Por Enfoque Derecho

  1. España: miles de ciudadanos se manifiestan en protestas en contra de una posible amnistía a los independentistas catalanes 

De acuerdo a lo expuesto por CNN, tras un largo periodo de negociaciones entre el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) con Juntus per Catalunya, se llegó al acuerdo de que Pedro Sánchez puede volver a ser elegido para un nuevo mandato. Sin embargo, este acuerdo se daría únicamente con la condición de que se priorice y se acepte introducir la ley de amnistía para los independentistas catalanes. 

Es claro que estos votos son indispensables para el presidente español, ya que requiere alcanzar los 176 a favor que se requieren en el Parlamento para ser investido. Como fecha límite se tiene el 27 de noviembre; en caso no se llegue a la cifra requerida, se tendría que convocar nuevamente a elecciones generales, según lo que indica Francisca Armengol, presidenta del Congreso español. 

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2. Tribunal Constitucional declara constitucional la ley que prohíbe reelección inmediata de congresistas 

El pasado 09 de noviembre, el Tribunal Constitucional concluyó que la medida no es inconstitucional; es decir, no transgrede la participación política y  la libertad de elegir o ser elegido. Por ello, por unanimidad se declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad planteada por la ley 30906, la cual específicamente prohíbe la reelección inmediata de congresistas de la República. 

Se concluye en la sentencia que el hecho de limitar la reelección parlamentaria no es inconstitucional; además, el mismo Tribunal Constitucional destaca que sí existe un derecho  de elegir considerando los límites pertinentes. También, el órgano mencionado alude que proscribir la reelección inmediata parlamentaria es una opción del Congreso dado que se encuentra dentro de lo dispuesto lícitamente. 

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3. Promulgan ley para facilitar la devolución parcial de los fondos del Fondo Nacional de Vivienda 

Según el diario Gestión, se oficializó la ley que apunta a facilitar la devolución parcial de los fondos del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) con cargo a una posterior cancelación. En sí, la ley 31928 privilegia la devolución para los aportantes mayores a los 60 años (rango de edad establecido), a los que padezcan enfermedades terminales o que estén registrados en el Consejo Nacional para la Integración con personas con discapacidad

Asimismo, se dio la modificatoria de los artículos 4, 10 y 12 de la ley 29625, ley de devolución de dinero de Fonavi a aquellos trabajadores que contribuyeron, incluyendo mecanismos para que los deudos del aportantes al Fonavi que ya  fallecieron puedan cobrar la devolución. Ahora bien, en el caso de que existan más de un heredero con igual derecho, se repartirá en partes iguales y proporcionalmente. 

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4. Poder Judicial rechazó solicitud de Vizcarra para viajes proselitistas del interior del país

El Poder Judicial rechazó el pedido de Vizcarra de viajar a cuatro regiones del país para realizar actividades relacionadas con su partido Perú Primero, así lo mencionó Margarita Salcedo, jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional. Estas cuatro regiones eran Loreto, Piura, Áncash e Ica. Este pedido se iba a realizar entre los meses de noviembre y enero del 2024. 

Uno de los argumentos del PJ fue que Vizcarra se encuentra en mandato de comparecencia con restricciones, por lo que se encuentra obligado a acatar reglas de conducta específicas; dentro de  ellas, se encuentra la obligación de que no puede ausentarse de su residencia sin una autorización previa judicial. En ese sentido, la contraparte alude a que se está restringiéndole el derecho del artículo 35 de la Constitución. 

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