Derecho administrativo sancionador

El silencio administrativo en las ampliaciones de plazo de bienes y servicios: Límites de la aprobación automática

Francisco Ernesto López Ortiz, Abogado por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, y Licenciado en Letras con mención en Economía, Derecho, Política y Filosofía por la Universidad de Arizona. Introducción  En el ámbito de las contrataciones con el Estado, las solicitudes de ampliación de plazo constituyen uno de los elementos más sensibles entre el contratista y la Administración Pública, no solo por las consecuencias económicas y operativas que se derivan de su aprobación o rechazo, sino porque su evaluación exige ponderar eventos, pruebas y conductas. Su fundamento es claro, quien actúa con la diligencia debida no debe soportar las consecuencias de un incumplimiento tardío cuya causa no le es atribuible. Así lo recogen los artículos 1314 a 1317 del Código

Directo al diván arbitral: Análisis psicológico de la reiterada designación de un árbitro

“En este espacio, el árbitro, convencido de estar actuando con objetividad, ajusta progresivamente sus estándares de evaluación de una forma que termina siendo funcional a la parte que lo designa de manera reiterada, sin que ello se traduzca necesariamente en decisiones abiertamente favorables, pero sí en un tratamiento diferenciado de las posiciones en conflicto”.

Blogger | Pierino Stucchi: Uniformidad del estándar probatorio en los procesos sancionatorios del Indecopi

#RadarDelMercado 📈 ¿Existe un criterio uniforme entre los órganos resolutorios del #Indecopi respecto del estándar probatorio aplicable a los procesos sancionadores? ¿Qué medidas podrían adoptarse para reforzar la imparcialidad del órgano resolutor? En la siguiente entrevista, Pierino Stucchi, socio fundador del estudio Stucchi Abogados y anterior gerente legal del Indecopi, examina la uniformidad del estándar probatorio en los procesos sancionadores del Indecopi, ello con especial énfasis en los ámbitos de #LibreCompetencia, #ProtecciónDelConsumidor y #CompetenciaDesleal. ¿Qué opinas sobre este análisis? ¡Déjanos tus comentarios! 💬 https://www.youtube.com/watch?v=5eN9mowTQpc

La Responsabilidad solidaria de los administradores que ejercen el cargo de dirección, administración o representación de la empresa bajo el nuevo criterio del Indecopi

Por Manuel Valvas, Legal Assitant en KPMG en Perú, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con especialidad en Derecho de Protección al Consumidor por la misma casa de estudio. Introducción: En el ámbito del Derecho Mercantil, la responsabilidad solidaria de los administradores, como gerentes, directivos y/o representantes legales, consiste en la posibilidad de que estos puedan ser considerados responsables de manera conjunta no solo por infracciones administrativas, sino también por aquellas de carácter civil y/o penal cometidas por la entidad que representan. En otras palabras, esta figura jurídica busca asegurar que aquellos que tienen la capacidad de tomar decisiones dentro de una organización, respondan por las infracciones generadas bajo su gestión o supervisión. En Perú, el Instituto Nacional

Aproximación general a los Proyectos en Activos: El mecanismo olvidado en la promoción de la inversión privada

Por Diego Mori, abogado asociado del Área de Infraestructura, APP y Obras por Impuestos del Estudio Muñiz. Imaginemos que usted acaba de ser elegido alcalde del Distrito de “La Gloriosa” y que una de sus principales propuestas antes de su elección, fue el desarrollo de la infraestructura en el distrito a fin de mejorar la calidad de vida de los habitantes que votaron por usted (y, obviamente, de aquellos que no lo votaron también); sin embargo, no sabe por dónde iniciar, salvo que cuenta con un documento denominado “Margesí” respecto del cual tiene alcances muy limitados, particularmente sobre su utilidad y, mucho menos, cómo podría ayudarle en la implementación de su propuesta. Efectivamente, muchos operadores en los gobiernos locales y

Déjese sin efecto: la caducidad en el procedimiento administrativo sancionador de protección al consumidor

Por Ayrton Marañón Calderón, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. En un reciente pronunciamiento, la Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con subespecialidad en temas de mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima (la “Quinta Sala”) confirmó que la caducidad no es aplicable en los procedimientos administrativos de protección al consumidor, cuyo inicio haya sido promovido por una denuncia de parte [1]. Ello debido a que ―a su criterio― estos califican como trilaterales sancionadores. La Quinta Sala concluyó que, si se aplicase la caducidad, se perjudicaría al consumidor por la inactividad de la administración. Para sustentar esta postura indicaron que el artículo 65° de la Constitución otorga a este procedimiento a naturaleza tuitiva y citaron

La fiscalización ambiental en el sector saneamiento: Análisis de la subsanación voluntaria en aras de lograr la seguridad jurídica

Por Rolando García Castillo, abogado por la Universidad Científica del Sur. Socio de Edam abogados, Boutique legal en litigio ambiental y corporativo; y Bruno Ramos Huaytalla, abogado por la Universidad Científica del Sur y parte de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. La fiscalización ambiental tiene por objeto verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales contenidas en los instrumentos de gestión ambiental, compromisos ambientales, medidas administrativas y la legislación ambiental general y sectorial. Para lograr una fiscalización ambiental eficiente, oportuna y preventiva, la Ley Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) estableció que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa) es el ente rector del SINEFA en el Perú. Sin embargo, en la actualidad el Oefa no tiene

La subsanación voluntaria en el procedimiento administrativo sancionador de la Sunass

Por Bruno Ramos Huaytalla, abogado por la Universidad Científica del Sur (UCS) y analista legal del Estudio AGP&F Abogados Asociados. 1. Introducción La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (en adelante, Sunass) garantiza la prestación de los servicios de saneamiento, en el ámbito urbano y rural, en condiciones de calidad, a efectos de contribuir a la salud de la población y al cuidado del ambiente (art. 1 del Decreto Ley n.o 25965). Asimismo, dentro de las múltiples funciones que tiene, fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas de las Empresas Prestadores de Servicios de Saneamiento (en adelante, EPS), así como, ante el incumplimiento de dichas obligaciones, impone sanciones pecuniarias (multas) o amonestaciones escritas a las EPS. Las EPS

La regulación de los límites máximos permisibles para efluentes y emisiones de los establecimientos industriales pesqueros

Por Bruno Ramos Huaytalla. Abogado por la Universidad Científica del Sur y analista legal del Estudio AGP&F Abogados Asociados. Introducción Las actividades pesqueras se encuentran sujetas a la fiscalización y sanción del Ministerio de la Producción (Produce). No obstante, existe un ámbito de la actividad pesquera que es de competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), esto es, el cumplimiento de las obligaciones ambientales en la ejecución de las actividades de procesamiento pesquero industrial, las cuales son realizadas dentro de Establecimientos Industriales Pesqueros (EIP). El OEFA, en su haz de atribuciones, cuenta con medidas administrativas (medidas preventivas, medidas correctivas, entre otros) y de sanción (multas) ante la comisión de infracciones de carácter ambiental por parte de los titulares

El concurso de infracciones en el procedimiento administrativo sancionador de la Sunass

Porn Bruno Ramos Huaytalla, abogado por la Universidad Científica del Sur y analista legal del Estudio AGP&F Abogados Asociados. Introducción La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (en adelante, Sunass) es el organismo público regulador que tiene como función general garantizar la prestación de los servicios de saneamiento, en el ámbito urbano y rural, en condiciones de calidad, a efectos de contribuir a la salud de la población y al cuidado del ambiente (art. 1 del Decreto Ley N° 25965). La prestación de servicios de saneamiento se logra a través de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS). De manera específica, la Sunass (s.f.) tiene la función: fiscalizadora (verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas de las