Entrevista a José Jimenez Chocano, Abogado de Canal 4 durante su proceso concursal.  Socio del Rebaza, Alcazar y de las Casas abogados.

Con esta nota inauguramos una nuevo formato de publicación de contenidos en Enfoque Derecho. La idea es realizar una breve entrevista sobre un tema de actualidad a un especialista y poner tanto el audio como la transcripción del mismo  a disposición de ustedes. En este caso, a raíz de las noticias y rumores que vienen circulando, le preguntamos al doctor José Jimenez, abogado de Canal 4 durante su proceso concursal.

ED: ¿Por qué José Enrique Crousillat no puede volver a Canal 4? .

Tres razones:

1. Para eso tendría que tener el señor Crousillat un derecho que le permita tomar el control sobre la empresa Compañía Peruana de Radiodifusión. Primer derecho que tuvo Crousillat como accionista de la empresa: de acuerdo a lo ocurrido en proceso concursal y que es de público conocimiento, la junta de acreedores decidió absorber pérdidas con cargo al capital, licuar al señor Crousillat y capitalizar créditos, de manera que los acreedores tuvieron que poner de su dinero para reestablecer el patrimonio de la empresa; acuerdo que en junta de acreedores y en INDECOPI no han sido impugnados por ningún acreedor y se encuentran plenamente firmes.

Entonces, no tendría ninguna razón, ningún derecho como para acudir ante instancia judicial para tomar control como accionista o supuesto accionista.

2. Como acreedor con créditos en el concurso: sería en algún supuesto donde el sienta que sus derechos de acreedor se han vulnerado porque el plan de reestructuración no se viene cumpliendo, cosa totalmente falsa porque, otra vez, de lo ocurrido en el plan de reestructuración y en el proceso de reestructuración de la empresa, se nota claramente que la empresa ha venido preparando sus créditos. Es decir, ha venido adelantando pagos, lo cual implica que el plan de reestructuración viene siendo totalmente satisfactorio para todos los acreedores. Con lo cual tampoco tendría derecho.

3. Si aún así pudiera tomar una medida de carácter judicial que le permita tomar control, esto realmente no debería ser permitido por otro poder del Estado, pues se estaría vulnerando, en primer lugar, el proceso y el sistema concursal del propio canal, yendo en contra de todos los acreedores del concurso; y el segundo orden que se estaría violando, el orden constitucional, porque se establece en nuestra propia Constitución que otros órganos del Estado no pueden abocarse a causas que corresponden al propio INDECOPI que están previstas de esa manera en la ley concursal.

Básicamente son creo las tres razones por las cuales una persona como el señor Crousillat, o cualquier tercero, no puede tomar el control de una empresa sobre la cual no la asiste el derecho.

¿Cómo citar esta nota?

JIMENEZ CHOCANO, José. Entrevista publicada en: Enfoque Derecho. 4 de febrero de 2010. https://enfoquederecho.com/%C2%BFpor-que-crousillat-no-puede-volver-a-canal-4/ (visitado el dd/mm/aa a las hh:mm).

2 COMENTARIOS

  1. Muy buena entrevista!. En menos de 5 minutos han explicado las razones básicas por las que ese delicuente no puede retomar el control del canal 4. Sería un retroceso en nuestra lucha antifujimorista.

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