El inicio del debate sobre la implementación del juicio por jurados en el Perú

"En todos estos (últimos) años considero que luchar por lo que queremos debe ser una convicción innata a nuestra naturaleza y nunca dejar de luchar por lo que uno quiere, lo cual involucra desaciertos, ataques encarnizados, críticas desmesuradas, pero al fin y al cabo debemos defender lo que anhelamos, dado que lo importante es que iniciemos un debate sobre la posibilidad de optar por otro sistema o mínimamente empezar a cuestionarnos si necesitamos verdaderamente cambiar de sistema".

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Por José Molina Cayo, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres, integrante del Taller “Florencio Mixan Mass” de la Universidad Mayor de San Marcos y asistente del Área Penal del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados.

Desde hace varios meses (años) vivimos en una convulsión y completa inestabilidad política que afecta principal y directamente nuestro sistema de justicia. Prueba de ello es que todos los días nos encontramos con nuevas investigaciones que contienen un tinte de corrupción bastante marcado. Se incrementa y consolida la desconfianza que los ciudadanos tienen sobre el sistema de justicia. Es evidente que parte de este “descontrol” político/social se visibiliza en las investigaciones y procesos contra las principales autoridades del sistema de justicia (jueces, fiscales, policías).

Frente a este tipo de crisis -similares en el tiempo- se han presentado diversas y variopintas soluciones. Muchas voces dicen que esta problemática se solucionaría con un cambio de la Constitución, otras -más politizadas- vociferan que la solución sería un nuevo presidente. Considero que ninguna de las estas opciones solucionaría y mejoraría nuestro herido sistema de justicia.

¿Un girasol puede nacer dentro de un terreno de piedras? No es una pregunta descabellada, pero sí nos brinda la oportunidad de ingresar al tema que deseo analizar de manera sencilla. ¿Nos encontramos ante una crisis en nuestro sistema de justicia? ¿Necesitamos un cambio sustancial que verdaderamente mejore nuestro sistema de justicia? En caso ambas respuestas a las preguntas fueran positivas, entonces no cabe la menor duda que es necesario explorar otros sistemas de justicia que le otorgue legitimidad y confianza en la población, principal crítica al sistema de justicia.

Quizás el juicio por jurados lo observemos como un sistema bastante lejano y anacrónico, pero ello no imposibilita que podamos analizarlo para obtener un beneficio general.

En este primer artículo no voy a centrarme en contar la historia del juicio por jurados ni mucho menos definirlo o desarrollarlo como un libro, dado que es de conocimiento público –a través de películas, series, libros, obras, noticias, etc.- en qué consiste o ciertas características intrínsecas de este sistema. Entonces, debo remarcar que el interés de estas opiniones es que se inicie un debate sobre la viabilidad del sistema juradista y comprender -de manera sencilla- qué beneficios nos podía generar como sociedad.

Para ello quizás debemos iniciar señalando que este sistema nunca estuvo tan alejado como la gran mayoría piensa. El sistema de juicios por jurados fue incorporado en la Constitución de 1834 (artículo 122º): “Artículo 122º.- Se establece el juicio por Jurados para las causas criminales del fuero común. La ley arreglará el modo y forma de sus procedimientos y designará los lugares donde han de formarse”

Este sistema tuvo su mayor exposición en dicha Constitución. Posterior a ello, el sistema fue eliminado de las constituciones de nuestro país (a través de la Constitución de 1856 se eliminó el sistema de jurado). Sin embargo, la eliminación del sistema de juicio por jurados no anuló el debate respecto a su aplicación, tal es así que en el senado de 1916, el jurista nacional Mariano Hilario Cornejo Zenteno, defendió la incorporación del sistema de juicio por jurados en el Libro IV del Código de Procedimientos en Materia Criminal. No obstante, el mismo no tuvo la consecuencia esperada, motivo por el cual el sistema de jurados no fue incorporado en el Código de Procedimientos en Materia Criminal de 1920.

Muchos años después, el profesor Florencio Mixan Mass elaboró un proyecto de un Nuevo Código Procesal Penal denominado “Proyecto Huanchaco”. En este proyecto se propuso un Jurado Mixto o Escabino, en donde los jueces legos (ciudadanos sin ninguna especialidad en leyes y mucho menos experiencia como jueces) definirían los hechos y los jueces técnicos o profesionales (como los que tenemos actualmente) decidirán sobre el derecho en el caso en concreto. Específicamente, en el Título II “La justicia y los sujetos procesales” se lee: Capítulo II “Órganos de la jurisdicción penal”, artículo 41° Participación Ciudadana: “La ley establecerá los supuestos jurídico-penales en los que se procederá a incorporar como miembros de la Sala Penal competente a cuatro ciudadanos de reconocida solvencia moral y aceptación social. Así mismo, mediante ley se establecerán los supuestos para convocar al Jurado”

Por otro lado, el 26 de noviembre de 2006 se presentó el Proyecto de Ley N° 695/2006-CR mediante el cual se modificaba los artículos 38°, 179-A y 179-B del Código Procesal Penal que indicaba “Artículo 38. Composición. Las Salas Superiores están conformadas por (…) 2. Tres vocales por cada una de las Salas que la integran, presididas por el de mayor antigüedad. Para el caso de las Salas Penales, uno de sus integrantes será un ciudadano, incorporado por sorteo de entre los que figuren en el registro elaborado por la Corte Superior respectiva. El Consejo Nacional de la Magistratura estará a cargo del proceso de selección de los magistrados ciudadanos, de acuerdo al reglamento que apruebe para este efecto, debiendo remitir periódicamente la relación de los nombrados al Poder Judicial”

Este proyecto de ley estipulaba –nuevamente- un modelo de Jurado Mixto o Escabino, el cual se da aplicación en otras latitudes o realidades.

El acercamiento más reciente que tenemos sobre la visibilidad o debate del juicio por jurados es en la campaña presidencial del 2021, en donde un candidato tenía la implementación del jurado en su plan de gobierno: “Forjaremos la independencia de los jueces y promoveremos la democratización de la justicia, instalando progresivamente jurados piloto para que sean ciudadanos, seleccionados de acuerdo a ley, los que resuelvan sobre la culpabilidad en ciertas causas penales”

Mi opinión política no es parte del presente artículo, pero hago hincapié que este candidato fue el único que propuso un cambio en nuestro sistema de justicia. Desgraciadamente, el desarrollo de la idea fue primariosa, mínima y lamentable, lo cual generó que -un tema tan interesante e importante- no pudo ser materia de análisis ni mucho menos permitió abrir un debate mesurado e inteligente de nuestro sistema de justicia penal.

En resumen, esta breve explicación sobre la cercanía del jurado a nuestra realidad jurídica y política nos permite desmitificar muchas interrogantes, por ejemplo: ¿Se ha implementado el sistema juradista en nuestro país? ¿Hay proyectos de juicio por jurado en nuestro país? ¿La idea de la implementación del juicio por jurados es reciente?

En todos estos (últimos) años considero que luchar por lo que queremos debe ser una convicción innata a nuestra naturaleza y nunca dejar de luchar por lo que uno quiere, lo cual involucra desaciertos, ataques encarnizados, críticas desmesuradas, pero al fin y al cabo debemos defender lo que anhelamos, dado que lo importante es que iniciemos un debate sobre la posibilidad de optar por otro sistema o mínimamente empezar a cuestionarnos si necesitamos verdaderamente cambiar de sistema.

En otros artículos se podrá desmitificar otros clásicos cuestionamientos, por ejemplo: ¿es necesario cambiar la constitución para la implementación del juicio por jurados? ¿el sistema de jurados es corrompible? ¿los jueces legos tienen capacidad para analizar un hecho delictivo? ¿los jueces técnicos resuelven igual que los jueces legos? ¿cómo se designarán a los jurados?, entre otras interrogantes que perfectamente tienen respuestas positivas para iniciar un debate sobre la implementación del juicio por jurados.

Como lo indiqué previamente, no busco analizar una sentencia o una institución procesal. Por el contrario, mi finalidad es iniciar un debate fructífero y generar ideas para construir un mejor sistema de justicia.

En esta primera opinión ha quedado desmitificado que nuestro país sí permitió e instauró un sistema de juicio por jurados, motivo por el cual no es un análisis desfasado o anacrónico.

6 COMENTARIOS

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