Civil

Criterios para la identificación del cónyuge más perjudicado en la indemnización por divorcio trás la separación de hecho

Por Alberto Francisco Defilippi Estrada, estudiante del décimo ciclo de la carrera de Derecho de la Universidad Científica del Sur. El objeto del presente artículo desarrolla los criterios para la identificación del cónyuge más perjudicado en el divorcio por causal de separación de hecho como disolución del vínculo matrimonial producido por la separación real de los sujetos. Además, en la forma como consagra la indemnización el artículo 345-A del Código Civil otorgando en beneficio del cónyuge que se encuentra en una situación económica desfavorable como consecuencia de los hechos que precipitan la disolución del vínculo matrimonial mediante el divorcio. El ánimo de escribir sobre la materia versa de la distorsionada aplicación que se hace al momento de otorgar la indemnización, debido a que

Cuando el precedente vinculante obvia la ratio decidendi: Análisis de la Casación 1532-2017 Huánuco.

Por Carolina Marilyn Morán Ocampo, abogada por la Universidad Nacional de Piura, con el Grado de Maestro en Derecho con Mención en Derecho Civil y Comercial por la misma casa de estudios y docente universitaria. 1. Introducción El artículo 19 del Código Civil precisa que toda persona tiene el derecho y el deber de  nombre, el que incluye los apellidos. El mencionado derecho forma parte del derecho a la identidad, reconocido por el artículo 2 inciso 1 de la Constitución Política del Perú. El derecho a la identidad constituye un derecho humano y como tal es de carácter universal, inalienable, intransferible e irrenunciable. Así también, constituye uno de los supuestos para el libre desarrollo de la personalidad del ser humano,

¿En dónde queda el principio de prioridad de inscripción? Un análisis del Artículo 2022 del Código Civil a propósito del VII Pleno Casatorio

Por María Celeste Ahumada Rafael, estudiante de décimo ciclo de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Miembro de la comisión de Investigación Académica del Equipo de Derecho Inmobiliario y de la comisión de Comunicaciones de la Asociación WILA (Women In Law). Asistente del curso Propiedad de la Pontificia Universidad Católica del Perú; y María Fernanda S. Rufasto, estudiante de séptimo ciclo de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Miembro de la Comisión de Investigación Académica del Equipo de Derecho Inmobiliario. Asistente de docencia del curso de Instituciones del Derecho Privado 2. En conmemoración de los cuarenta años del Código Civil de 1984, una importante labor que presentan los académicos del Derecho

Las materias arbitrables a propósito de la película «The Arbitration»

Por Alejandro Limo Nomura, estudiante de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú 1. Introducción El art. 2.1 del Decreto Legislativo N° 1071 (en adelante, Ley de Arbitraje) dice que “pueden someterse a arbitraje las controversias sobre materias de libre disposición conforme a derecho, así como aquellas que la ley o los tratados o acuerdos internacionales autoricen”. Este artículo busca profundizar en cuanto a qué puede ser resuelto o no en un arbitraje. Si bien este no es un tema del que no se haya escrito antes, he decidido redactar este artículo debido a que, luego de ver “The Arbitration”, una película nigeriana del 2016 dirigida por Niyi Akinmolayan; llamó bastante mi atención el hecho de

Aspectos legales de la transferencia de titularidad en las licencias de edificación

Por Pedro Pablo Castañeda, socio del Área Inmobiliario y Saneamiento de Tierras del estudio Rubio Leguía Normand. INTRODUCCIÓN Como su nombre refiere, una licencia de edificación es el acto administrativo a través del cual, la entidad competente autoriza al administrado la realización o ejecución de una obra de construcción, ya sea obra nueva, remodelación o ampliación en un determinado inmueble. Según el artículo 7° de la Ley N° 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA, son las municipalidades distritales las encargadas de gestionar este procedimiento. Es decir, es un permiso que tiene como finalidad autorizar la construcción de determinado proyecto (para vivienda, comercio, educación, salud, etc.) al haber podido el

Los efectos en sede registral de la nulidad e ineficacia

Por Alberto Meneses Gómez, Abogado por la U.I.G.V. Magíster en Derecho Registral y Notarial – U.S.M.P. Egresado del Doctorado en Derecho – U.S.M.P. Asociado senior del área inmobiliaria del Estudio Olaechea. A nivel registral, es común que lleguen oficios judiciales solicitando la inscripción de una sentencia que declara la nulidad de un acto jurídico o de una que declara la ineficacia de un acto jurídico, las cuales tienen efectos distintos, por lo que en el presente documento revisaremos brevemente cuál es el efecto que tiene cada una de estas sentencias y su implicancia a nivel registral. La nulidad de un acto jurídico se encuentra regulada en el artículo 219° y siguientes del Código Civil. Por su parte, la ineficacia del acto

Una relectura de la sentencia del caso del tercero de buena fe. Contribución a la conceptualización de la función social de la propiedad a propósito del “deber de diligencia con relación al registro”

Por David Rubio Alcántara, estudiante de Derecho de la Pontifica Universidad Católica del Perú. Asistente de Docencia de Derecho Tributario General (2022) y Derechos Reales. Practicante del Área Inmobiliaria del Estudio De la Flor, García Montufar, Arata & Asociados. Exmiembro del Consejo Directivo de la Asociación Civil THEMIS. El presente artículo no tiene como objetivo abordar todas las instituciones jurídicas analizadas en la sentencia del caso del tercero de buena fe, máxime si la constitucionalidad de la Ley N° 30313 todavía es debatida en la doctrina nacional. En tal sentido, las siguientes líneas pretenden desarrollar la regulación de la función social de la propiedad en el ordenamiento jurídico peruano, así como la (in)debida fundamentación del “deber de diligencia con relación

El derecho de propiedad y su afectación por la delimitación de una faja marginal

Por Armel Fort López, Alumno de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Asociado y ex-miembro del Consejo Directivo de la Revista Jurídica Advocatus. Socio CEA-40 del Club Español e Iberoamericano del Arbitraje. Actualmente es practicante de Energía y Recursos Naturales en DLA Piper Perú. El objeto del presente artículo es desarrollar las consecuencias jurídicas que supone de la delimitación de una faja marginal por parte de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) respecto al derecho de propiedad de las personas que habitan en los predios rústicos aledaños a los ríos (los sujetos pasivos). En este marco, se demostrará que el Estado no puede atribuirse la propiedad de todos los terrenos ubicados dentro de las fajas marginales, sin

Limites a la propiedad predial: los retiros municipales y su nivel de cumplimiento en una ciudad informal

Por: Franco Soria Palacios, socio del Área Inmobiliaria y de Saneamiento de Tierras del estudio Rubio Leguía Normand. Introducción La propiedad predial para su adecuado ejercicio y en pro del cumplimiento de su función social, tiene una serie de limitaciones, tales como la zonificación, la obtención de licencia de edificación o habilitación urbana, el cumplimiento de aportes y retiros municipales, entre otros. En el presente artículo analizaremos el retiro municipal visto desde el aspecto técnico legal, pero con un fuerte acercamiento a la realidad existente en el país, en donde nos encontramos con un mercado inmobiliario altamente informal. Buscando tener una visión integral del tema, analizaremos la regulación que existe sobre lo mismos a través del Reglamento Nacional de Edificaciones,

¿Quién es un extranjero con situación migratoria regular? Las nuevas obligaciones de los arrendadores

Por Juan Carlos Ruiz Del Pozo, Abogado por la Universidad ESAN. Consultor Senior en Migración Corporativa en Fragomen, Del Rey, Bernsen & Loewy. I. Introducción El pasado 15 de febrero de 2023, se publicó la Ley que modifica los artículos 10, 45, 61 y 63 del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, en el marco de la seguridad ciudadana, Ley Nº 31689, (en delante, “la Ley”). Esta normativa se da como resultado de la acumulación de siete proyectos de ley y fue observada por el Ejecutivo el 9 de agosto de 2022[1], siendo finalmente aprobada por insistencia. La nueva fórmula legal agrega como inciso 3 del artículo 61 del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones (en adelante, “DLM”)