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I Simposio de Derecho Penal – THĒMIS (Iván Meini | Yvan Montoya | Raul Artica | Katherine Alvarado)

#THĒMIS #DerechoPenal #IvanMeini El 28 de agosto de 2025, la Comisión de Cursos y Capacitaciones de THĒMIS llevó a cabo el I Simposio de Derecho Penal en el Auditorio Beatriz Mauchi Laynes de la PUCP, congregando a cerca de 180 asistentes en un espacio de discusión jurídica de alto nivel. En esta edición, Iván Meini, Yvan Montoya y Raul Artica, bajo la moderación de Katherine Alvarado, desarrollaron un análisis jurídico sobre el dolo eventual en el delito de lavado de activos, tomando como eje de debate el caso Humala–Heredia. Créditos | I Simposio de Derecho Penal – THĒMIS Director: Jerome Ricker Edición: César Carbajal Grabación: Shaiel Celedonio y Paola Mendoza Comisión de Cursos y Capacitaciones (2025-2) Director: Jerome Ricker Miembros:

Entrevista | Iván Meini: I Congreso de Derecho Penal

#DerechoPenal ⚖️ ¿Cuándo es razonable exigir un deber de control entre los funcionarios de distinto nivel jerárquico? ¿El dolo es una clasificación dogmática obsoleta o se debería aproximar a un concepto más funcional del mismo? La Asociación Civil THĒMIS, en el marco del I Congreso de Derecho Penal, contó con la destacada participación de Iván Meini, counsel del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, quien desarrolló su ponencia magistral centrándose en los criterios de #atribución de la #responsabilidad penal y los límites del #principio de #confianza. Del mismo modo, abordó de manera crítica el concepto de #dolo, cuestionando su configuración dogmática tradicional y analizando su aplicación en la determinación y gradualidad de la #pena. Agradecemos a todos por su participación

Esto sí, esto no: Limitaciones pecuniarias a la obligación de indemnizar en operaciones de M&A

  Por Luis Baca Zegarra, abogado por la Universidad de Lima y asociado de Cuatrecasas en Mercantil y M&A. Uno de los aspectos más negociados en los contratos de compraventa de acciones (“SPA”), en el marco de operaciones de adquisición, es la regulación en materia de indemnización (indemnities). La obligación de indemnizar sobrevivirá al cierre y mientras el comprador querrá que el vendedor lo indemnice por cualquier pérdida ocasionada por la falsedad o inexactitud de sus declaraciones y garantías (misrep) o por el incumplimiento de sus obligaciones (breach of covenants), el vendedor querrá limitar lo más posible su responsabilidad en este sentido. Si bien la obligación de indemnizar alcanza también al comprador (que también otorga ciertas declaraciones y se sujeta

¿Cuándo se configura la infracción de entrega deliberada de información falsa en materia pesquera? A propósito de la sentencia de vista – expediente N° 06471-2021

Por Bruno Ramos Huaytalla, abogado por la Universidad Científica del Sur. Forma parte de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental; y Rolando García Castillo, Abogado por la Universidad Científica del Sur. Actualmente cursa la Maestría en Solución de Conflictos en la Universidad San Martin Porres. Socio de Edam abogados. Las empresas pesqueras tienen el deber de cumplir con entregar la información que sea requerida por los fiscalizadores autorizados por el Ministerio de la Producción. El incumplimiento de dicho deber es pasible de configurar una infracción administrativa. Evidentemente la información entregada debe ser veraz. Anteriormente, el numeral 102 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca (RLGP) establecía como infracción: “Entrega deliberada de información falsa, el ocultamiento, destrucción

La romantización del dolo: la intención vs. el conocimiento

Enrique Alberto Pimentel Palomino es bachiller en Derecho PUCP. Actualmente, trabaja en el CICAJ-PUCP y practicó en el estudio Yon Ruesta, Sánchez Málaga y Bassino. Ganador del concurso nacional de litigación oral en el marco del nuevo código procesal penal (ABA ROLI). Adjunto de cátedra en la facultad de Derecho PUCP en cursos de derecho penal. Fundador de la asociación civil UPD. Sumario: 1. Introducción, 2. ¿El dolo tiene un concepto legislativo en el Perú?, 3.      Explicación doctrinal del dolo, 3.1. Enfoque psicológico-volitivo, 3.2. Enfoque psicológico-cognitivo, 3.3. Enfoque normativo-volitivo, 3.4. Enfoque normativo-cognitivo,4. Críticas a los enfoques psicológicos, 4.1. Dificultades probatorias, 4.2. Vulneración del principio de culpabilidad, 4.3. Vulneración del principio de lesividad, 4.4. Resultados insostenibles, 4.5. Vulneración del

Una variante en el tipo subjetivo: normativizando el dolo e imprudencia

Por Luis Fernando Saucedo Gonzaga, estudiante de la Escuela Profesional de Derecho de la Universidad de Sipan y diplomado en Derecho Penal y Procesal Penal por la Escuela de Posgrado de la Universidad Católica de Trujillo. I. Ideas preliminares Desde una premisa normativa, postulo que, se debe entender al Derecho penal, con paradigmas epistemológicos, enfocados en categorías del “deber ser”, perteneciente a las ciencias culturales. El método que postulamos en el presente trabajo es: deductivo – teleológico. Abarcando de lo general a lo más específico, brindando un sentido normativo a lo subjetivo.  En ese orden de ideas, Torres (2015) señala que, al Derecho solo le es de interés, la norma jurídica que respalda la vinculación entre Derechos y deberes, considerándose así,

El Ecocidio: Comentarios sobre su necesaria incorporación en la legislación peruana

Por Valeria Belén Sausa Jugo, estudiante de Derecho de la Universidad Científica del Sur y Practicante pre profesional – Área Ambiental en CMS Grau RESUMEN: El presente trabajo tiene por objetivo analizar la definición que le da la Corte Penal Internacional al “Ecocidio”, delito que se plantea incorporar como un quinto crimen al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional del cual Perú es miembro. En ese sentido, la tipificación del mismo se plasmaría como el primer delito referido a la protección del medio ambiente en el estatuto mencionado, siendo esto indispensable para la adecuada protección del medio ambiente como elemento esencial para el bienestar de la biodiversidad, humanidad y paisaje. Debido a ello, en el presente ensayo, se otorgará

Infografía I El delito de feminicidio

Infografía ¿Sabías que el delito de feminicidio fue tipificado como delito autónomo en cumplimiento a obligaciones internacionales? En la siguiente infografía, Enfoque Derecho te explica en qué consiste el delito de feminicidio, sus elementos objetivos y subjetivos. ¿Te resultó útil la información? Comenta qué otro tema te gustaría que toquemos en la siguiente infografía.

¿El Código Penal peruano adscribe el dolo eventual?

Por Paul Iriarte, miembro actual del Instituto de Defensa de los derechos fundamentales «Eugenio Raúl Zaffaroni» Recensión dogmática Cabe precisar que, para el análisis del dolo y la culpa, para juicio del suscrito, se realiza desde los grados del conocimiento, en razón del sujeto cognoscente sobre un objeto cognoscible y una representación necesaria. En consecuencia, para afirmar un delito doloso, requiere cognición certera y voluntad en la realización del tipo penal en cuestión. En cambio, en el delito culposo se requiere cognición, pero probable. Ergo, exige voluntad, qué duda cabe. No obstante, el tema para diferenciar, radica en el propósito criminal, puesto que, en el la realización del delito culposo, concurre voluntad, pero sin propósito criminal. Art. 12.- Delito doloso