Constitucional

¿Es posible la reforma constitucional vía referéndum por iniciativa ciudadana? Análisis de la ley 31399

Por Ignacio Tovar Otero, estudiante de la facultad de derecho de la Pontificia Universidad Católica. Introducción Si preguntamos por las vías de reforma constitucional en el Perú, la respuesta que recibiríamos de la mayoría de juristas es la siguiente: de acuerdo al artículo constitucional 206°, la reforma de la Constitución procede por votación de dos tercios de los congresistas en dos legislaturas sucesivas ordinarias o por votación de la mayoría absoluta de congresistas, pero con referéndum ratificatorio. Es decir, se trata de dos vías de reforma constitucional que, en todos los casos, pasan por el Congreso de la República. Sin embargo, existe un importante grupo de juristas (más por notoriedad que por cantidad) que ha señalado la existencia de una

El cierre de una época: La US Supreme Court anula el precedente Roe v. Wade

Por: Renaro Miranda, estudiante en la facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú t miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho Introducción El siglo XXI trajo múltiples cambios y avances en todo el mundo, desde la aparición de nuevas tecnologías y potencias económicas, hasta cambios radicales en las políticas de los diversos países. Este último escenario es el que se tratará a continuación, exactamente la lucha que lleva muchos años desatándose en los Estados Unidos, la cual ha creado dos bandos. Por un lado, los “pro-choice” que están a favor del precedente  Roe v. Wade, que permite el aborto legal, mientras que del otro lado se encuentran los “pro-life” que solicitan se anule dicho precedente. Esta lucha

El rol subsidiario del Estado y la problemática definición de la actividad empresarial estatal a la luz del desacuerdo entre el Tribunal Constitucional e Indecopi

Por Mercedes Bueno Barra, estudiante de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y miembro del consejo editorial de Enfoque Derecho. El entendimiento de la llamada “Constitución económica” se enfrenta a una falta de consenso sobre el rol del Estado en la economía nacional que, inevitablemente, genera consecuencias tanto jurídicas como fácticas. Tal es así, que la jurisprudencia, al respecto de este tema, se desarrolla en un ambiente de definiciones divergentes. Esto propició una contraposición entre la resolución 3134-2010/SC1 (Expediente 3134-2010) del Indecopi y el Tribunal Constitucional (0008-2003-AI/TC) a raíz de la interpretación de “actividad empresarial estatal” y el “principio de subsidiariedad” que lo sostiene. Pero antes de ahondar en el desarrollo de ambas definiciones,

Playlist de Derechos Fundamentales | Libertad Personal, Libre Tránsito, Residencia y Reunión

#DerechosFundamentales ? ¿Sabes cómo tutelar el derecho a la #LibertadPersonal? ¿Conoces los límites de la libertad de #reunión? Como parte de la #PlaylistDeDDFF, en la siguiente entrevista, Julia Romero, abogada por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Magistra en Derecho Constitucional por la PUCP y profesora de la misma casa de estudios, nos responde estas cuestiones al describir su libro: «Derechos de libertad: Libertad personal, libre tránsito, residencia y reunión», que forma parte de la colección «Los Derechos Fundamentales. Homenaje por el Bicentenario de la Independencia», de @palestraeditores. ¿Conocías el contenido de estos derechos? ▶️ ¡Coméntanos!

La reforma aprobada en el Congreso de la República sobre los costos procesales en el hábeas data: ¿Una solución adecuada?

Escrito por Arturo Crispín Sánchez, Coordinador ejecutivo de Gaceta Constitucional & Procesal Constitucional. Cursando estudios de maestría en Derecho Constitucional & Derechos Humanos por la UNMSM. Expasante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en San José, Costa Rica La nueva conformación del Tribunal Constitucional viene construyendo, durante los primeros dos meses de su gestión, una línea jurisprudencial estricta en torno a lo que se refiere a las solicitudes de acceso a la información pública y su desnaturalización por algunos abogados, quienes estarían interponiendo múltiples hábeas data a fin de obtener un aprovechamiento económico a través de los costos procesales. Recordemos que este problema no es nuevo. La mayoría de la anterior composición del Colegiado, a través de múltiples casos

Libertad de tránsito, uso de la propiedad, copropiedad, bienes comunes y propiedad informal: Todo ello en una sentencia del Tribunal Constitucional

Por Franco Soria, socio del área Inmobiliaria y Saneamiento de Tierras de Rubio, Leguía, Normand & Asociados La libertad de tránsito y sobre todo los impedimentos que se generan a la misma, lamentablemente se dan con mucha frecuencia en nuestra realidad. Así, entre muchos otros, se suceden casos relacionados a: Instalación de tranqueras, muchas de ellas generadas como una respuesta a la situación de inseguridad en el país. Es común ver urbanizaciones con tranqueras que impiden o dificultan tránsito de vehículos e incluso de personas. Conflictos, muchas veces en posesiones o lotizaciones informales relacionadas al uso Y acceso a lotes. En algunos casos relacionado a la obligación de pagar una especie de ”cupo” para acceder a los lotes. Problemas de

Sentencia del TC que desconoce derecho a la consulta: ¿Libre interpretación de las normas o prevaricato de los jueces del TC?

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP y coordinador del área de Litigio Constitucional de IDL En la sentencia del caso Chila Chambilla y Chila Pucara recaída en el expediente No 03066-2019-PA, los magistrados del TC que la suscriben, sostienen que el derecho a la consulta no puede protegerse por el amparo porque no está en la Constitución.  La pregunta constitucional de fondo, es si estamos ante una decisión jurisdiccional protegida por el derecho a la libre interpretación de las normas, protegida por la garantía de la independencia de los jueces, o si estamos ante una decisión jurisdiccional, que se pronuncia contra el texto expreso de una norma legal.  “3. Sin embargo, el derecho a la consulta previa