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El método del triple cómputo del daño en materia de marcas y patentes

Por Ricardo Geldres Campos, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con estudios de maestría en Derecho Civil por la misma casa de estudios y en Derecho Procesal por la Pontificia Universidad Católica del Perú. En principio, debo señalar que el origen del método del triple cómputo del daño se remonta a un caso de Derecho de Autor, que no tiene nada que ver con la disciplina de las marcas y patentes, no obstante lo comentaré a efectos de una mejor comprensión del artículo 243 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones, norma que desde nuestro punto de vista ha regulado el método del triple computo del daño y que resulta de aplicación a dicha

Arbitraje: Un pasito para adelante y varios pasitos para atrás

Por Lucía Olavarría, socia del estudio Quiñones Alayza Abogados El Decreto de Urgencia N°020-2020 (DU) trae un solo cambio positivo, varios cambios preocupantes e incluye algunas precisiones innecesarias al Decreto Legislativo N°1071 (“Ley de Arbitraje”). Este artículo expone mis primeras impresiones sobre estos cambios. 1. Lo positivo: Se introduce mayor transparencia La Ley de Arbitraje establecía que, en los arbitrajes con el Estado, el laudo era público una vez terminado el arbitraje. El DU establece que no solo el laudo será público, sino también las actuaciones arbitrales -salvo las excepciones previstas en la Ley de Acceso a la Información Pública (“Ley de Acceso”)-. Esto es positivo, porque ahora cualquier ciudadano podrá revisar cómo los árbitros y las partes se han

El Banco, el Café y el Permiso

Por Gonzalo Moya, Magíster en Economía, ex Supervisor de Servicios al Usuario en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP y Profesor en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM. El lunes 06/01/20 fui a la apertura del primer BCP Café, intrigado luego de leer la semana anterior los “publirreportajes” (contenido patrocinado) en PerúRetail, Perú21 y Lucidez. La intriga se debía a que el artículo 283° de la Ley N° 26702, modificado en el Decreto Legislativo N° 1028, estipula las operaciones realizables por empresas bancarias, y como imaginará no incluye operaciones no-bancarias, tales como vender café. De hecho, el Art. 283° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de

Análisis sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Perú a partir de la Ley N° 30424: societas delinquere potest, fraude de etiquetas y modelo de atribución

Joan Manuel Álvarez Porras, estudiante de la Facultad de Derecho en la PUCP La doctrina penal ha esbozado diferentes estudios a favor de la responsabilidad penal de la persona jurídica; sin embargo, se ha advertido que esta implementación no debe ser antojadiza, sino justificada. En esa línea, uno de los juristas más especializados en la materia como lo es Carlos Gómez-Jara Díez (2012) ha afirmado lo siguiente: “La mera introducción de la RPPJ no soluciona el problema sin más. De hecho, depende en gran medida de qué modelo de RPPJ se introduzca, puesto que la mera declaración de este tipo de responsabilidad, sin dotarle de un contenido lógico y coherente, puede tener incluso efectos contraproducentes. Así, si se quiere superar

Apuntes sobre la nueva Procuraduría Especializada en Arbitraje

Por Uber López Montreuil y Daniel Masnjak Marín, estudiantes de la Facultad de Derecho en la PUCP y practicantes en Bullard Falla Ezcurra + El pasado 23 de noviembre, se publicó el Decreto Supremo No. 018-2019-JUS, aprobando el reglamento que regirá el funcionamiento de la nueva Procuraduría General del Estado y creando cuatro nuevas procuradurías públicas especializadas.[1]Con esta medida, el gobierno peruano cumple la tarea, pendiente desde hace dos años, de reglamentar y efectivizar una reforma con miras a fortalecer la defensa del Estado Peruano en los procesos jurisdiccionales, administrativos y arbitrales nacionales e internacionales, de los que es parte. Mientras la Procuraduría General cumplirá un rol orientador, para lo cual dictará y supervisará los lineamientos de una adecuada defensa del

El Banco que Cobraba sin Permiso

Por Gonzalo Moya, Magíster en Economía, ex Supervisor de Servicios al Usuario en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP  y Profesor en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM. El título de este artículo juega con la campaña publicitaria llevada a cabo en agosto 2019 por la agencia creativa Circus Grey y la agencia de medios OMD para el BCP en el marco de su 130° aniversario, según declaraciones de su subgerente de estrategia de marca y digital, Lucía López, en una entrevista para el portal Logos Perú. El jugar con las iniciales del BCP también fue aprovechado recientemente en memes de internet luego de que el 18 de noviembre el presidente del directorio de Credicorp, Dionisio Romero

Los Programas de cumplimiento normativo y su incidencia en el proceso penal peruano

Joan Álvarez, estudiante en la Facultad de Derecho de la PUCP El 07 de enero del año 2017, se publicó el Decreto Legislativo N° 1352, el cual modificó en diversos aspectos el texto de la Ley N° 30424, que regula la Responsabilidad “Administrativa” de las Personas Jurídicas. Entre estas modificaciones, resultó interesante la designación de la Superintendencia de Mercado de Valores – SMV, como responsable de emitir un informe técnico con calidad de pericia institucional sobre la implementación y funcionamiento de los modelos de prevención. Es decir, en el marco de una investigación penal contra una persona jurídica, el Fiscal deberá solicitar a la SMV esta pericia a efectos de poder decidir si emite el auto de continuación y formalización

Mendel, Fisher y la paridad de género

Por Gonzalo Moya, magíster en Economía y bachiller en Matemática Aplicada a la Economía y la Ciencia Actuarial de la San Jose State University, y profesor en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM. La Ley Orgánica de Elecciones, Ley N°26859, al momento de ser promulgada el 29/07/1997, establecía en su artículo 116° que “ [l]as listas de candidatos al Congreso deben incluir un número no menor del 25% de mujeres o de varones.” Sin embargo, el periodista Luis Arana Galindo, en su columna en el diario El Peruano del 09/04/2017, manifestaba que ya para entonces se había subido este porcentaje a 30%, que desde el 2012 el Jurado Nacional de Elecciones venía proponiéndole al Congreso la alternancia de género

Tiempos recios, tiempos chilenos

 Por Fernando Londoño, abogado por la Universidad de Chile y director de posgrados de la Universidad Diego Portales. Con mucho gusto he accedido a la solicitud editorial que tempranamente me dirigiera Enfoque Derecho (Revista Themis, PUCP), en orden a compartir una reflexión sobre la movilización social del Chile presente. Al igual que un texto (jurídico o el que sea), los hechos demandan interpretación. Los pliegues de su facticidad constituyen, sin embargo, un material por momentos opaco a la lectura y, en cualquier caso, siempre resistente a las abstracciones y los esquematismos (ese atajo tan tentador[1]). Por lo demás, se trata aquí de hechos especialmente indóciles. Se han ido sucediendo episodios aquí y allá — en la calle y desde las

El Sesgo Algorítmico y la Protección de Datos Personales

  Por Alejandro Rafael Morales Cáceres, jefe del Área de Derecho y Nuevas Tecnologías de TyTL Abogados En el año 2015, Jacky Alcine, ciudadana afroamericana, cuando miró su fotografía en la aplicación de Google Photos no podía creer que el software de reconocimiento facial la había etiquetado con la palabra “gorila”. Esto sucedió porque el algoritmo no había sido entrenado con suficientes imágenes de personas de piel oscura. En otro caso, a inicios del año 2016, Microsoft lanzó a “Tay”, un chatbot cuyo fin era imitar el comportamiento de una adolescente curiosa y buscaba entablar en las redes sociales una conversación informal y divertida con una audiencia de entre 18 y 24 años, según explicó la compañía en su página web. El