Tribunal Constitucional

Los arrendamientos en tiempos de coronavirus: una mirada legal y práctica para encontrar soluciones

Por Pedro Pablo Castañeda D´Brot, abogado especialista en Derecho Inmobiliario. I. INTRODUCCIÓN Debido al estado de emergencia en el que nos encontramos por el virus COVID-19, han surgido muchas dudas y preguntas sobre el tema de los pagos y contratos por el arrendamiento de bienes, principalmente el de los inmuebles. El contrato es ley entre las partes y tiene una fuerza obligatoria muy necesaria para la confianza del acreedor en una contraprestación. Es decir, yo hago para que tú hagas. En este caso, el arrendador cede temporalmente su inmueble y el arrendatario le paga una renta popularmente conocida como alquiler. Actualmente, muchas personas tienen problemas para poder cubrir o cancelar al arrendador su renta o alquiler, ya sea por la

Enfoque Semanal del 20 al 26 de abril

1.- Carlos Morán renuncia al Ministerio del Interior  Carlos Morán, ex Ministro del Interior, renunció al cargo tras reportarse 1300 casos de policías contagiados de coronavirus. Según el primer ministro Zeballos, su renuncia se debió a asuntos de índole personal y no estaba relacionado a los presuntos actos de corrupción en la adquisición de 700 000 mascarillas a una empresa que no estaba relacionada al rubro de salud. Sin embargo, realizarán las investigaciones correspondientes y de ser culpable, su condición de ex funcionario no lo eximirá de responsabilidad.  Tras la renuncia de Morán, Gastón Rodríguez es el nuevo Ministro del Interior. Rodríguez es teniente general de la policía y titular de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad de la

TC declara infundada la demanda de inconstitucionalidad de la corrida de toros y pelea de gallos

El día de hoy, el Tribunal Constitucional debatió de manera pública la demanda de inconstitucionalidad presentada por 5 286 peruanos en contra de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30407, Ley de protección y bienestar animal, que exceptúa de la protección de la norma a las peleas de gallos y corridas de toros. Los votos necesarios para declararla inconstitucional eran 5; sin embargo, solo se logró obtener 3 votos a favor ( Ledesma, Espinoza-Saldaña y Blume) y 4 en contra ( Ramos, Sardón, Ferrero y Miranda) El Tribunal Constitucional decidió votar por separado las diferentes prácticas para definir su constitucionalidad o no. Una particular situación se presentó al momento de votar por la constitucionalidad de las peleas

La corrida de toros y la pelea de gallos: A propósito de la demanda de inconstitucionalidad

Por Beatriz Franciskovic Ingunza. Abogada y Magíster. Docente de la Universidad Científica del Sur. Respecto a las corridas de toros y peleas de gallos, no se pretende que los animales sean considerados sujetos de derecho, que no se los consuma o que el ser humano deje de servirse de ellos, se busca que ningún operador del derecho pueda ser indiferente frente a situaciones de crueldad contra los animales. En el mes de enero del año 2016, se promulgó la Ley N° 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal. Esta contempla principios de protección y bienestar, y tiene como objeto proteger la vida y salud de los animales vertebrados, domésticos o silvestres mantenidos en cautiverio; impedir el maltrato, la crueldad, causados

Disolución del Congreso, elecciones parlamentarias y prisión preventiva

Por César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y docente de la Facultad de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú El inicio del año 2020 ha sido pródigo para la afirmación de la democracia constitucional en el Perú. Ello debido a que el Tribunal Constitucional declaró constitucional la disolución del Congreso, se llevaron a cabo las elecciones parlamentarias con la derrota de las fuerzas conservadoras obstruccionistas de lucha contra la corrupción, y la lideresa de la oposición, Keiko Fujimori, volvió a prisión preventiva a raíz de las nuevas revelaciones de los empresarios que la financiaron y el peligro de obstrucción a la justicia que vamos a analizar sucintamente. 1. Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la disolución del Congreso

Con 4 votos a favor se declara infundada la demanda competencial por disolución del Congreso

Tras un arduo debate, el Tribunal Constitucional aprobó por mayoría la ponencia del Magistrado Carlos Ramos que declara infundada la demanda competencial de Pedro Olaechea y, en consecuencia, reconoce como constitucional el cierre del Congreso del pasado 30 de septiembre del 2019. La ponencia presentada por Carlos Ramos fue apoyada por los magistrados Marianella Ledesma, Manuel Miranda y Eloy Espinosa-Saldaña, aunque se presentaron algunas observaciones por parte de los magistrados como es el caso del último en mención. No obstante, sobre las observaciones, Ramos se mostró dispuesto a aceptarlas e incorporarlas a la sentencia. Asimismo, Miranda acompañó su fundamento de voto a la sentencia. Por otra parte, los magistrados Ernesto Blume, Augusto Ferrero y José Luis Sardón votaron en contra.

Enfoque Semanal del 6 al 12 de enero

1. Irán contraataca: continúa el conflicto en Medio Oriente La situación entre Estados Unidos e Irán, lejos de apaciguarse, se encuentra aún más tensa, pues miembros del gobierno de ambos países han manifestado -y demostrado con acciones militares- sus intenciones de no ceder en el conflicto. Así, el día miércoles fue la máxima expresión de la crisis vivida por ambos países por los trágicos eventos que se suscitaron. En primer lugar, en esa fecha, misiles iraníes atacaron dos bases militares estadounidenses en Iraq, ubicadas en las provincias de Bagdad e Irbill, las cuales albergan 1500 y 4000 soldados, respectivamente. Cabe resaltar que dicho ataque se dio dentro del marco del intento del Parlamento iraquí de expulsar a las tropas estadounidenses

Lo que nos dejó el Tribunal Constitucional en el 2019

Por Alberto Cruces, abogado por la PUCP, asesor jurisdiccional del Tribunal Constitucional y miembro de Perspectiva Constitucional y Claudia Lovón, bachiller en Derecho por la PUCP, asistente de investigación del IDEHPUCP y miembro de Perspectiva Constitucional El Tribunal Constitucional (TC) concluyó el 2019 realizando cambios en su gestión institucional y siendo parte nuevamente de la agitada coyuntura política de nuestro país. Así, junto al cambio en su mesa directiva y la decisión de que los ponentes de los casos fueran públicos, las audiencias y pronunciamientos a raíz del proceso competencial entre el Congreso y el Poder Ejecutivo por la cuestión de confianza, y del proceso de hábeas corpus por la prisión preventiva de Keiko Fujimori fueron parte de la agenda

Tribunal Constitucional declara fundado el hábeas corpus a favor de Keiko Fujimori

Esta mañana del 25 de noviembre, el Tribunal Constitucional dispuso la excarcelación de Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, declarando fundado el hábeas corpus interpuesto a su favor por su hermana Sachi Fujimori. El TC dispuso esa medida con cuatro votos a favor de la liberación de Fujimori, anulando la prisión preventiva que tenía como fecha de vencimiento abril del 2020. Ello implica que la lideresa de Fuerza Popular podrá seguir el proceso penal seguido en su control por el delito de lavado de activos, en el marco del caso Lava Jato, en libertad. La resolución fue propuesta por Ernesto Blume (presidente del TC y ponente del caso) y apoyada por los magistrados José Luis Sardón, Augusto Ferrero y Carlos

Tribunal Constitucional admite demanda competencial de Pedro Olaechea

El Tribunal Constitucional admitió por unanimidad la demanda competencial presentada por Pedro Olaechea, actual presidente de la Comisión Permanente. Sin embargo, la medida cautelar, la cual tenía como objetivo suspender los efectos del cierre del Congreso, fue declarada, por mayoría de 5 votos, como improcedente; los votos del Presidente del TC, Ernesto Blume, y el del magistrado José Luis Sardón fueron los dos votos restantes. Esta decisión viene después de que, el 10 de octubre, Olaechea -identificándose como Presidente del Congreso- presentara dicha demanda a raíz del Decreto Supremo N° 165-2019-PCM que disolvía tal órgano. Cabe precisar que la referida demanda había sido cuestionada en tanto Pedro Olaechea carecía de legitimidad para presentarla a nombre del Congreso, el cual, en