


¿Estás redactando una cláusula arbitral?: No fijes plazos máximos de duración del arbitraje
Por Emily Horna Rodriguez, Jefa del Área de Litigios & Arbitrajes Santiváñez Abogados Es bastante usual encontrar acuerdos que fijan un plazo máximo de duración del arbitraje. Un ejemplo de ello, es el siguiente: “La duración del arbitraje no deberá exceder los 50 días hábiles contados a partir de la fecha de instalación del Tribunal Arbitral hasta la fecha en que se expida el laudo respectivo”. En algunas ocasiones, se agrega que este plazo máximo podrá ser prorrogado por los árbitros. En otros, se vuelve a intentar fijar el candado estableciendo que podrá ser prorrogado por los árbitros por un periodo igual. Si bien se puede entender que la intención de las partes es buscar garantizar que el arbitraje se tramite y

Cibercrimen & Castigo
Por Ricardo N. Elías Puelles, abogado por la PUCP, maestro en Razonamiento Probatorio por la Universidad de Girona (España) y la Università degli Studi di Genova (Italia), presidente del Observatorio Peruano de Cibercriminalidad y del Instituto Peruano de Razonamiento Probatorio, Socio Fundador del Estudio Elías Puelles. “Algún inescrupuloso ha creado un perfil falso en Facebook y está usando imágenes mías”, “Alerta: Has realizado una compra con tu tarjeta de crédito, si no la reconoces, anúlala aquí: www.WebMaliciosa.com”, “Su dispositivo celular ha sido ubicado a la(s) 06:33 pm. Ver localización en: www.TeRoboTusDatos.com”, “Querido beneficiario: Nos comunicamos con usted respecto a sus fondos de compensación no reclamados de US$ 3.7 millones de dólares estadounidenses. Le informamos que se ha programado el pago

Algunas consideraciones en relación a la Participación en el Incremento del Valor del Suelo creada por la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible
Por Pablo Sotomayor, socio del área Tributaria del estudio Miranda & Amado La Participación en el Incremento del Valor del Suelo (“PIVS”) es un cobro creado por la Ley No. 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible (“LDUS”), publicada en El Peruano el pasado 25 de julio y con vigencia desde el día siguiente. A continuación, hacemos un breve análisis de algunos aspectos relevantes de la PIVS, no sin antes precisar -como veremos más adelante- que buena parte de su regulación ha sido delegada al Reglamento. Según lo señala la Primera Disposición Complementaria de la LDUS, el Reglamento deberá ser aprobado por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor a 60 días calendario el cual vencerá el próximo 23 de

Fulton y el futuro de la libertad religiosa
Gerard V. Bradley. Catedrático de Derecho Constitucional en University of Notre Dame, donde dirige el Natural Law Institute y coedita el American Journal of Jurisprudence. Doctor en Derecho por Cornell University. Traducción e interpretación por: Juan Alonso Tello Mendoza Tras recibir más de 2.500 páginas de información y después de más de medio año de reflexión tras los alegatos, la Corte Suprema ha emitido una decisión que deja a la libertad religiosa en un estado confuso y vulnerable. Los que cuentan con este Tribunal para defender la Primera Enmienda tienen todo el derecho a sentirse decepcionados, como yo. Si usted abriese el tomo de 110 páginas que supone el caso Fulton v. Filadelfia1, según la opinión separada del juez

El trasfondo del orden de prelación de los apellidos
Por Cristina Phicihua, estudiante de Derecho de la PUCP y miembro del programa de Desarrollo Social de THĒMIS – Khuska “El hecho de que la mayoría de la gente no lo sepa es el gran problema porque por ejemplo en los colegios o médicos cuando nos tienen que notificar algo basándose en el nombre del niño. A mí me llaman Sra… y me ponen apellido de mi marido al ser el segundo del niño y a mi marido le llaman Sr y le ponen mi apellido al ser el primero del niño». «También hay gente que al no saberlo y ver que llevan mi apellido, el primero, se creen que mi marido no es el padre. En fin, a mí

La definición de “activo neto” para efectos del ITAN en vista a un reciente pronunciamiento de la SUNAT
Por Eduardo Pedroza, Asociado del área tributaria de Miranda & Amado. El pasado 16 de julio la SUNAT publicó el Informe No. 054-2021-SUNAT/7T0000, a través del que absolvió una consulta vinculada a la determinación de la base de cálculo del Impuesto Temporal a los Activos Netos – ITAN (en adelante, el “Informe”). Este informe concluye que el derecho de uso de bienes que son alquilados por los contribuyentes bajo contratos de arrendamiento operativo para el desarrollo de sus actividades (es decir, sobre los que solo tienen un derecho de uso), deben formar parte de la base de cálculo de este tributo. Además, la SUNAT señala que si bien, respecto de dichos derechos de uso, se pueden considerar las depreciaciones admitidas

La República Bicentenaria en Construcción: paja, madera y ladrillo
Por Diego Pomareda, abogado y magíster en Derecho Constitucional por la PUCP, ambos títulos fueron obtenidos con mención sobresaliente. Es predocente del Departamento de Derecho de la misma universidad. Ha realizado una estancia académica en la Universidad Carlos III de Madrid. Es miembro fundador de Perspectiva Constitucional y forma parte del Grupo de Investigación en Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales de la PUCP. El Perú, desde su independencia, estuvo plagado de contradicciones: una patria libre con esclavos, una república colonial y posteriormente aristocrática, pocos ilustrados pensando por muchos iletrados, diversas naciones en un mismo territorio y grandes intereses particulares que en nombre de los principios republicanos perseguían mantener intacto el status quo sin perjuicio de que este se encontrase a

La festejación del bicentenario de la independencia
Por María Paz Rodríguez, estudiante de la facultad de Derecho de la PUCP y miembro del programa de desarrollo social de THĒMIS, Khuska. El artículo 1º de nuestra Constitución Política señala que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. El artículo 2º.1 le reconoce el derecho a la identidad mientras que el inciso 2 establece que tiene derecho a la igualdad ante la ley y que nadie puede ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. En el mismo artículo, el inciso 19 respalda el derecho a la identidad étnica y cultural. A pesar de

Democracia Militante y Bicentenario de la Independencia
Por César Landa, expresidente del Tribunal Constitucional, profesor de Derecho Constitucional en la PUCP y blogger en Observatorio Constitucional. Con motivo de los doscientos años del aniversario de la independencia del Perú hemos llegado a una etapa de reflexión acerca del estado de la Nación, en relación a las promesas de libertad, justicia e independencia con que el general José de San Martin juró junto al pueblo de Lima, el 28 de julio de 1821, el fin del colonialismo de la monarquía española. Con una mirada del presente se podría señalar que, si bien aun queda mucho por expandir el bienestar, fortalecer la democracia y la vida sujeta a la Constitución, mucho también se ha avanzado en cada época; en

Arbi-Talks | Alfredo Bullard – ¿Dónde está la justicia en el arbitraje?

¿Estás redactando una cláusula arbitral?: No fijes plazos máximos de duración del arbitraje

Cibercrimen & Castigo


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