Administrativo

Una de cal y otra de arena: el Informe Final de Instrucción y el debido procedimiento administrativo, reflexiones desde las sentencias emitidas por el Poder Judicial

Por André Castañeda Hidalgo, abogado y Magister en Gestión y Políticas Públicas por la Universidad Privada de Tacna. Se ha desempeñado como jefe (e) del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos del INDECOPI de Tacna y asesor legal de la Corte Superior de Justicia de Tacna. . 1.-      Antecedentes La declaración de la voluntad administrativa debe construirse con el estricto cumplimiento de la estructura del procedimiento administrativo, respetando los derechos y garantías impuesto por el ordenamiento jurídico como requisito para su nacimiento. En lo que respecta a los procedimientos administrativos sancionadores, el Decreto Supremo 0004-2019-JUS, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (“TUO de la LPAG”), establece -entre otras garantías- la obligación

Limitación de horario de recepción de documentos a través de las mesas de partes virtuales como barrera burocrática: análisis a raíz del caso de la DIGEMID

Por Enzo Rojas, asociado del estudio Rubio Leguía Normand Introducción. En el 2020, a propósito de las restricciones por la pandemia de la Covid-19, se inició la implementación de las mesas de partes virtuales de las entidades de la Administración Pública (en adelante, “MDPV”), herramienta que agilizó la presentación y recepción de documentos. Con esta medida, se eliminaron las interminables colas que se formaban en los locales de las entidades, que podían durar horas y que generaban costos innecesarios en tiempo, dinero y personal tanto para las entidades como para los administrados. Las MDPV, a diferencia de las presenciales, son un servicio automatizado, pues en virtud de su programación pueden funcionar de manera fluida e ininterrumpida sin la necesidad de

Necesidad de un Política Pública sobre Conflictos Sociales

Por José Piscoya Silva, abogado y consultor en el Estudio Rubio, Leguía y Normand Antecedentes En las últimas semanas, nuestro país ha sufrido una escalada de conflictividad con serias consecuencias; la más lamentable de todas, la muerte de más de veinte peruanos y cientos de heridos en protestas sociales. Sin embargo, ello no es el problema en sí mismo, sino el punto más alto alcanzado en un proceso cuya última fase se remonta al menos al inicio del gobierno del Presidente Castillo. De acuerdo a la Defensoría del Pueblo, los conflictos sociales en el Perú se han incrementado sostenidamente desde julio de 2021 hasta la fecha, siendo que en noviembre del presente año se han registrado 221 conflictos a nivel

Dispute Boards a la Peruana: Juntas de Resolución de Disputas – Parte 2

Por Luis Enrique Ames.  Abogado, Mediador, Adjudicador, Arbitro del RNA-OSCE y de diversas instituciones arbitrales. Member of the International Construction Law Association, Asociado del International Centre for Dispute Resolution (ICDR). Latín American and Caribbean Users’Council London Court of International Arbitration (LCIA). The Society of Construction Law Member. Miembro del Singapore Institute of Arbitrators – MSIArb. Member del Chartered Institute of Arbitrators – MCIArb, del Club Español del Arbitraje – CEA y Member Dispute Resolution Board Fundation – DRBF. Especialista en Arbitraje, Contrataciones del Estado, Junta de Resolución de Disputas, Derecho Administrativo y Construcción por la: Pontificia Universidade Católica de Paraná – Brasil, Universidad San Pablo – España (CEU Real Instituto Universitario de Estudios Europeos, el Centro Internacional de Arbitraje, Mediación y

Dispute Boards a la Peruana: Juntas de Resolución de Disputas – Parte 1

Por Luis Enrique Ames.  Abogado, Mediador, Adjudicador, Arbitro del RNA-OSCE y de diversas instituciones arbitrales. Member of the International Construction Law Association, Asociado del International Centre for Dispute Resolution (ICDR). Latín American and Caribbean Users’Council London Court of International Arbitration (LCIA). The Society of Construction Law Member. Miembro del Singapore Institute of Arbitrators – MSIArb. Member del Chartered Institute of Arbitrators – MCIArb, del Club Español del Arbitraje – CEA y Member Dispute Resolution Board Fundation – DRBF. Especialista en Arbitraje, Contrataciones del Estado, Junta de Resolución de Disputas, Derecho Administrativo y Construcción por la: Pontificia Universidade Católica de Paraná – Brasil, Universidad San Pablo – España (CEU Real Instituto Universitario de Estudios Europeos, el Centro Internacional de Arbitraje, Mediación

La presunción de uso de elementos prohibidos en las actividades pesqueras: A propósito del artículo 133 del Reglamento de la Ley General de Pesca

Por Bruno Ramos Huaytalla, Bachiller en Derecho por la Universidad Científica del Sur y practicante profesional de Derecho Administrativo y Pesquero en el estudio jurídico AGP&F Abogados Asociados. Introducción Los recursos naturales son patrimonio de la Nación y el Estado es soberano en su aprovechamiento (art. 66 de la Constitución). Los administrados pueden realizar la actividad pesquera de extracción de recursos hidrobiológicos al obtener previamente un permiso de pesca emitido por el Ministerio de Producción, si pesca de mayor escala, o por la autoridad regional, si es pesca de menor escala o artesanal. En este contexto, para realizar la actividad extractiva, los ciudadanos usan artes o métodos permitidos de extracción, a fin de lograr el aprovechamiento sostenible de los recursos,

La vigencia de la ley concursal peruana: dos razones para oponerse al desorden en el recupero del crédito

  Por Vicente Brayan Villalobos Villalobos. Bachiller en derecho. Miembro del Centro de Estudios de Derecho Civil (CEDC), del Centro de Estudios de Derecho Administrativo (CEDA) y del Centro de Estudios de Contrataciones del Estado (CECE) Introducción El cuestionamiento más reiterado que viene afrontando el sistema concursal peruano es el referido a la necesidad y conveniencia de su vigencia. Según este sector, es económicamente más eficiente que, ante la insolvencia del deudor, cada acreedor aplique las reglas particulares de su contrato para la satisfacción de su acreencia. Estas críticas se fundan, tal vez, en un mal entendido liberalismo, cuyos postulados son más propios del “libertarianismo” o “anarquismo”, que conciben al Estado como el enemigo letal del individuo y, por ello,

La regulación de las Asociaciones Público-Privadas como mecanismo para la prestación del servicio de agua

Por Hansel Salinas, máster en Compliance por el Centro Europeo de Postgrado, Rolando García Castillo, especialista en Derecho Procesal y Ambiental, y Bruno Ramos Huaytalla, especialista en Derecho Administrativo y Pesquero. I. Introducción El artículo 2 de la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad física y a su libre desarrollo y bienestar. Aunado a ello, el artículo 7-A de la carta constitucional reconoce el derecho de toda persona a acceder de manera progresiva y universal al agua potable.  La contraparte al reconocimiento de los derechos en mención, se  basa en la obligación estatal de garantizar —fin estatal— la prestación de los servicios esenciales que permita el disfrute de derechos, a