septiembre 2026

Entrevista | Sebastián Basombrío: I Congreso de Derecho Civil

#DerechoCivil ⚖️ ¿Cuando el rechazo de una prueba por los filtros de pertinencia, utilidad o necesidad deja de ser un control legítimo?, ¿Es adecuada la separación entre acumulación de pretensiones y litisconsorcio?, ¿Qué señales permiten identificar cuándo hay un vacío de motivación y cuándo se trata de una disconformidad con el fondo? La Asociación Civil #THĒMIS se complace en anunciar su próximo evento presencial: ”I Congreso de Derecho Civil», un espacio de análisis profundo en el que se abordarán temas sobre #DerechoProcesalCivil, #ResponsabilidadCivil y #Obligaciones. El tercer día de este evento contará con la participación del Dr. Sebastián Basombrío, coordinador del tercer día del evento, donde se abordará los límites que presentan los jueces al resolver un control de motivación

Enfoque De Autor | Javier Albán: Manual de Derecho Constitucional General

#EnfoqueDeAutor 📖 ¿Cuáles fueron los desafíos para presentar conceptos constitucionales complejos sin perder rigurosidad jurídica?, ¿Cuál considera que es el principal aporte diferencial para la formación de estudiantes y profesionales del Derecho? En la siguiente entrevista, Javier Albán, docente de Derecho Constitucional de la Universidad del Pacífico, presenta el primer tomo del «Manual de Derecho Constitucional General: La Organización del Estado Peruano», ofreciendo una herramienta introductoria a la teoría del Estado y a la organización del gobierno. Asimismo, brinda una lectura accesible y comprensible del tema, partiendo de conceptos técnicos sobre la materia. ¿Qué opinas sobre esta entrevista? ¡Déjanos tus comentarios! ⬇️

La potestad reglamentaria frente a la tercerización laboral: análisis de la nulidad del “núcleo del negocio”

«La potestad reglamentaria, por tanto, permite desarrollar y precisar el contenido de una ley para facilitar su aplicación, pero no habilita al Poder Ejecutivo para modificar su ámbito material mediante la incorporación de restricciones que la propia ley no contiene. Esta relación entre ley y reglamento es precisamente la que se convirtió y resolvió el eje de la controversia judicial sobre el “núcleo del negocio”.

¿Puede una ley posterior desplazar la institución arbitral pactada? El REGAJU frente al artículo 62° de la Constitución en contratos celebrados bajo la Ley N.° 30225

El resultado del examen permite formular una conclusión precisa: el REGAJU es legítimo e idóneo en abstracto, pero la extensión automática de su efecto sustitutivo a convenios arbitrales preexistentes no supera satisfactoriamente el juicio de necesidad. La tesis central de este artículo continúa siendo preservar, como regla, la institución válidamente pactada bajo la Ley N.° 30225; las alternativas transitorias desarrolladas no desvirtúan esa tesis, sino que muestran que incluso aceptando la aplicación inmediata de nuevos estándares existían medios menos restrictivos que el desplazamiento automático.

Blogger | Sol Huanca: Entrevista de presentación – Litis Arbitral

#LitisArbitral 📝 ¿Cómo incide el análisis del #arbitraje y los #litigios en el fortalecimiento de la predictibilidad y seguridad #jurídica? ¿Cuáles son los desafíos que redefinen la práctica del arbitraje comercial? En la presente entrevista, Sol Huanca, asociada en el estudio Loza Legal Abogados, presenta el nuevo blog “Litis Arbitral”, un espacio académico orientado al análisis jurídico del arbitraje y la resolución de conflictos #corporativos. En el mismo, se abordarán, por medio de distintos productos, las complejidades contemporáneas, las actualizaciones normativas y cuestiones variadas de relevancia al interior de estas importantes áreas del Derecho. ¿Qué opinas sobre esta nueva iniciativa? ¡Coméntanos! ⬇️

¿Quién puede representar al accionista en una S.A.C.? Alcances y límites del poder de representación

Del análisis efectuado de dicho artículo, se advierte que su texto no exige que la extensión de la representación conste mediante una “referencia expresa”, sino que se limita a permitir que el estatuto amplíe el ámbito de personas facultadas para representar al accionista. En consecuencia, exigir a las sociedades anónimas cerradas la incorporación de una cláusula que establezca de manera expresa dicha extensión supondría imponer una formalidad que no se desprende de la disposición legal y que, además, podría contradecir la voluntad estatutaria de los accionistas y generar obstáculos innecesarios para el funcionamiento de la sociedad.

Kuntur Wasi vs. Perú: análisis jurídico de la controversia sobre el Aeropuerto Internacional de Chinchero

“El caso Kuntur Wasi demuestra que la protección del interés público y el respeto de los compromisos asumidos por el Estado no son objetivos necesariamente incompatibles. El problema surge cuando se invoca el interés público para fundamentar una decisión que afecta una relación contractual sin justificar suficientemente la necesidad y razonabilidad de dicha medida”.

La expectativa de beneficio como frontera entre el agente revelador y la colaboración eficaz en el proceso penal peruano

«Una mera distinción formal entre técnica especial y proceso premial resulta insuficiente frente a los casos en que una misma persona puede desplazarse de un estatuto hacia otro; en ese sentido, para resolverlos resulta necesario incorporar un criterio material, esto es, la expectativa de obtener un beneficio penal, procesal o penitenciario relacionado con la propia responsabilidad por hechos anteriores o independientes de la operación».

¿Publicidad transparente?: Desafíos que enfrenta el Indecopi en la era de las plataformas digitales

«A diferencia de un anuncio tradicional —el cual es recepcionado por el consumidor, generando una especie de barrera o filtro defensivo que incluso, en muchas ocasiones, lo lleva a ignorarlo—, el contenido ofrecido por los influencers cautiva la atención del usuario de una manera distinta. Al tratarse de un creador al que sigue día a día, existe de antemano una afinidad y un vínculo de confianza. El creador de contenido mimetiza el anuncio con su vida cotidiana. Dicho fenómeno genera aún más controversia cuando el creador de contenido inicia su discurso formulando una anécdota personal o manteniendo el mismo formato que usualmente publica, para luego, hacia el final, develar que el video era en realidad una pauta publicitaria. Por ende, la inclusión tardía, periférica o fugaz del hashtag legalmente exigido configura un cumplimiento meramente nominal: la advertencia formal no logra neutralizar la manipulación previa de la atención ni revierte el sesgo de confianza construido en los primeros segundos de la interacción.»