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La retención indebida de pacientes y cadáveres por deudas hospitalarias

Juan José Diaz, asociado principal del Área de Litigios del Estudio Echecopar En virtud al Decreto de Urgencia Nº 017-2019, publicado el 28.11.19., que establece una serie de medidas urgentes para garantizar la protección del derecho a la salud, a través del cierre de la brecha de población sin cobertura de seguro en el territorio nacional, se establece la afiliación de estas personas a la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud Seguro Integral de Salud IAFAS – SIS, pudiendo tener acceso a este seguro los extranjeros en el país.  Para tener acceso a este seguro, cuya cobertura no solo comprende atención médica, sino también la cobertura de gastos por fallecimiento, el usuario debe contar con su documento de

Trabajo remoto en tiempos de pandemia, ¿una oportunidad para romper barreras?

Por Iván Blume, Master of Industrial and Labor Relations (MPS) Cornell University. Abogado por la Universidad Católica del Perú, Asociado senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados Introducción Las relaciones laborales, como gran parte de las relaciones y actividades humanas, están regidas en buena medida por costumbres. Esto no tiene en sí mismo nada de malo. Las costumbres, algunas de ellas codificadas en normas y leyes, nos ayudan a sortear circunstancias azarosas y pueden servir para protegernos de errores que pongan en riesgo a los demás y a nosotros mismos. Pero al mismo tiempo, pueden convertirse en una barrera para el cambio y la innovación o ayudar a perpetuar prácticas ineficientes que han perdido su razón de ser. En

Derecho al internet desde la noción de las necesidades humanas básicas

Por Aaron Rivas Atauchi, estudiante de la Facultad de Derecho en la PUCP y miembro de Perspectiva Constitucional En el actual contexto producido por el COVID-19, el MINEDU anunció el 20 de marzo la estrategia “Aprendo en Casa” (Perú 21 2020); la cual, implica un gran desafío para la educación, ya que pretende utilizar diversos medios y recursos tecnológicos. Una herramienta potente para esta situación y para el ejercicio de los derechos es el internet, puesto que permite participar en la vida en sociedad desde un ámbito más accesible, especialmente cuando se restringen derechos constitucionales por la declaratoria de Estado de Emergencia. Esta es una evidencia del rol que cumple el derecho al internet en el derecho a la educación.

Día 6: El otro encierro

Por Cuerdas Separadas No dio tiempo para sacar nada. El toque de queda se había anunciado. Muchos de los papeles y notificaciones se quedaron en el estudio. Pero, a la mañana siguiente, mi bandeja de entrada rebosaba de documentos. No sé cómo ni quién se dio el trabajo de amanecerse escaneando y enviando mensajes. Nos informaron que el teletrabajo se implementaría y que estemos atentos a las indicaciones. Claro, los primeros párrafos estuvieron llenos de frases trilladas: “saldremos de esta juntos”, “esta es una crisis, pero con unión y esfuerzo lo superaremos”, “somos una familia y nos apoyaremos”, entre otras más. Mi verdadera familia no está aquí. Vivo solo. Ahora más solo que nunca. Desde que llegué a Lima a

¿Y cómo sobrevivimos en un edificio? El COVID-19 y las nuevas reglas de convivencia.

Alvaro Gonzales De La Cotera Chamochumbi, asociado en Rubio Leguia Normand. De acuerdo al censo del 2017, en el Perú, existen más de 10 millones de viviendas, de las que 820 mil son departamentos en edificio, lo cual equivale al 8,1% del total. Teniendo en cuenta ello, aproximadamente 4 millones de personas residen en edificio de departamentos con las particularidades y reglas de convivencia que ello implica. El régimen de edificios es denominado por la Ley 27157 como “régimen de propiedad exclusiva y propiedad común” en función a la existencia de tenemos bienes de propiedad exclusiva (departamentos y estacionamientos) y bienes de propiedad común (escaleras, ascensores, pasadizos, entre otros). De acuerdo con el Reglamento de la Ley Nº 27157, la

El valor de los programas de cumplimiento en materia de protección al consumidor

Por César Durand Espejo, asociado del Estudio Echecopar, especialista en temas de libre competencia, competencia desleal, protección al consumidor, protección de datos personales y corporate compliance. Con el propósito de evitar y prevenir posibles conflictos entre consumidores y proveedores en el marco de sus relaciones de consumo, la legislación en materia de protección al consumidor busca promover que las empresas adopten mecanismos de autorregulación que les permitan adecuar su conducta a dicha normativa. Uno de estos mecanismos es la implementación voluntaria de programas para el cumplimiento de la regulación establecida en la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, «el Código»), los cuales consisten en un conjunto de políticas y procedimientos para que los proveedores

Los estándares internacionales del sistema interamericano de derechos humanos de protección a las personas que ejercen el derecho a la protesta

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y coordinador del Área de Justicia Constitucional del Instituto de Defensa Legal, y Álvaro Másquez Salvador, bachiller en Derecho por la Universidad de San Martín de Porres y especialista legal e investigador del Área de Justicia Constitucional del Instituto de Defensa Legal. En un contexto donde el Gobierno viene suspendiendo sistemáticamente el derecho a la protesta de las comunidades campesinas de Chumbivilcas, Cusco, a través de Estados de Emergencia sistemáticos, conviene recordarle al Gobierno, cuáles son las obligaciones internacionales del Estado para con las personas que ejercen el derecho a la protesta. En efecto, el Estado viene suspendiendo la libertad de reunión reconocida en el artículo en

La indefensión del ciudadano ante el régimen sancionador previsto durante la emergencia sanitaria (D. L. N°1458 y D.S. N°006-2020-IN)

Por Ramón Huapaya Tapia, profesor ordinario de Derecho Administrativo en la PUCP, miembro investigador del GIDA- PUCP y socio de CMS Grau, y Diana Attilano Flores, adjunta de docencia del curso Derecho Administrativo la Universidad de Lima y asociada del mismo estudio. En el contexto actual de emergencia sanitaria, el Gobierno dispuso diversas medidas de aislamiento social que buscan controlar la pandemia del COVID-19, a través de una declaración de estado de emergencia hecha vía Decreto Supremo y sucesivas normas modificatorias, ampliatorias y complementarias. Tal como advertimos en su oportunidad[1], el enforcement o mecanismo de cumplimiento para asegurar la vigencia de tales normas era exclusivamente penal, puesto que no existía un régimen administrativo sancionador. La cuestión es que desde que

La necesidad de despliegue de infraestructura para las telecomunicaciones en el Perú: A propósito del riesgo de colapso de las redes de telecomunicaciones en tiempos del Coronavirus

Por Rubén Quevedo, asociado del área Inmobiliaria de Rubio Leguía Normand.  El domingo 15 de marzo, a las 8:00 pm, los peruanos fuimos testigos del mensaje presidencial que informó acerca de las medidas que se adoptarían frente a los graves daños que se acercaban como consecuencia del COVID-19. Como consecuencia de ello, inicialmente se emitió el Decreto Supremo N°044-2020-PCM y posteriores normas complementarias para regular el Estado de emergencia. Lo mencionado es de conocimiento público y así han transcurrido las primeras cuatro semanas del Estado de emergencia, en donde, al margen de la gran preocupación y el dolor generado por la pandemia, muchas personas han buscado aprovechar el tiempo para pasar momentos en familia, buscar acceder a información, cumplir con

La suspensión perfecta de labores en los tiempos del COVID-19

Por Renzo Quijano, egresado de la PUCP y  miembro extraordinario de Geose. En el presente artículo, se abordará la exhortación contenida en el Decreto de Urgencia N° 038-2020 respecto a la suspensión perfecta de labores, en el marco del Estado de Emergencia Nacional dictaminado por el Gobierno. Desde el Estado de emergencia declarado mediante el D.S. N° 044-2020, la medida de aislamiento social obligatorio ha tenido especial repercusión en el desarrollo de las relaciones laborales, en particular de aquellas que sostienen servicios no esenciales. Frente a esta situación, el Gobierno estableció mediante el D.U. N° 029-2020, que las empresas que prestan servicios no esenciales desarrollen trabajo remoto, y que en caso de no ser factible, se otorgue licencia con goce