Por: Kiara Bazan, estudiante de derecho en la PUCP y miembro del consejo editorial de EnfoqueDerecho.com

El 22 de noviembre de este año, el Perú dio un gran paso con respecto a la búsqueda de las personas desaparecidas en el conflicto armado interno que vivió nuestro país en la década de los 80. Se trata de la creación del Banco de Datos Genéticos. Este instrumento fue implementado en 1987 en Argentina para ‘‘garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad’’[1].

En el presente artículo se analizará este instrumento, cómo funciona, cuál es su fin y la forma en cómo su implementación ha ayudado en otros países.

¿En qué consiste el Banco de Datos Genéticos y cuál es su finalidad?

Primero es necesario definir lo que es el ADN o el ácido desoxirribonucleico es el contenedor de toda la información genética de todas las personas. Cada persona tiene una diferente combinación de elementos, lo que hace que este sea único, personal e irrepetible. Cierta información puede ser transmitida de generación en generación[2].

El Banco de Datos Genéticos extrae, conserva, estudia y guarda restos de ADN de diferentes personas para usos futuros, como, por ejemplo, el diagnóstico de alguna enfermedad hereditaria como el Alzheimer o el cáncer. Basta con la muestra de algún fluido para que esta muestra puede ser almacenada en el banco.

Estos Bancos de Datos Genéticos tienen dos partes: una física, en la cual la información genética, es decir, el ADN está almacenada y otra virtual, en donde está toda la información extraída de la muestra genética.[3]

La finalidad de estos Bancos puede variar, pues puede tener uno netamente médico (como el mencionado en el inicio), también puede servir para acumular muestras de algún sospechoso de un crimen o para encontrar a algún familiar desaparecido o secuestrado. Esta última es la finalidad tanto del Banco argentino como del recientemente creado peruano.

El artículo 1 de la Ley 23. 511, ley que establece la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos indica que la finalidad de esta entidad es ‘‘obtener y almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación’’. La ley señala que las funciones del Banco de Datos son cuidar, organizar el archivo de datos genéticos para el objetivo establecido en la misma ley, realizar y producir informes técnicos y pericias genéticas a pedido judicial y ejecutar investigaciones relacionadas a su finalidad.

Asimismo, en el artículo 5 establece que los parientes sanguíneos de niños desaparecidos o nacidos en cautiverio tienen derecho a pedir y conseguir los servicios del Banco de Datos Genéticos.

En Argentina, la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) tiene la finalidad de apoyar ayudar en la identificación y búsqueda de parientes de personas desaparecidas, de hijos o hijas que fueron secuestrados junto a sus padres o nacieron durante el confinamiento de su madre, además, apoya a diferentes organizaciones que se dedican a la identificación de los restos de las personas encontradas víctimas de la desaparición forzada durante la dictadura militar argentina.[4] Hasta el momento, han sido identificados 119 personas.

Al principio, este estaba a cargo del Poder Ejecutivo, pero luego, con la promulgación de la ley 26.548 en el 2009, pasó a ser gestionado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.

El Banco de Datos Genéticos en el Perú

Con la misma finalidad, el Poder Ejecutivo aprobó el proyecto de ley que establece la creación del Banco de Datos Genéticos. Todo ello con miras a identificar a las personas desaparecidas durante el conflicto armado interno que vivió nuestro país. Este fue impulsado por la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Las muestras serán tomadas de restos óseos encontrados o de muestras directas de familiares en búsqueda de sus parientes desaparecidos o secuestrados.

Según Víctor Quinteros, jefe de la Dirección de Registro e Investigación Forense de la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas, este proyecto de ley es un avance y un progreso en el proceso de implementación de la ley 30470, ley de búsqueda de las personas desaparecidas durante el periodo de violencia 1980-2000, dado que esta ‘‘requiere de múltiples estrategias y herramientas de investigación, y el Banco de Datos Genéticos es una de ellas’’.[5]

La ley 30470 indica que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene la función de ‘‘Diseñar, aprobar, implementar y ejecutar, en coordinación con las entidades públicas y privadas competentes, un Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas’’ y ‘‘Promover el fortalecimiento de la infraestructura estatal y las capacidades técnicas de los profesionales involucrados en el proceso de búsqueda de personas desaparecidas, así como en el acompañamiento psicosocial’’.

El Banco de Datos Genéticos es un gran progreso en el proceso de búsqueda de todas estas personas desaparecidas. Se estima que, durante el conflicto armado interno, fueron 13000 los desaparecidos. Hay muchas familias que aún esperan tener el paradero de sus hijos, nietos, padres, esposos, esta es un gran paso que representa esperanza para las personas de poder encontrar a sus familiares.


[1] http://www.bndg.gob.ar/bndg.php

[2] https://www.ampligen.es/pruebas-de-paternidad/banco-datos-geneticos-de-adn-genes

[3] https://cefegen.es/blogs/bancos-de-datos-geneticos-que-son-como-funcionan

[4] http://www.mincyt.gob.ar/ministerio/banco-nacional-de-datos-geneticos-bndg-23

[5] http://rpp.pe/politica/gobierno/ejecutivo-aprobo-proyecto-de-ley-que-crea-banco-de-datos-geneticos-noticia-1090332