Por Enfoque Derecho
Ayer, 9 de noviembre, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado, a cargo del juez Richard Concepción Carhuancho, declaró fundado el requerimiento de comparecencia con restricciones en contra Lourdes Flores Nano, ex presidenta del Partido Popular Cristiano (PPC), por el presunto delito de lavado de activos.
En ese sentido, se le impuso una serie reglas de conducta, que, ante incumplimiento, podrían ser revocadas por prisión preventiva: (i) prohibición de salida del país, salvo autorización judicial; (ii) obligación de presentarse ante las autoridades las veces que sea requerido; (iii) obligación de justificar sus actividades por escrito cada treinta días ante el Juzgado: (iv) pago de una caución en la suma de S/. 10,000 en el plazo de 30 días naturales; (v) prohibición de comunicación con los órganos de prueba.
La medida se impuso en el marco de la investigación en su contra por los aportes que las empresas brasileñas Odebrecht y Camargo Correa le habrían entregado para financiar las siguientes campañas políticas: campaña presidencial del 2006 y campaña municipal del 2010.
Ninguna de dichas empresas fue declarada como aportante del PPC ante la ONPE. Asimismo, ninguno de sus respectivos aportes fue bancarizado, por lo que se presume su carácter ilícito, el cual habría sido del conocimiento de la investigada. Si bien la investigada reconoce haberse reunido con Jorge Barata y Raymundo Trindade Serra en el 2010, niega que en dichos encuentros haya solicitado y coordinado la entrega de cuantiosas sumas de dinero a cambio de la adjudicación de obras públicas.
https://www.infobae.com/peru/2023/11/10/lourdes-flores-nano-poder-judicial-dicta-comparecencia-con-restricciones-contra-investigada-por-caso-odebrecht/