
La prescripción penal en tiempos de cuarentena
Por Pamela Morales, abogada por la PUCP y asociada de Hernández & Cía. Abogados Con la finalidad de reducir la posibilidad de contagio por el COVID-19, el 15 de marzo de 2020, el Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia nacional y dispuso el aislamiento social obligatorio por el plazo de 15 días calendario (del 16 al 30 de marzo)[1]. Días antes de que se cumpla dicho periodo, el Presidente de la República comunicó que, para frenar la propagación del virus en el país, la cuarentena se extendería hasta el 12 de abril[2]. El Estado de Emergencia suspende todas las actividades no esenciales. Solo continúa funcionando el abastecimiento de bienes de primera necesidad, hospitales, farmacias, bancos, entre otros. En esa línea,









