Por Nicolás Valverde Casas,
Asociado en Miranda & Amado Abogados
- Introducción: Cambio clave en el despacho aduanero
Las reglas del juego en el comercio exterior están en constante cambio. Esto lo podemos apreciar con la publicación de la Resolución de Superintendencia No. 281-2024/SUNAT, por medio de la cual se ha establecido un nuevo requisito fundamental para la destinación aduanera. En efecto, por medio de dicha resolución se ha señalado como una condición para la destinación aduanera que toda la documentación sustentatoria exigida por la legislación aduanera para el despacho de las mercancías debe ser transmitida de manera digitalizada, completa y sin errores antes de numerar la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM).
Este cambio pone fin a una práctica común entre importadores y agentes de aduana: la posibilidad de numerar la DAM con información provisional para una posterior regularización. Hasta ahora, este mecanismo permitía iniciar el proceso de importación aún cuando no se contaba con la totalidad de los documentos requeridos, lo que brindaba cierta flexibilidad operativa, toda vez que de forma posterior se podía regularizar incluyendo los datos de la documentación correcta o faltante.
Sin embargo, con esta modificación que entrará en vigencia el 31 de marzo próximo, la SUNAT exigirá que toda la información esté completa y validada antes de la presentación de la DAM.
¿Cómo afectará este cambio a importadores y agentes de aduana? ¿Cuáles son los desafíos que traerá consigo? Y, sobre todo, ¿qué estrategias pueden adoptarse para minimizar los riesgos? A continuación, detallaré brevemente lo que dispone este cambio a la normativa y su impacto en las operaciones de comercio exterior.
2. ¿Cómo ha venido funcionando la numeración de la DAM con información provisional?
Hasta el día de hoy, que aún no entra en vigencia la modificación materia de comentario, los agentes de aduana pueden numerar una DAM con información provisional cuando no cuentan con toda la documentación sustentatoria en el momento del despacho. Esto es particularmente útil en el despacho anticipado, ya que permite cumplir con los plazos exigidos sin riesgo a sanciones por no haber numerado la DAM a tiempo.
Para los importadores, esta flexibilidad es una gran ventaja operativa, ya que permite realizar ajustes en la información después de la numeración. Sin embargo, desde la perspectiva de la SUNAT, esta práctica representa un riesgo en la fiscalización aduanera. En muchos casos, la información inicial de la DAM difiere de la documentación final, lo que genera inconsistencias en el control de las importaciones.
Con la modificación pronta a entrar en vigencia, este margen de maniobra desaparece. Ahora, toda la documentación deberá estar lista, validada y sin errores antes de numerar la DAM, lo que supone un cambio fundamental en la operativa de los despachos aduaneros.
3. ¿Qué cambia con la Resolución No.281-2024/SUNAT?
La gran novedad de esta resolución es la obligatoriedad de transmitir previamente a la numeración de la DAM la documentación sustentatoria en formato digital, completa y sin errores. Con ello, se elimina la posibilidad de numerar DAM con información provisional, lo que significa que cualquier error u omisión documental impedirá el inicio del trámite de importación.
Como ya mencioné previamente este cambio entrará en vigencia a partir del 31 de marzo de 2025 y desde ese momento la SUNAT exigirá que cada DAM refleje con exactitud todos los detalles de la importación desde su numeración. Los agentes de aduanas ya no podrán realizar rectificaciones posteriores y completar información con documentos que llegaron de forma tardía, después de presentada la declaración.
En la práctica, esto significa una mayor fiscalización y control -además de un mayor riesgo de incurrir en infracciones por errores en la DAM-, lo que obligará a importadores y agentes de aduana a ser mucho más rigurosos con la documentación que presentan.
Por otro lado, esta nueva exigencia implica que, desde el inicio del trámite de importación, la SUNAT ya contará con toda la documentación relacionada con la mercancía, sin importar si se asignó canal verde, naranja o rojo. Como se sabe, la revisión documentaria solo se realiza en los canales naranja y rojo, mientras que en el canal verde no era obligatorio presentar la documentación ante la SUNAT. Gracias a esta modificación, la SUNAT tendrá acceso a toda la documentación de la importación independientemente del canal asignado, lo que refuerza el control sobre las operaciones aduaneras.
Como es claro, esta medida supone un gran desafío para los operadores de comercio exterior: cualquier error o demora en la documentación puede traducirse en retrasos en la liberación de mercancías, costos adicionales por almacenamiento y posibles sanciones.
4. ¿Cómo afectará este cambio a los importadores y agentes de aduana?
La eliminación de la posibilidad de numerar una DAM con información provisional impactará directamente en la forma en que se gestionan los despachos aduaneros.
Para los agentes de aduana, el principal reto será garantizar que toda la documentación requerida esté lista antes de la presentación de la DAM. En tanto ya no podrán numerar declaraciones con información incompleta y luego regularizar los datos, estarán obligados a ser mucho más estrictos en la validación documental y diligente para solicitar y obtener de sus clientes la documentación necesaria de manera oportuna. No tener los documentos a tiempo generará demoras en la numeración, aumentando la carga administrativa.
Por su parte, los importadores enfrentarán un escenario en el que cualquier retraso en la preparación de la documentación puede convertirse en un problema de tiempo y dinero. Si no cuentan con todos los documentos antes del despacho, su agente de aduana no podrá numerar la DAM y, por lo tanto, sus mercancías quedarán retenidas hasta que se regularice la situación. Esto puede derivar en mayores costos logísticos, demoras en la entrega de productos y, en algunos casos, sanciones por incumplimiento de plazos contractuales.
Otro problema no menor es el comiso de mercancías en caso de una Acción de Control Extraordinario (ACE) por parte de la SUNAT. Si la documentación transmitida no coincide con la carga inspeccionada o presenta errores, los bienes pueden ser retenidos, lo que supondría un impacto económico aún mayor para el importador.
5. Estrategias para adaptarse al nuevo escenario
Para minimizar los impactos de esta modificación, los importadores y agentes de aduana deberán reforzar sus mecanismos de gestión documental y coordinación interna. Así, es fundamental adoptar estrategias que permitan cumplir con las nuevas exigencias sin afectar la eficiencia y fluidez de las operaciones de comercio exterior. Aquí, algunas alternativas:
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- Refuerzo de la gestión documental: El primer paso para adaptarse a este nuevo escenario es fortalecer la gestión documental. Esto implica asegurarse de que todos los documentos necesarios para la importación estén listos y revisados antes iniciar el despacho. Un control estricto tanto por parte del importador como el agente de aduana desde el inicio evitará errores que puedan derivar en observaciones, demoras o incluso sanciones por parte de la SUNAT. Implementar procesos internos que garanticen que la documentación sea generada, revisada y transmitida correctamente antes de su envío, va a ser fundamental.
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- Coordinación efectiva: Dado que ahora la SUNAT tendrá acceso a la documentación desde el inicio del trámite y esta debe ser transmitida de forma correcta y sin errores, es crucial que todas las áreas involucradas en el proceso aduanero trabajen de manera coordinada. Esto incluye desde el equipo de logística hasta las áreas de cumplimiento tributario y los agentes de aduana. Mantener una comunicación clara y alineada permitirá anticiparse a posibles problemas y actuar de manera preventiva.
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- Capacitación constante al personal: Como ya se ha mencionado, los errores en la presentación de documentos digitalizados pueden generar retrasos significativos y costos adicionales. Así, es fundamental que el personal encargado de la gestión documentaria esté capacitado y actualizado sobre estas nuevas exigencias y procedimientos. Para ello, es recomendable realizar sesiones informativas periódicas para asegurar que todos los involucrados comprendan los requisitos y los tiempos de respuesta.
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- Uso de herramientas tecnológicas: La digitalización y automatización de procesos internos podría ser algo diferencial al momento de aplicar la nueva normativa. Así, implementar sistemas de gestión documental que permitan almacenar, organizar y compartir documentos de manera eficiente podría reducir el margen de error y mejorar la trazabilidad de la información a efectos de que los documentos sean presentadas oportunamente a SUNAT.
En conclusión, la clave para adaptarse a este nuevo escenario está en la organización, la capacitación y el uso apropiado de la tecnología. Si bien el aumento de control por parte de la SUNAT representa un desafío, también es una oportunidad para fortalecer y revisar la eficiencia de los procesos y garantizar que todas las operaciones se desarrollen de manera ordenada y sin contratiempos. Trabajar en ello podría incluso convertirse en una ventaja competitiva a futuro.