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Mercado de Valores: Análisis de “Respuesta a carta EMI-296/2022 de la Bolsa de Valores de Lima” y la importancia de la calificación de hecho de importancia

Escrito por Gabriela Maldonado Cárdenas, Diego Sáez Uehara y Leilly Velasquez Melendez, estudiantes de la Facultad de Derecho de la PUCP. 1) Calificación de la información reportada como hecho de importancia En el presente caso, Silvia Olivera Beramendi, Subgerente de Emisores e Información Bursátil, cursa un documento (carta) Nº EMI-296/2022, actuando en representación de La Bolsa de Valores de Lima el dia 21 de abril del 2022, dirigido a la empresa Southern Copper Corporation, en el que solicita información relativa a la mencionada compañía, cuyas acciones están inscritas en la Bolsa de Valores de Lima. Así, se les solicita informar y/o aclarar acerca de las declaraciones efectuadas por el señor Raul Jacob – CFO, de dicha empresa, referente a la

La reforma aprobada en el Congreso de la República sobre los costos procesales en el hábeas data: ¿Una solución adecuada?

Escrito por Arturo Crispín Sánchez, Coordinador ejecutivo de Gaceta Constitucional & Procesal Constitucional. Cursando estudios de maestría en Derecho Constitucional & Derechos Humanos por la UNMSM. Expasante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en San José, Costa Rica La nueva conformación del Tribunal Constitucional viene construyendo, durante los primeros dos meses de su gestión, una línea jurisprudencial estricta en torno a lo que se refiere a las solicitudes de acceso a la información pública y su desnaturalización por algunos abogados, quienes estarían interponiendo múltiples hábeas data a fin de obtener un aprovechamiento económico a través de los costos procesales. Recordemos que este problema no es nuevo. La mayoría de la anterior composición del Colegiado, a través de múltiples casos

Responsabilidad extracontractual: la responsabilidad civil ligada al derecho penal

Por Gabriela Maldonado Cárdenas, estudiante de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, asociada de la Asociación de Resolución de Conflictos y más (arc+) y comisionada de WILA-Women in Law. La responsabilidad extracontractual carece de la preexistencia de alguna obligación, por lo que abarcaría daños derivados de alguna infracción al deber general de no causar daño a nadie; es decir, no se debe lesionar el interés general de la convivencia pacífica como señala Gastón Fernández (2019)[1]. Sin embargo, esto limita el hecho de que el daño también puede afectar a un interés particular y determinado y no solo al interés general. Asimismo, Gastón Fernández (s/f)[2] hace una observación de las 3 direcciones que toma el sistema

Con los ojos cerrados ¿Puede prosperar una denuncia realizada 29 años después?

Escrito por Darwin Delao Lizardo, abogado por la Universidad “San Juan Bautista”, socio fundador de D&D Consultores Jurídicos, Maestrando en Derecho Penal y Procesal Penal en la Universidad “Cesar Vallejo” y en Ciencias Penales en la Universidad Nacional “Hermilio Valdizán”. INTRODUCCIÓN En muchas ocasiones, el Derecho es mucho más que conocer las normas; es usar la lógica y el sentido común. Muchas veces, al querer hacer cumplir la norma a rajatabla, caemos en algunos absurdos[1]. En nuestras actividades diarias, hay muchas situaciones que podrían solucionarse con simples razonamientos o cálculos básicos y, así, evitar muchos inconvenientes. Al parecer, en algunas instituciones del Estado, esto no sucede o está lejos de suceder. En el litigio diario, uno se topa con situaciones

El Levantamiento del Velo Societario: Una Polémica Incontrovertida

Por Carlos Andrés Gómez, abogado por la PUCP y Junior Legal Counsel at Intercorp Peru Ltd. Refiriéndose al fútbol Jorge Valdano dijo alguna vez que se trataba de “la cosa más importante de las cosas menos importantes”. Pero me atrevería a afirmar que podemos incluso ir más lejos sentenciando que los deportes en general, como objeto de afición para quienes no han sido tan afortunados de poder convertirlo -de una forma u otra – en su profesión, ya sea por falta de disciplina, dedicación, o -como en mi caso- talento, suelen ser la adicción más esclavizante y cruel; no privándonos de nuestro dinero, salud o cordura, como suelen hacer las adicciones más nobles, sino de dos bienes más escasos y finitos,

Consumo y prejuicio: Dos casos sobre discriminación en el consumo

Por Rodrigo Delgado, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Magíster en Derecho (LL.M.) por Columbia University y docente del Programa de Segunda Especialidad en Derecho de Protección al Consumidor de la Pontificia Universidad Católica del Perú Cada 28 de junio, el mundo conmemora el Día Internacional del Orgullo, una fecha que recuerda los eventos ocurridos en el bar neoyorquino de Stonewall Inn en 1969, un hito histórico para la lucha por los derechos de quienes somos gays, lesbianas, bisexuales, trans y/o intersexuales (LGBTI). En el Perú, sin embargo, la regla es la ausencia de legislación y jurisprudencia que protejan y hagan efectivos los derechos de las personas LGBTI, lo cual se ve reflejado, por ejemplo, en la

Análisis jurídico sobre el Expediente de ejecución arbitral de contrato de opción irrevocable y exclusiva de compra (Resolución N° 03 emitida por el Tribunal Arbitral Caso Arbitral N° 26)

Por Fernanda Rojas, María Josefina Cortez, Kyara Wu, María Julia Cortez y Gabriela Maldonado, estudiantes de la Facultad de Derecho de la PUCP INTRODUCCIÓN En el presente artículo analizaremos los puntos controversiales del Caso Arbitral N°26[1] sobre la Ejecución Arbitral de Contrato de Opción irrevocable y exclusiva de compra entre la parte demandante, Inmobiliaria de Centros Comerciales S.A. y la parte demandada, Corporación GREMCO S.A. Conjuntamente el desarrollo se realizará en base a principios jurídicos pertinentes. PLANTEAMIENTO DEL CASO A ANALIZAR La empresa Inmobiliaria de Centros Comerciales S.A. presenta un proceso arbitral en contraposición de la Corporación Gremco S.A sobre la pretensión de vencimiento del contrato de opción irrevocable, expresado en el artículo 1423 del Código Civil, transcurridos los 6

Cómo matar a un ruiseñor: la culpa detrás de Tom Robinson

Escrito por María Julia Cortez Medina, Jimena Acosta Orrego, Oscar Faccio Santiago, Marycielo Díaz Peña, Gabriela Maldonado Cárdenas, estudiantes de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Introducción: De acuerdo a la película “Cómo matar a un ruiseñor” del director Robert Mulligan, se consagra dentro de la trama principios claves del Derecho Penal. Mediante el desarrollo de la misma se analizará, en primer lugar, los hechos jurídicos relevantes del caso. En segundo lugar, se desarrollará la aplicación de los fines de la pena, como es la prevención general negativa. En tercer lugar, se observarán los distintos principios que se pudieron identificar tales como el principio de culpabilidad, el principio de la dignidad y la autonomía; así como la presunción

Análisis de la Teoría de la justicia de John Rawls y el liberalismo político desde la filosofía del derecho

Por Gabriela Maldonado Cárdenas, Gabriel Sebastián Cayani Banda, Erika Solange Moya Vera y Sandra Maite Marquez Esparza, estudiantes de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. ¿Por qué la Teoría de la Justicia establece un orden lexicográfico entre sus principios? ¿Qué razones se pueden dar? El objetivo de John Rawls en la “Teoría de la Justicia” es ofrecer una concepción de la moral alternativa a la que se deriva del utilitarismo clásico, el perfeccionismo y la opción intuicionista, en un contexto de filosofía moral moderna[1]. En la Teoría de la Justicia nos encontramos ante dos principios de justicia según Rawls. Por un lado, el primer principio se basa en que cada persona ha de tener un

Hacia una regulación sistemática de la garantía contra la expropiación indirecta

Por David Rubio, estudiante de Derecho y asistente de Docencia en la Pontifica Universidad Católica del Perú. Miembro del Consejo Directivo de la Asociación Civil THEMIS. A Luis Enrique I. NOTAS INTRODUCTORIAS El señorío del hombre sobre las cosas es una de las claves de la humanidad y, por ende, una de las instituciones jurídicas de mayor trascendencia social. Por ello, autores como Grossi postulan que “ningún discurso jurídico está quizás tan empapado de bien y de mal, tan sazonado por visiones maniqueas como aquél que se refiere a la relación hombre-bienes. Porque son tan grandes los intereses en juego que inevitablemente las opciones económico-jurídicas vienen defendidas por las corazas no corrosibles de las connotaciones éticas y religiosas” (1992, p. 31).