórroga de la fabricación, comercialización y uso de envases de tecnopor por dos años.

Por Felipe Núñez del Prado Chaves, Practicante Preprofesional del Estudio Echecopar asociado a Baker & Mckenzie, estudiante de la Facultad de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, y Renato Miranda, estudiante de la Facultad de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho. 1. Introducción. El pasado miércoles 14 de septiembre del presente año, presenciamos un intento retroactivo de frenar los avances medioambientales en nuestro país, luego de que, por segunda vez, se establezca la posibilidad de que se sustente la propuesta legislativa de la bancada de Fuerza Popular para prorrogar por dos años más la entrada de vigencia de la prohibición para

¿Condición de procedibilidad o elemento de valoración? Alcances sobre la prejudicialidad administrativa en la persecución de delitos económicos en el Perú

Por Julio César Huayta Quispe Estudiante de IX ciclo de Derecho en la Universidad de San Martín de Porres. Practicante preprofesional del Área Penal y de Compliance del Estudio Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados. Miembro del Centro de Estudios en Derecho Penal de la USMP. I. Introducción En la tipificación de delitos económicos el legislador penal suele recurrir a la técnica de la ley penal en blanco para complementar el tipo penal que contiene el núcleo del injusto de una infracción punible. El empleo de tal técnica ha generado que la persecución penal por la comisión de un delito económico dependa en muchos casos de una decisión o valoración previa adoptada por la autoridad administrativa competente. Es

Criminal Compliance: ¿Es posible que las empresas sigan el camino recto?

Por Astrid Marcela Alcántara Cabanillas. Estudiante de derecho del noveno ciclo, integrante del grupo de Asistentes de Cátedra y Asistentes de Investigación de la facultad de derecho en la Universidad Privada del Norte – Sede Cajamarca. La responsabilidad penal de las personas jurídicas es un tema que, hasta el día de hoy sigue dando que hablar, porque en los últimos años se han originado nuevas formas de criminalidad relacionadas al sector empresarial generando nuevos riesgos que las empresas deben enfrentar y como es bien sabido el encargado de establecer mecanismos para reducir, prevenir y sancionar estas situaciones es el Estado, sin embargo ¿es posible que el sector privado pueda prevenir la creación de riesgos? Efectivamente, esto es posible a través

Los Programas de Cumplimiento como condición atenuante de responsabilidad administrativa en los procedimientos administrativo sancionadores a cargo de Osinergmin

Por Paulalucia Salinas Baldoceda, Asociada del área de Energía del Estudio Rubio, Leguia, Normand. Bachiller en Derecho por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Introducción El 13 de junio de 2021 entró en vigencia el nuevo “Reglamento de Fiscalización y Sanción de las actividades energéticas y mineras a cargo de Osinergmin”[1] (en adelante, “Reglamento de Fiscalización y Sanción”), norma administrativa cuyo objeto es adecuar las funciones del regulador a las modificaciones a la Ley del Procedimiento Administrativo General del 2018[2][3]. El referido Reglamento introduce nuevas figuras aplicables durante la determinación de responsabilidad administrativa, tales como la subsanación voluntaria como condición eximente, eliminando el listado de supuestos en los que se restringía su aplicación; la reincidencia como condición agravante; la

El Compliance Programs como criterio de eficiencia frente al riesgo

Por Hector Humberto Mejía Mendo, estudiante de derecho en la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, articulista, coordinador del departamento de derecho penal y procesal penal del semillero de investigación jurídica “Kallpa Yachay” Sumario: Introducción. I. Planteamiento del problema. II. Los compliance programs. 2.1 El compliance officer. 2.2 El mapa de riesgos. 2.3 Canales de denuncia. 2.4 Difusión, capacitación, evolución y monitoreo continuos del   modelo   de prevención. III. Resultados. Conclusiones. Resumen El autor, en el presente artículo analiza en qué supuesto un compliance programs-entiéndase cumplimiento normativo al interior de una empresa- es eficaz al riesgo que subyace a las actividades empresariales. Consecuentemente, se cita un ejemplo de esquematización del riesgo cuya finalidad es evitar una conducta antijurídica. Así luego de analizar

Principio de Culpabilidad y Compliance Empresarial

Por Sheyla Llacza Romero, Asociada del área de Derecho Administrativo y Regulatorio del Estudio Rubio, Leguia, Normand, Máster en Derecho de los Sectores Regulados por la Universidad Carlos III de Madrid, con Especialización en Derecho Administrativo por la Universidad ESAN, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP y con estudios en el Programa de Segunda Especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno de la referida universidad. El Principio de Culpabilidad ha sido reconocido de manera expresa en la legislación peruana[1]; no obstante, pese a que tiene un poco más de cuatro años, aún resulta difícil su entendimiento por parte de las entidades públicas y los administrados, sobre todo si son personas jurídicas. Por ello, el objetivo del presente

La importancia de la incorporación de las obligaciones ambientales al compliance para cooperar con el cumplimiento de las NDC en el Perú

Andrea Morón Vera Portocarrero, estudiante de noveno ciclo de la carrera de Derecho de la Universidad Científica del Sur El 2020 es un año importante y estratégico que persigue alcanzar los objetivos propuesto en el Acuerdo de París. En este escenario, los países tienen el compromiso de enfrentar el cambio climático, fijándose metas para la adaptación y mitigación de este problema global, las cuales deben estar establecidas en las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC[1], por sus siglas en inglés). Las NDC son una razón más para desarrollar nuevos instrumentos con el fin de que se cumpla cabalmente las obligaciones ambientales de las personas jurídicas. Entre tales instrumentos destacan aquellos de naturaleza preventiva, es decir, los destinados a evitar un daño o

Los Programas de cumplimiento normativo y su incidencia en el proceso penal peruano

Joan Álvarez, estudiante en la Facultad de Derecho de la PUCP El 07 de enero del año 2017, se publicó el Decreto Legislativo N° 1352, el cual modificó en diversos aspectos el texto de la Ley N° 30424, que regula la Responsabilidad “Administrativa” de las Personas Jurídicas. Entre estas modificaciones, resultó interesante la designación de la Superintendencia de Mercado de Valores – SMV, como responsable de emitir un informe técnico con calidad de pericia institucional sobre la implementación y funcionamiento de los modelos de prevención. Es decir, en el marco de una investigación penal contra una persona jurídica, el Fiscal deberá solicitar a la SMV esta pericia a efectos de poder decidir si emite el auto de continuación y formalización

Con la mira en los estudios

Por Sergio Chang, abogado por la PUCP y asociado del estudio García Sayán Abogados. “Si eso es verdad o no se verá en la práctica”, comentó Sergio Espinoza, Jefe de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), al diario Gestión en una entrevista publicada el día 29 de octubre de 2019. La cita se refiere a la negativa de los estudios de abogados en el Perú sobre si brindan servicios que, a la luz de las normas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, deben ser informados a la UIF como Operaciones Sospechosas. El escenario creado por las declaraciones del jefe de la UIF ha activado las alertas en los estudios de abogados y contables, poniendo sobre la mesa lo