vacancia

Desafíos y Perspectivas de la Vacancia Presidencial en el Perú: Entre la Estabilidad Institucional y la Responsabilidad Política del Presidente

Por Alberto Varillas, estudiante de octavo ciclo de Derecho en la PUCP y miembro de la comisión de publicaciones de THEMIS A la fecha en la que se escribe este artículo, la situación de la actual presidenta de la República del Perú, es muy incierta. En el último mes, las acusaciones de estar inmersa en actos ilícitos antes y durante el ejercicio de sus funciones, así como la detención preliminar de su hermano como también de su abogado, ha llevado a que se genere mayor incertidumbre sobre el futuro que le espera a la presidenta. Los escenarios que posiblemente se desaten son múltiples y no pretendo hacer de este pequeño artículo un intento de ver el futuro. Lo que propongo

¿Se agota el tiempo para los Rolex de Dina? Análisis sobre una posible vacancia a la presidenta de la República

Por Enfoque Derecho Cuando son las 20:00 pm (hora peruana) del jueves 11 de abril del 2024, estamos en total capacidad de afirmar que Dina Boluarte es la presidente del Perú. Lamentablemente, no estamos en capacidad de afirmar cuál será la situación de Dina Boluarte el día de mañana. No es nuestra culpa, pues la situación de los presidentes en nuestro país es tan volátil que el supuesto mandato de 5 años que indica el artículo 112 de la Constitución parece una ficción más del derecho. Uno de los principales causantes de esta constante inestabilidad política es el numeral 2 del artículo 113 de nuestra Constitución: la vacancia por incapacidad moral permanente. Desde el año 2017, los 5 presidentes que estuvieron

Enfoque Semanal del 19 al 25 de diciembre

Por Enfoque Derecho La Embajada de México brinda asilo político a ex primera dama Lilia Paredes, quien arribó a dicho país en compañía de sus hijos. El pasado 21 de diciembre, la esposa del ex mandatario, Pedro Castillo, y sus hijos abordaron un vuelo de madrugada rumbo a la Ciudad de México D.F. Luego de que les fuera concedido el asilo por parte de dicho país y de que haya procedido un salvoconducto por parte de la normativa nacional. Cabe destacar que hasta ese momento, luego de que su esposo Pedro Castillo fue detenido por su fallido intento de realizar un golpe de Estado, el paradero de la ex primera dama era desconocido para el público. Anteriormente, el canciller de

07.12.22 – Analizando el [fallido] golpe de Estado de Pedro Castillo

Introducción. ¡Golpe! El 7 de diciembre de este año, fuimos testigos de un acontecimiento que nos sumió en un gran desconcierto para el futuro de nuestro país. El, en ese entonces, presidente Pedro Castillo Terrones, en un mensaje a la Nación, anunció su decisión de cerrar el Congreso de la República y aplicar un “gobierno de excepción”, a pocas horas del debate de la moción de vacancia en su contra. Minuto tras minuto, se decretaron medidas que traspasaron nuestro orden constitucional. Pese a ello, iniciaron las dimisiones de varios ministros, decantando la pronta caída del [corto] régimen castillista; así como la decisión del Congreso de la República de mantenerse firmes y aprobar con mayoría absoluta la vacancia del presidente Castillo.

Enfoque Semanal del 05 al 11 de diciembre

1. Poder Judicial impone sanción de apercibimiento a Keiko Fujimori. El juez Víctor Zúñiga del Cuarto ​​Juzgado de Investigación Prep​​aratoria Nacional impuso una sanción de apercibimiento a Keiko Fujimori por no haber informado adecuadamente sobre su viaje a Inglaterra, luego de que se cancelara la invitación de la Universidad de Oxford para un evento académico por el que le autorizaron la salida del país entre el 30 de noviembre hasta el 09 de diciembre. De ese modo, también se le exhortó a cumplir estrictamente las reglas de conducta impuestas el pasado 30 de abril de 2022 por el Poder Judicial.  Como se recuerda, el 29 de noviembre, la Segunda Sala Superior de apelación le concedió autorización a Keiko Fujimori para

Enfoque Semanal del 28 de noviembre al 4 de diciembre

Presentan y aceptan a debate tercera moción de vacancia contra Pedro Castillo.  El congresista Edward Málaga presentó, el martes 29, la tercera moción de valencia contra Pedro Castillo. Dicho documento fue respaldado por 67 firmas y fundamenta el pedido de vacancia en supuesta incapacidad moral del Presidente.  Asimismo, dicha propuesta fue admitida a debate el jueves de la misma semana. Se aprobó con 73 votos a favor, 32 en contra y seis abstenciones. El debate por la vacancia presidencial se llevará a cabo el miércoles 7 de diciembre. Por lo que, Pedro Castillo deberá acercarse ese día al Congreso a realizar su defensa, podrá hacerlo solo o con sus abogados. Recordemos que se requieren 87 votos para destituir al presidente

Enfoque Semanal del 25 de abril al 1 de mayo

1. Ejecutivo presenta proyecto de ley para someter ​​a referéndum la convocatoria ​​de una ​​asamblea constituyente. El lunes 25 de abril, el Poder Ejecutivo presentó al Congreso el proyecto de ley de reforma constitucional que autoriza someter ​​a referéndum la convocatoria de una Asamblea Constituyente para elaborar una Nueva Constitución. De ese modo, el proyecto de ley busca incorporar el artículo 207 de la Constitución, que autorice​​ la elaboración de un nuevo texto constitucional y que sea ratificado por un referéndum. De esa manera, la iniciativa fue presentada con carácter de urgencia al Congreso, el cu​​al deberá debatir y aprobar la propuesta, para que luego sea consultada a la ciudadanía vía referéndum durante las elecciones regionales y municipales de octubre.

Enfoque Semanal del 14 al 20 de marzo

Tribunal Constitucional aprueba Habeas Corpus a favor de Alberto Fujimori Fujimori El Tribunal Constitucional aprobó el Hábeas Corpus a favor de Alberto Fujimori Fujimori. Así, esta sentencia declara fundada la demanda, restituye los efectos de la Resolución Suprema 281-2017-JUS, del 24 de diciembre de 2017, que concedió el indulto humanitario al ex presidente, y le otorga su libertad. La votación fue la siguiente: Declarar fundada la demanda: Ernesto Blume Fortini José Luis Sardón de Taboada Augusto Ferrero Costa Declarar infundada la demanda: Marianella Ledesma Naváez Manuel Miranda Canales Eloy Espinosa-Saldaña En tal sentido, de acuerdo con el artículo 10-A del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, en caso se produzca un empate en la votación, el voto decisorio le corresponde al