Personas Jurídicas

Análisis sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Perú a partir de la Ley N° 30424: societas delinquere potest, fraude de etiquetas y modelo de atribución

Joan Manuel Álvarez Porras, estudiante de la Facultad de Derecho en la PUCP La doctrina penal ha esbozado diferentes estudios a favor de la responsabilidad penal de la persona jurídica; sin embargo, se ha advertido que esta implementación no debe ser antojadiza, sino justificada. En esa línea, uno de los juristas más especializados en la materia como lo es Carlos Gómez-Jara Díez (2012) ha afirmado lo siguiente: “La mera introducción de la RPPJ no soluciona el problema sin más. De hecho, depende en gran medida de qué modelo de RPPJ se introduzca, puesto que la mera declaración de este tipo de responsabilidad, sin dotarle de un contenido lógico y coherente, puede tener incluso efectos contraproducentes. Así, si se quiere superar

¿Quién es el beneficiario final? Y… ¿qué hago con esa información?

Talía Díaz Rodríguez, abogada por la PUCP y asociada del estudio Miranda & Amado. El 3 de agosto de 2018, entró en vigencia el Decreto Legislativo 1372 que crea diversas obligaciones que las personas jurídicas y entes jurídicos deben cumplir con el objeto de informar sobre la identificación de sus beneficiarios finales[1]. Al momento de su publicación y entrada en vigencia, el cumplimiento de estas obligaciones quedó supeditado a su reglamentación. Sin embargo, el 8 de enero de este año se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo No. 003-2019-EF, el cual  finalmente reglamentó estas obligaciones. A la fecha, aún se encuentra pendiente de publicación la resolución de superintendencia de la SUNAT que regule la forma, plazo

Personas jurídicas creadas por Ley

Por Gilberto Mendoza del Maestro, abogado y docente de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Introducción. 1. Inscripción voluntaria 2. Constitución 3. Sociedades de beneficencia  Introducción La constitución de personas jurídicas es un efecto de la manifestación de la autonomía privada; sin embargo, también puede ser un acto de heteronomía privada mediante el cual el Estado las crea, otorgando personalidad jurídica, y regula sus funciones a través de normas para diferentes fines. Una primera pregunta que se genera es si la ley se presume (ficción) conocida por todos, por qué existe la necesidad de inscripción en los registros. Una segunda pregunta interesante es cuál es el rango normativo necesario para crear una persona jurídica creada por Ley