Tribunal Constitucional

Limitaciones de la justificación interna en las decisiones judiciales

Alexander Masías Benavides Román   Abogado, licenciado en Educación con mención en Filosofía y CC. SS, y docente de la Escuela de Educación Continua de la PNP. Índice  Introducción Argumentos            2.1 Panorama de la Justificación interna 2.2 De la Justificación interna a la Justificación externa    2.3 Necesidad de justificación externa en las decisiones judiciales            3. Conclusiones  Introducción La argumentación jurídica es un proceso mediante el cual el juez fundamenta sus decisiones aplicando e interpretando el derecho, con el propósito de poner fin al conflicto o solucionar las controversias que por su competencia le son puestas para su resolución. El juez debe construir sus argumentos basándose en el análisis de los

Coherencia judicial: TC debe anular convenio suscrito por la Policía y Xstrata Tintaya en Espinar

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP y responsable del área de Litigio Constitucional del IDL, y Álvaro Másquez Salvador,  Abogado del IDL en el área de Pueblos Indígenas y de Litigio Constitucional El Tribunal Constitucional (TC), en la sentencia recaída en el expediente N.° 00009-2019-AI/TC, ha señalado como regla general que la Policía Nacional y las empresas extractivas no deben celebrar convenios de servicios policiales extraordinarias[1]. Así, en su ratio decidendi, el alto tribunal reconoció que su empleo puede generar serios conflictos de intereses en el personal policial, que en los hechos se materializa en la privatización del poder coercitivo del Estado en favor de las empresas extractivas. Este problema, a su vez, se manifiesta en la

Principio de Culpabilidad y Compliance Empresarial

Por Sheyla Llacza Romero, Asociada del área de Derecho Administrativo y Regulatorio del Estudio Rubio, Leguia, Normand, Máster en Derecho de los Sectores Regulados por la Universidad Carlos III de Madrid, con Especialización en Derecho Administrativo por la Universidad ESAN, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP y con estudios en el Programa de Segunda Especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno de la referida universidad. El Principio de Culpabilidad ha sido reconocido de manera expresa en la legislación peruana[1]; no obstante, pese a que tiene un poco más de cuatro años, aún resulta difícil su entendimiento por parte de las entidades públicas y los administrados, sobre todo si son personas jurídicas. Por ello, el objetivo del presente

Lo que el Tribunal Constitucional nos dejó en el 2020

Por: Alberto Cruces, Abogado y Magíster en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Asesor Principal en el Congreso de la República. Miembro de Perspectiva Constitucional. Claudia Lovón, Abogada por la PUCP. Asistente de investigación del Instituto de Democracia y Derechos Humanos (IDEHPUCP). Miembro de Perspectiva Constitucional. Leslie Obando, Abogada por la PUCP. Asistente legal del Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral (IDEA Internacional). Miembro de Perspectiva Constitucional y Constitucionalismo Crítico. Raul Feijóo, Bachiller en Derecho por la PUCP. Asistente del Área de Solución de Controversias del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Miembro de Perspectiva Constitucional. En 2020, una serie de cambios e innovaciones a nivel institucional marcaron el accionar del Tribunal Constitucional (TC). Para

La decisión “correcta”

Por Roberto Perez-Prieto de las Casas, abogado y magister en Derecho Procesal por la PUCP, asociado en Miranda & Amado y profesor de pregrado y posgrado en la PUCP. INTRODUCCIÓN Luego de los últimos acontecimientos congresales y presidenciales que terminaron con la juramentación de un nuevo presidente de la República y con una decisión del Tribunal Constitucional en un proceso competencial, tuve la oportunidad de conversar con personas que estaban de acuerdo con la improcedencia decidida por el TC. El principal argumento que escuché es que este órgano jurisdiccional, al igual que cualquier otro, puede elegir entre declarar fundada, infundada o improcedente la demanda y, en atribución a esa facultad, decidió por la última. Pero, ¿en realidad esto es así?

Prescripción y exigibilidad de las deudas tributarias

Por Pablo Sotomayor, abogado por la PUCP y socio de Miranda & Amado Han pasado ya algunas semanas desde la emisión de la Resolución del Tribunal Constitucional que declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad que se interpuso contra la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo No. 1421 (la PDCT), relativa a la prescripción de deudas tributarias y, hasta este momento, las aludidas deudas tributarias pendientes de cobro por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) -que se calculan en S/11,000 millones- aún no se cobran. Esto ha causado sorpresa en algunas personas, que entendían que una vez que el Tribunal Constitucional señalara en su sentencia que las deudas no estaban prescritas, la SUNAT podría proceder automáticamente a

Editorial | Sustracción de una responsabilidad

Por Enfoque Derecho El 10 de septiembre, tres audios presentados ante el Congreso por el parlamentario Edgar Alarcón pondría en problemas al ex presidente. Los audios, que vinculaban al entonces presidente Martín Vizcarra con el cantante Richard Cisneros, darían pie a una de las crisis políticas más grandes del país en los últimos años. Al día siguiente, el Congreso aceptó la moción de vacancia contra Vizcarra por permanente incapacidad moral y, tres días después, el Poder Ejecutivo presentó una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional para que defina cómo debe entenderse dicha causal. Desde entonces, la crisis política se agudizaba y la expectativa por la decisión del máximo intérprete de la Constitución aumentaba.  Otra moción de vacancia, dos presidentes, movilizaciones

Terrorismo agravado: Ampliando los bordes doctrinarios y reales hacia una nueva definición, a propósito de la inseguridad ciudadana

Por Miguel Fabián Solórzano Bardález, estudiante de Derecho de cuarto año de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. En medio de la relativa tranquilidad política y social que se vive en la cotidianidad de los días, aun con el fenómeno de la inseguridad ciudadana a cuestas, es preciso abordar lo convulsionado de los otrora escenarios, que bajo los años 80 hasta la primera mitad del 90, mantuvo en constante alarma a la ciudadanía peruana. Se habla entonces del delito de terrorismo, el cual puede ser entendido, como un delito que, efectuando actos a gran escala, y vulnerando pluralidad de bienes jurídicos, mantiene a la ciudadanía en constante estado de alarma y temor. Ciertamente, y doctrinariamente, el delito de terrorismo

El “conflicto concreto” y el “conflicto latente” en un proceso competencial

Por Carlos Francisco Arias Suárez, abogado por la PUCP, Secretario Técnico del Grupo de Trabajo encargado de la Reforma del Código Procesal Constitucional conformado por la comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República y con estudios de especialización en tutela de derechos fundamentales y justicia constitucional por la Universidad de Pisa. 1.   Introducción El pasado viernes 20 de noviembre, el Tribunal Constitucional del Perú publicó la sentencia recaída en el expediente N° 00002-2020-CC/TC, que “resolvió” el proceso competencial que inició el Poder Ejecutivo al demandar al Congreso de la República del Perú, alegando que este último ejerció indebidamente su competencia para iniciar el trámite de la vacancia presidencial por la causal prevista en el inciso 2 del artículo

El Tribunal Constitucional dice

Por Henry López, estudiante de Derecho en la PUCP y miembro de la Asociación Civil THEMIS En una controvertida sentencia, el Tribunal Constitucional ha declarado la improcedencia de la demanda competencial por la vacancia del Presidente de la República por incapacidad moral. Los Magistrados Ferrero Costa, Miranda Canales, Blume Fortini y Sardón Taboada, fueron quienes, con sus votos, tomaron esta decisión en mayoría ¿Qué fue lo que señalaron? I. Fundamentos de la sentencia  En base a lo establecido en el artículo 110 del Código Procesal Constitucional, se tiene que el conflicto competencial “se produce cuando alguno de los poderes o entidades estatales (…) adopta decisiones o rehúye deliberadamente actuaciones, afectando competencias o atribuciones que la Constitución y las leyes orgánica