Derecho Procesal Constitucional

Entrevista | Gonzalo Monge: El sistema judicial en Star Wars

#StarWars 🌌 ¿Sabías que el #Derecho Procesal #Constitucional se vincula directamente con la emblemática saga de Star Wars? En la siguiente entrevista, Gonzalo J. Monge, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Magíster en Derecho por la Universidad de Harvard y especialista en litigio constitucional, aborda cómo se relaciona el Derecho Procesal Constitucional peruano con el sistema #judicial de tan emblemática saga. ¿Qué opinas sobre esta entrevista? ¡Déjanos tus comentarios! ⬇️ https://youtu.be/JwI7kKZrpXk

Caos en la cima: Inflación y colapso de la Corte Suprema peruana

Por Daniel Reyna Vargas, asociado senior del equipo de Resolución de Conflictos de la sede Lima de PPU. Es abogado por la Universidad de Piura, candidato a maestro en Estado de Derecho Global y Democracia Constitucional por la Universidad de Génova y cuenta con un Diplomado en Derecho Constitucional Latinoamericano de la Universidad Austral de Argentina, así como con especializaciones en Justicia Constitucional, interpretación y Tutela de los Derechos Fundamentales por la Universidad de Castila-La Mancha y en en Justicia Constitucional y Derechos Humanos de la Universidad de Bolonia. Su ejercicio profesional se orienta al diseño de estrategias y defensa en procesos judiciales y arbitrales. Cuenta con experiencia en casos de alta complejidad en asuntos civiles y comerciales, constitucionales, contencioso-administrativos y

Editorial | ¿Congreso todopoderoso? Comentarios al dictamen que plantea la modificación del nuevo Código Procesal Constitucional

Por Enfoque Derecho 1. Introducción La justicia constitucional en los ordenamientos jurídicos modernos ha cobrado cada vez más relevancia en los últimos tiempos; por ello, en la actualidad, vemos la proliferación de Cortes Constitucionales, encargadas de resolver conflictos entre derechos a través de sus funciones como máximos intérpretes de la Constitución. Es así que, cada día se hace innegable la necesidad de tener mecanismos constitucionales que aseguren una eficiente protección de los derechos fundamentales. En vista de ello, es imperativo que las normas que regulan estos procesos sean lo suficientemente idóneas para la protección de los derechos reconocidos por la Constitución. En nuestro país, las normas que regulan los procesos constitucionales se encuentran en el Nuevo Código Procesal Constitucional (en adelante,

¿La modificación del artículo 42 del Nuevo Código Procesal Constitucional ha cambiado la competencia en el proceso de amparo contra normas?

Por Fabiana Orihuela Silva, Especialista en legislación racional por la Universidad de Girona. Becaria del Master in Global Rule of Law and Constitutional Democracy de la Universidad de Génova, con estudios concluidos. Especialista en derecho procesal constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Especialista en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Bachillera en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. El 5 de octubre de 2022 se publicó la Ley 31583 que modificó diversos artículos del Nuevo Código Procesal Constitucional (NCPC). Entre ellos, se modificó el artículo 42 que versa sobre la competencia jurisdiccional en los procesos de tutela de derechos, estableciendo nuevos[1] supuestos en los cuales las salas constitucionales[2] de las cortes superiores del Poder Judicial

¿División o concentración de poderes? – Discutiendo la resolución de la demanda competencial del Tribunal Constitucional

Por Enfoque Derecho. Introducción. El jueves 23 de febrero, el Tribunal Constitucional se pronunció ​​acerca de la serie de demandas competenciales presentadas por el Congreso contra el Poder Judicial, a raíz de las resoluciones judiciales que impedían la designación del defensor del Pueblo, el ejercicio de control político sobre el presidente del Jurado Nacional de Elecciones y demás altos funcionarios del Estado, y con respecto a la Ley de reconformación del Consejo Directivo de la SUNEDU. De ese modo, el máximo intérprete de la Constitución aprobó por mayoría declarar ​​fundadas las demandas del Congreso, en materia de una supuesta intromisión que limitaba las competencias exclusivas del Poder Legislativo[1]. Por ese motivo, en el presente Editorial, Enfoque Derecho analizará la decisión del

Comentarios respecto a la sentencia del Tribunal Constitucional que declara improcedente el reconocimiento del matrimonio de Susel Paredes y su esposa

Por Mariana Justo Linares, abogada por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Asistente legal en el estudio Ugaz Zegarra & Abogados Asociados. Miembro de Diario Bicentenario. Hace poco el Tribunal Constitucional declaró improcedente el recurso de agravio constitucional presentado por Susel Paredes y su esposa, argumentando que, en el Perú, no existe el derecho de contraer matrimonio entre dos personas del mismo sexo.  Las recurrentes ampararon su pedido, principalmente, en la aplicación de la Opinión Consultiva OC-24/17, respecto al trato igualitario sin discriminación a las personas homosexuales.  Entre los fundamentos expuestos, el Tribunal Constitucional sostuvo lo siguiente: «Que, el reconocimiento del matrimonio celebrado válidamente en Miami entre las recurrentes “colisiona con la noción de matrimonio contenida no solo en el

¿Momento constituyente o destituyente? – La viabilidad constitucional del proyecto de ley 1840

Por Enfoque Derecho Introducción A fines de abril, el presidente Pedro Castillo remitió al Congreso, con carácter de urgente, el proyecto de reforma constitucional que planea someter a referéndum la convocatoria de una Asamblea Constituyente en las Elecciones Regionales y Municipales de este año 2022[1]. No obstante, hace pocos días, la Comisión de Constitución del Congreso archivó el proyecto de reforma constitucional presentado por el Poder Ejecutivo con 11 votos a favor y 6 en contra, por contener copias de textos no citados y evidentes contradicciones. Este proyecto ha retornado a la extensa discusión sobre la constitucionalidad de la Asamblea Constituyente, por lo que Enfoque Derecho, en el presente Editorial, analizará la viabilidad constitucional de este proyecto, en tanto es

Tribunal Constitucional publica el fallo que restituye el indulto de Alberto Fujimori

El Tribunal Constitucional, órgano encargado de la interpretación de la carta magna, el lunes 28 de marzo, publicó la resolución a favor del indulto humanitario del reo Alberto Fujimori. Así, se dispuso la excarcelación del mismo debido a que se declaró fundado el hábeas corpus presentado.  El documento cuenta con un total de 102 páginas, en las cuales se puede observar los diferentes argumentos que tuvieron los miembros del TC durante el debate que dilucidó este caso. Se aprecia, en este sentido, las posturas en contra de la restitución del indulto por parte de los magistrados Marianella Ledesma, Eloy Espinoza y Manuel Miranda; y la postura a favor de los juristas Ernesto Blume, José Ferrero y Luis Sardón. En esta

Enfoque semanal del 25 al 31 de octubre

Por Enfoque Derecho Gobierno solicita facultades al Congreso para reforma tributaria Este miércoles el Presidente Castillo envió, con carácter de urgencia, al Congreso un proyecto de ley para solicitar facultades legislativas -por 120 días- en materia tributaria, fiscal, financiera y reactivación económica.  El proyecto indica que , a través de la delegación de facultades, se plantea emitir normas que permitan simplificar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes; aumentar la recaudación, por medio de la ampliación de la base tributaria; modificación de tasas impositivas, mayor simplicidad y mejores procesos de control y recaudación y, la racionalización de beneficios tributarios; perfeccionar los impuestos al consumo; en materia del impuesto a la renta, además, perfeccionar su regulación, estructura y administración.  En