
Medidas legales para la seguridad jurídica de los acuerdos aprobados en sesiones no presenciales en el contexto del COVID-19
Por Rogelio Gutiérrez, socio de Impuestos y Servicios Legales, y Juan Diego Cruz, gerente de Impuestos y Servicios Legales En el contexto actual del Estado de emergencia declarado por el gobierno de Perú y prorrogado inclusive hasta la fecha por las circunstancias que afectan la vida de las personas por el COVID-19, resulta necesario identificar las medidas legales que se deben considerar para resguardar la eficacia de la convocatoria y la celebración de reuniones societarias, así como para otorgar seguridad jurídica a los acuerdos corporativos que en dichas reuniones sean aprobados, considerando la relevancia e impacto que tienen en el crecimiento y desarrollo de los negocios. Es así como a partir de la publicación del Decreto Supremo No 044-2020-PCM, los









