1. Introducción

El pasado 18 de enero, el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada condenó a Rodrigo Benjamín Benites Silva por el delito de apología del terrorismo, mediante el uso de tecnologías de información o de comunicación. El Ministerio Público y la Procuraduría Pública Especializada en delitos de terrorismo, lograron acreditar que Benites Silva realizó una publicación, a través de su red social de Facebook, con contenido que enaltece, exalta y justifica al condenado cabecilla de la organización terrorista Sendero Luminoso, Abimael Guzmán Reinoso.

El Poder Judicial impuso ocho años de pena privativa de la libertad efectiva y el pago de S/ 10,000 por concepto de reparación civil a favor del Estado. Se trata de la primera sentencia condenatoria por el delito de apología del delito de terrorismo previsto en el Art. 316-A del Código Penal, que se incorporó con la Ley N° 30610 publicada el 19 de julio del 2017. El Procurador Público, Milko Ruiz, resaltó la importancia de esta decisión en la lucha contra el terrorismo. Asimismo, reiteró que cualquier declaración, publicación o expresión en las cuales se exalte, enaltezca o justifique el terrorismo o a una persona condenada por dicho delito mediante sentencia firme, constituye delito de apología sancionado con una pena privativa de la libertad de hasta 15 años.

Posteriormente, el 27 de enero, el Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional impuso ocho años de pena privativa de la libertad para Julián Cuba Jurado y Richard Alex Cornejo Callas por delito de apología de persona condenada por terrorismo. Ello es razón de que Cuba Jurado de 37 años, abogado en ejercicio y actual trabajador de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, el día 12 de septiembre del 2021, en su cuenta de Facebook, realizó una publicación en la que se hace referencia a Abimael Guzmán Reinoso, en su condición de cabecilla de Sendero Luminoso. En dicha publicación, de acuerdo a la sentencia, exaltó, justificó y enalteció al referido delincuente terrorista. Por otra parte, a Cornejo Callas, de 49 años de edad, pintor automotriz, se le imputó que el 7 de febrero del 2021 publicó un video en Facebook donde justifica las acciones terroristas desarrolladas por Guzmán Reinoso.

A raíz de las tres últimas condenas, el día lunes 6 de febrero, el Ministerio del Interior comunicó la habilitación de un correo (pte@mininter.gob.pe) a fin de recibir las denuncias de la ciudadanía por el mencionado delito de apología al terrorismo a través del uso de tecnologías de la información o comunicación. Inmediatamente, este hecho generó reacciones en redes sociales y canales de difusión que extendieron numerosas críticas a esta medida, arguyendo que fomenta el “terruqueo” y cuestionando el delito en cuestión. Por ese motivo, desde Enfoque Derecho, consideramos que, si bien el fin que persigue la habilitación del mail es legítimo, también debe delimitarse los requisitos de admisibilidad, evitando la arbitrariedad, y debe evaluarse si se trata del mecanismo más idóneo, teniendo en cuenta la sobrecarga de los canales fiscales para delitos comunes.

  1. ¿Realmente es eficiente?

Un primer punto a considerar respecto de esta medida es la efectividad que tiene de cara al clamor ciudadano por exigir medidas estratégicas y de consecuencias reales para combatir el terrorismo. Claramente, habilitar un mail para recibir estas denuncias ayuda a que cada ciudadano se sienta más cercano con órganos competentes que pueden iniciar acciones legales, como lo es la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Terrorismo. No obstante, continúa la cuestión acerca de su efectividad, pues lo que ha informado esta cartera es que, básicamente, su propósito es “recibir las denuncias ciudadanas relacionadas con la exaltación, justificación y enaltecimiento del delito de terrorismo o cualquiera de sus tipos”.

¿Acaso aperturar un buzón es la medida más satisfactoria para cumplir con ello? Porque, si de idoneidad se trata, evidentemente con un buzón es más que suficiente; pero cabe preguntarse si acaso no perpetúa también prácticas como el “terruqueo” y la polarización social. En esta línea, no se puede ignorar el contexto socio-político en el que está envuelta toda la ciudadanía ya que, como sociedad, en Perú aún tenemos instalada el arma verbal del “terruqueo”, cuyo impacto se ha profundizado a mayores niveles luego de las protestas sociales ocurridas en torno al gobierno de la presidenta Dina Boluarte.

Justamente, es por esta razón que evaluar con ojos críticos esta medida es importante, ya que ha surgido como respuesta al álgido contexto socio-político que se ha venido presentando. De forma que, la polarización social se agrava en tanto las medidas que el Gobierno propicia dan lugar a que este mail sea entendido como un espacio para la criminalización de aquello que los ciudadanos juzguen subjetivamente como actos de apología al terrorismo. Los ciudadanos, lejos de ver resueltas sus pretensiones, pueden abusar de un buzón con falsas certezas de haber planteado una denuncia fundada. Sin olvidar que, es puede ser usado en exceso o con fines ajenos a las denuncias por el delito en cuestión.

De esta manera, bien podrían existir medidas más eficientes para ello. En primer lugar fortalecer el trabajo de inteligencia y elaborar medidas que tengan como objetivo la prevención o, en todo caso, fortalecer los canales de comunicación para que la presencia de los órganos de control social sea más próxima a las necesidades de la ciudadanía. Pues, si bien la posición principal es que los casos por apología lleguen a la Procuraduría Pública, el interés de la población es sentirse próxima a la justicia para alcanzar procesos con consecuencia reales. En este sentido, la necesidad es -finalmente- que el tipo penal pueda ser llevado a procesos que salvaguarden la seguridad de la ciudadanía.

Finalmente, la idea que intentamos transmitir es que la habilitación de un mail, si bien es idóneo para atender la posición que el Gobierno ha intentado transmitir: “que está en sintonía con las preocupaciones de la población en medio de las protestas”. No es necesariamente eficiente para los intereses y las necesidades de los ciudadanos: “ver que el aparato de justicia realmente reacciona frente al delito en cuestión”. Y es que, como todos sabemos, últimamente el Perú se ha visto envuelto en un contexto de protestas que han desembocado en acontecimientos violentos afectando a la estabilidad del país en general. Ante esto,  como la población clamaba por una respuesta que nos devolviera la paz social, el gobierno ha aprovechado, acaso populistamente, elaborando una medida que promueve no solo el terruqueo, sino la polarización social, profundizando aún más las brechas existentes.

  1. Conclusión

En suma, no criticamos la posibilidad de que exista una difusión de mensajes con contenido apologético a través de las redes sociales que configura una de las circunstancias más graves que establece el Código y por lo que la pena varía de 8 a 15 años, según el nivel de probanza. Sin embargo, precisamente, a partir de esta última, hemos considerado importante evaluar con ojos críticos esta medida. La polarización social se agrava ante la posibilidad de que este mail sea entendido como un espacio para la criminalización de aquello que los ciudadanos juzguen subjetivamente como actos de apología al terrorismo. Por ello, reiteramos nuestra postura respecto a que se debe brindar mucha atención a los requisitos de admisibilidad de las denuncias, evitando la arbitrariedad. Una vez que se conozca el contenido del mensaje, se analizará cuál ha sido la intencionalidad de la persona al difundirlo y sí se ha tenido la intención de justificar o enaltecer un hecho terrorista. Asimismo, debe evaluarse si se trata del mecanismo más idóneo, teniendo en cuenta la sobrecarga de los canales fiscales para delitos comunes.

Editorial escrita por Hilary Vega y Mercedes Bueno.


http://www.elperuano.pe/noticia/203062-pj-dicta-primera-sentencia-por-apologia-de-terrorismo-en-redes-sociales

http://www.elperuano.pe/noticia/203145-dictan-ocho-anos-de-carcel-para-dos-procesados-por-apologia-al-terrorismo-en-redes-sociales

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