Por Enfoque Derecho
El día de hoy, durante las declaraciones a la prensa, el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse señaló que, una vez publicada la sentencia, se dará como plazo 180 días para derribar el conocido “muro de la vergüenza”. Se trata, pues, de una construcción de 4.5 km elaborada por la municipalidad de La Molina, durante la gestión del año 2011 y alentados también por la municipalidad de Surco, con la intención de que no avancen invasiones ante la falta de control urbano de los distritos colindantes. Inicialmente, aquel muro que había sido construido, en parte, por la municipalidad de Villa María del Triunfo durante la década de 1980 en defensa contra el terrorismo sirvió para que, desde aquel entonces, se de pie a justificaciones para su mantenimiento y ampliación. Así, argumentos como este o como la “lucha contra la delincuencia” sirvieron para propiciar estrategias municipales que, elementalmente, guardan propósitos discriminatorios.
Por unanimidad, el Tribunal Constitucional consideró que el mantenimiento de este muro se traduce en una limitación injustificada de diferentes derechos constitucionalmente reconocidos. A saber, la libertad de tránsito y, principalmente, atentatorio contra el derecho a la igualdad y no discriminación por motivos económicos. De ahí que el mencionado magistrado declaró que “sobre todo es un muro discriminatorio porque divide dos clases sociales y eso es inadmisible en una democracia contemporánea”, durante la emisión de RPP. Uno de los principales motivos es que la destrucción de esta construcción, lejos de perjudicar “la paz social”, crea condiciones idóneas para que las municipalidades de los distritos involucrados apresuren sus gestiones para la creación de «leyes represivas contra el tráfico de terrenos».
De esta forma, queda resuelto este un conflicto que data desde el año 2018 cuando, mediante el Expediente N° 01606-2018-PHC/TC, se denunció la vulneración de los derechos al libre tránsito, de igualdad y a no ser discriminado por razón de condición económica y social. Culminando el último 20 de diciembre, cuando el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda presentada por Carlos Francisco Hinostroza Rodríguez contra el entonces alcalde de la Municipalidad Distrital de La Molina, Juan Carlos Zureck Pardo-Figueroa por el caso en cuestión. Cabe destacar que el magistrado Gutiérrez Ticse culminó su comunicado declarando que “las causas votadas por principio de transparencia se adelantan a la opinión pública, pero que la sentencia se publica después que se recolectan las firmas. Finalmente, queda pendiente la concretización de dicha decisión del máximo intérprete que, repitiendo las declaraciones del magistrado “buscan ese componente social”, que no es otro que la lucha contra la discriminación.
Fuentes:
https://rpp.pe/lima/judiciales/muro-de-la-verguenza-tribunal-constitucional-ordena-derribar-muro-que-divide-la-molina-y-vmt-en-plazo-de-180-dias-noticia-1456773?ref=rpp
https://ojo.pe/actualidad/no-va-mas-tc-ordena-derribar-muro-de-la-verguenza-que-divide-la-molina-y-vmt-en-180-dias-video-tribunal-constitucional-surco-san-juan-de-miraflores-noticia/?ref=ojr
https://www.infobae.com/america/peru/2022/12/29/muro-de-la-verguenza-tribunal-constitucional-ordenara-derribar-muro-que-divide-la-molina-y-villa-maria-del-triunfo/
https://elcomercio.pe/lima/muro-de-la-verguenza-tribunal-constitucional-ordena-que-sea-derrumbado-en-un-plazo-de-180-dias-video-villa-maria-del-triunfo-la-molina-noticia/