Público

Petro y la CIDH: algunas reflexiones sobre medidas cautelares interamericanas

Ayer 18 de marzo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado colombiano que adoptara medidas cautelares en favor de Gustavo Petro Urrego, político que fuera elegido Alcalde de Bogotá a fines del 2011, quien había sido separado del cargo e inhabilitado en sus derechos políticos por 15 años mediante una decisión administrativa adoptada y ratificada por la Procuraduría General de la Nación, órgano que en Colombia tiene facultades de investigar y sancionar disciplinariamente a los funcionarios públicos.

Editorial: Un Gabinete legal y ¿legítimo?

El día viernes, por primera vez desde que nos rige la Constitución del 93, el Congreso decidió no otorgar el voto de confianza al Gabinete de Ministros encabezado por el Premier Cornejo de acuerdo al procedimiento establecido por los artículos 130, 132 y 133 de nuestra Constitución y el reglamento del Congreso. Fueron dos votaciones seguidas en las que no se obtuvo el voto de confianza: en la primera con 47 votos a favor y 71 abstenciones; y en la segunda con 42 votos a favor, 6 en contra y 73 abstenciones. A raíz de ello, el Presidente ha solicitado que el lunes se convoque a sesión extraordinaria para definir si se le da o no el voto de confianza. Y frente a un panorama como tal, surge una pregunta que aún muchos no logramos resolver: ¿se otorgó o no el voto de confianza al Gabinete de Cornejo? A fin de contestarla, en el presente editorial explicaremos lo sucedido desde el plano jurídico para analizar las consecuencias que trae consigo esta polémica situación.

Sistema Jurídico y Maltrato animal en el Perú

La preocupación por el maltrato animal aparentemente se muestra como un interés humano relativamente reciente, sin embargo, dependiendo de la perspectiva cultural e histórica se puede inscribir en una trama de larga –o larguísima- duración, aplicando categorías de Braudel. Previamente es menester no confundir de una parte, aquella antigua pauta cultural, esto es la del sacrificio animal, sus expresiones en el Derecho Sacrificial y sus correspondientes criterios normativos, vigentes hasta el día de hoy -e insuflados conceptualmente por enfoques bienestaristas[1]- y de la otra, las prácticas modernas del denominado maltrato animal.

El Derecho Penal Peruano frente a los actos de crueldad animal

En estas últimas semanas, las redes sociales de nuestro país han sido agitadas por graves noticias relacionadas al maltrato animal. Así, en los primeros días de febrero se difundió un video en Youtube en el que aparece un joven ahorcando a un pequeño gato y se burla de este acto. Diversos grupos de activistas lograron identificar al responsable y organizaron una manifestación frente a su casa, lo que motivó que el padre del “gaticida” reconociera que fue él quien subió el video a Internet para demostrar cuánto afectan los problemas familiares a los adolescentes. Al poco tiempo, su abogado no sólo justificó su conducta y reprochó la agresión sufrida (golpe en la cabeza con un megáfono) sino que además comparó la actuación de los defensores de los animales con una supuesta frase de Hitler: “Cuanto más amo a mis animales (…) más odio a los seres humanos”. Lamentablemente, el letrado varió la frase pues ésta fue acuñada por el filósofo griego Diógenes de Sinope: “Mientras más conozco a la gente, más quiero a mi perro”.

¡De regreso a clases! Pero, ¿quiénes regresan? Sobre el acceso a la educación de niños con discapacidad

Esta semana comenzaron las clases, pero ¿quiénes regresan al Colegio? En las últimas semanas los medios de comunicación han denunciado diversos casos de Colegios que no han permitido la matrícula de niños por su color de piel o religión. Se trata de casos indudablemente discriminatorios. Pero, ¿qué pasa cuando se trata de niños con discapacidad? ¿Pueden los niños con discapacidad estudiar en centros educativos regulares?

Invocando un fantasma: ¿Es conveniente replicar el Control de Concentraciones del sector Eléctrico?

Uno de los paradigmas de la regulación es la réplica de modelos regulatorios externos, es decir la importación de normas y políticas de un mercado a otro para obtener resultados similares. En ocasiones puede ser una práctica efectiva, pero también puede tornarse peligrosa si no se toman en cuenta las particularidades del mercado original ni las consecuencias que puede tener su implementación en un mercado con características diferentes. Más aún si los resultados originales de dicha regulación han sido negativos o inexistentes.

De la calle al teclado: una breve mirada a la adecuación del derecho a la protesta bajo el uso de las nuevas tecnologías en el siglo XXI

Dado los recientes sucesos de violencia suscitados en la hermana república de Venezuela, es de singular importancia pronunciarse al respecto; y es que si bien la coyuntura nos muestra una constante lucha por el amparo de la libertad como derecho universal constitucionalmente reconocido en la legislación Venezolana, éste no es el único derecho soberanamente amparado que está siendo vulnerado.

¿Cuán democrático es tu gobierno?: Inventario Mínimo

A raíz de la lamentable situación que vive Venezuela, se viene debatiendo en nuestro país cuáles son los aspectos que definen a un gobierno como democrático. Partiendo de que éste “no lo es sólo porque ganó las elecciones”, como acertadamente ha puntualizado Henry Pease[1], en las líneas que siguen destaco los elementos que considero esenciales.

El derecho a manifestarse y a protestar públicamente

A propósito de las manifestaciones públicas que se vienen realizando a lo largo de toda Venezuela desde el 12 de febrero último y del incremento -en intensidad y uso de la fuerza por parte de los agentes estatales para reprimirlas, en este post queremos reflexionar brevemente desde los estándares del derecho internacional de los derechos humanos, acerca del derecho de manifestación y protesta pública, especialmente cuando éste se ejerce masivamente y canaliza conflictos sociales a gran escala.

Comentarios al proyecto de reforma constitucional para otorgar rango supraconstitucional a los tratados de derechos humanos

El pasado 14 de enero se publicó en la página web del Congreso de la República el Proyecto de Ley 3144/2013_CR[1] promovido por el Congresista Sergio Tejada, miembro del Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Perú. Se trata de un Proyecto de Ley de “Reforma Constitucional que otorga Rango Supraconstitucional a los Tratados de Derechos Humanos así como aquellos relativos a la prevención contra la corrupción”.