Por César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y profesor de Derecho Constitucional en la PUCP.

El 30 de setiembre pasado, la mayoría parlamentaria puso a votación la designación de seis nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, de una lista de once abogados y abogadas que la Comisión Especial había invitado, de acuerdo a sus intereses partidarios. Pese a que días antes, el Presidente del Consejo de Ministros había solicitado al Congreso una cuestión de confianza sobre la urgente necesidad de modificar el sistema de elección de los candidatos a magistrados, de acuerdo con el artículo 134 de la Constitución Política (CP) y en base a principios democráticos de concurso público, transparencia en la evaluación de sus perfiles, con veeduría ciudadana; la mayoría parlamentaria pretendió elegirlos sin dar prioridad a la cuestión de confianza.

La Constitución y el Reglamento del Congreso disponen que un pedido de confianza es una medida que debe verse de forma prioritaria y urgente; pero, la mayoría del Congreso trató de evitar que el Premier Del Solar pudiera hacer efectivo dicho mandato, evitando incluso que ingresara físicamente al Pleno del Congreso a sustentar la cuestión de confianza. Sin embargo, el Premier hizo valer su derecho como Ministro a incorporarse a los debates del Pleno del Congreso (art. 129, Constitución Política); oportunidad que aprovechó para plantear la cuestión de confianza, la misma que fue puesta a votación en el sentido que debía debatirse y fue rechazada.

El rechazo a deliberar y votar la cuestión de confianza que llegó a plantear el Premier del Solar es el acto jurídico parlamentario por el cual el Congreso rechaza de manera práctica la cuestión de confianza solicitada; no obstante que difirieran para después de la elección de los magistrados constitucionales el debate de la cuestión de confianza. Más aún, el abogado Ortiz de Zevallos –primo del Presidente del Congreso- obtuvo los votos necesarios para ser magistrado, a diferencia del segundo candidato al TC. Sin embargo, la votación recibida se produjo con violación del mandato constitucional y legal, que establece que la cuestión de confianza tiene prioridad; lo que trató de evitar la mayoría parlamentaria.

Luego de ello, el Presidente de la República se pronunció por medio de la disolución del Congreso, tal como dispone el artículo 134 de la Constitución, al haberse negado la confianza a dos gabinetes –el primero fue al gabinete Zavala el año 2017-. En dicha medida, la posterior reacción de dicha mayoría del Congreso para buscar la vacancia del Presidente de la República no logró los 87 votos requeridos –dos tercios de los congresistas-, de modo que plantearon la suspensión del cargo del Presidente de la República que, al no estando regulado, solo requirió el voto de la mayoría simple, obteniendo 50 votos a favor. Acto seguido nombraron a la vicepresidenta Mercedes Aráoz, como presidenta, la cual juró el cargo, pero renunció al día siguiente.

Realizar actos gubernamentales, sin tener la autoridad para realizarlos, no solo es una declaración política, sino que constituye una usurpación del poder, que puede tener consecuencia penales (art. 45, Constitución Política). En cualquier caso, la mayoría parlamentaria, luego de suspender la votación para la elección de magistrados del TC cuando el segundo candidato –Sanchez Palacios– no alcanzó los 87 votos necesarios, detuvo la fallida elección de los nuevos magistrados.

Para entonces, el Presidente había realizado una declaración pública en un Mensaje a la Nación, en el cual anunció la disolución del Congreso, de acuerdo al artículo 134 de la Constitución. Esta misma, se materializó poco después con la publicación del Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, disolviendo el Congreso y convocando a elecciones parlamentarias en cuatro meses (domingo 26 de enero de 2020). En base a ello, el Jurado Nacional de Elecciones ha publicado el calendario electoral inmediatamente.

Por su parte, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional han realizado una declaración pública ratificando el reconocimiento de Martín Vizcarra como el Presidente Constitucional de la República y Comandante General de las Fuerzas Armadas. No obstante, el expresidente del Congreso Olaechea oficia a Palacio de Gobierno la suspensión en el cargo de Presidente, misiva que no es recibida ni con Notaría Pública. Asimismo, la comunicación que Olaechea remite al Secretario General de la OEA, denunciando la disolución del Congreso como un golpe de Estado es respondida por el Secretario General Daniel Almagro con un comunicado en el cual valora la convocatoria a elecciones populares y recomienda acudir al Tribunal Constitucional a dirimir los conflictos de interpretación de la Constitución.

Con la disolución del Congreso, el pueblo, el mismo lunes 30 de setiembre se movilizó por calles y plazas celebrando el cierre del mismo; debido a que el Congreso como institución pública tenía el más bajo estándar de confianza ciudadana, debido a su permanente blindaje de la corrupción de congresistas y otras altas autoridades investigadas por los fiscales, así como procesados y condenados por el Poder Judicial; en particular al extinto expresidente Alan García y a la lideresa de la oposición Keiko Fujimori. Como quiera que la disolución del Congreso se hizo efectiva de forma inmediata, al menos dos congresistas salieron del país a la mañana siguiente, cuando se anunciaba que dos días después el representante de la empresa brasileña Odebrecht daría los nombres de los congresistas peruanos que habían recibido dinero ilícito.

Pero la respuesta ciudadana no solo ha sido altamente positiva al cierre del Congreso, sino que, la bolsa de valores y el precio del dólar no han reflejado inestabilidad o pánico en los mercados; que era el argumento de la mayoría parlamentaria fujimorista y sus adláteres, cuando el Presidente Vizcarra planteó para salir del entrampamiento entre el Gobierno y la oposición que se convocase a elecciones políticas generales para el 2020, mediante una reforma constitucional sometida a referéndum ciudadano. Ello fue rechazado arteramente por la oposición parlamentaria después de llamar a la Comisión de Venecia para escuchar su opinión, la cual simplemente no esperó; dado que su premura era pasar al nombramiento de seis magistrados del Tribunal Constitucional, consumando el control del máximo interprete de la Constitución.

Se dice que en el Perú puede pasar todo en un día y nada en cien años, pues nos encontramos en ese momento constituyente en el cual el pueblo ha recupera su mandato soberano, que debe saber entregarlo a nuevos representantes en las elecciones del 26 de enero. Pero, con responsabilidad para que no caiga en manos de tránsfugas que solo se sirvan de un sueldo o a sus grupos de interés y, también, con confianza de que el pueblo peruano tiene hombres y mujeres jóvenes de todas las sangres, que quieren y apuestan por un Perú mejor, justo y solidario, como querían nuestros libertadores fundadores de nuestra República.

Paris, 3 de octubre de 2019.