Derecho Electoral

Editorial | Proselitismo durante la semana de representación: Una vulneración al principio de neutralidad electoral

Por Enfoque Derecho Introducción El pasado 11 de septiembre de 2025, se publicó la Resolución Legislativa N° 001-2025-2026-CR, Resolución legislativa del congreso que incorpora el artículo 25-A en el reglamento del Congreso. La norma fue aprobada por amplia mayoría, obteniendo 78 congresistas a favor, 21 en contra y 10 abstenciones. El nuevo artículo incorporado dicta lo siguiente: “Artículo 25-A. Principio de neutralidad respecto de los parlamentarios Los parlamentarios en ejercicio de sus funciones pueden expresar, defender y promover posiciones ideológicas, programáticas y partidarias, sin que ello constituya infracción al deber de imparcialidad o de neutralidad. Esta disposición no los habilita para que realicen actividades de proselitismo político en horarios en los que se desarrollen las sesiones de comisiones en las

¿Clamor ciudadano o reformas políticas? – Discutiendo los proyectos de reforma constitucional que plantean el adelanto de elecciones

Por Enfoque Derecho. Introducción El viernes 2 de febrero, el Congreso reafirmó su decisión a la ciudadanía una última vez: el adelanto de elecciones no sería una realidad, ante la clara incapacidad de arribar a consensos entre bancadas, puesto que sus intereses y prioridades sobre cómo enfrentar la crisis primaban por encima de las demandas de la población. Desde la vacancia del expresidente Pedro Castillo, el debate en el Pleno ha oscilado constantemente entre realizar el adelanto de elecciones generales para 2023 y 2024, con ciertas modificaciones a su planificación y ejecución, pese a que el pedido se remonta a inicios del año pasado. Lo cierto es que la división política y el desacuerdo entre nuestras propias autoridades ha entrado en

¿Vulneración a la autonomía electoral?: Proyecto de reforma constitucional que recorta por única vez el mandato del presidente del JNE y del jefe de la ONPE

Por Enfoque Derecho. Hechos. El pasado 29 de diciembre, la congresista Rosselli Amuruz presentó el Proyecto de Ley 3889/2022-CR, el cual busca que, por medio de una reforma constitucional, se pueda recortar “por única vez” el mandato de las autoridades del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Los cargos concluyen su mandato en abril del 2023, pero, por excepción, los plazos establecidos en los artículos 180 y 182 de la Constitución, lo podrían permitir; no obstante, el problema sobre el presente proyecto de ley se centra principalmente en si se vulnera la autonomía electoral. Por un lado, la motivación de la bancada recae en que, por única vez, se debe recortar el mandato de

A propósito de las elecciones regionales 2022: ¿Es viable la detención de un miembro de mesa ante la presunta comisión de un delito?

Horacio Antonio Herrera Calderón, estudiante del décimo ciclo de la facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres. Desempeñó sus prácticas pre profesionales en los Estudios MPA Abogados Asociados, Mendoza & Malpartida, Caro & Asociados, entre otros. Introducción Como es de público conocimiento, la Segunda Elección Regional 2022 [en sus siglas: S.E.R.] la cual será llevada a cabo este domingo 04 de diciembre, fue convocada ya que ninguna lista de candidaturas superó el 30 % de los votos válidos que exige la Ley de Elecciones Regionales N° 27683, durante las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Al respecto, la jornada electoral acarrea una serie de actores electorales los cuales cumplen determinadas funciones, así como también, en atención a

Las declaraciones de Aníbal Torres: Un análisis jurídico sobre una presunta vulneración a la neutralidad electoral

Por Enfoque Derecho Introducción Durante la primera semana del mes de setiembre, diversos medios de comunicación difundieron un polémico audio en el que era posible advertir la participación de Lady Camones, entonces presidenta del Congreso de la República, y César Acuña, candidato para las elecciones regionales y municipales en la región de La Libertad y, coincidentemente, líder y fundador del partido político que Camones conforma, Alianza para el Progreso (APP). En el audio difundido ambos personajes coordinaban la agilización de la gestión del proyecto de creación del distrito de Alto Trujillo, pues sería beneficioso para la actual candidatura del ex aspirante a la presidencia de la República. Exactamente, Acuña dijo lo siguiente: «Ahorita ese proyecto de Alto Trujillo me va a

Dos nuevos casos que buscan justicia electoral: Hacia la constitucionalización del Derecho Electoral Peruano  

Por Luis Alberto Duran Rojo, abogado, especialista en Derecho Constitucional y Tributario. Egresado de la Maestría en Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Departamento de Derecho de la PUCP. Presidente del Partido Morado. EL CONTEXTO Anteriormente abordamos un caso electoral (el mantenimiento de la inscripción del Partido Morado)[1] en el que mostrábamos que el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (ROP) interpretó erróneamente la legislación electoral, dejando de lado el cumplimiento del rol fundamental que la Constitución Política asignó a dicho organismo constitucional (JNE) de optimizar el derecho fundamental a la participación política de los ciudadanos. Afortunadamente, en aquella oportunidad, fue el Pleno Jurisdiccional del JNE que corrigió esa situación realizando una

¿Conjuntivo o disyuntivo? : La cancelación de la inscripción del Partido Morado

Por Enfoque Derecho Introducción El pasado 8 de septiembre, el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, ROP) anunció que quince partidos políticos perderían su inscripción electoral, al no cumplir con los dos requisitos establecidos en la Ley de Organizaciones Políticas (LOP)[1]. Ante ello, el Partido Morado, una de las agrupaciones canceladas, rechazó enfáticamente la decisión del ROP e incluso la calificó de “ilegal” y “arbitraria”, a través de un comunicado en sus redes sociales[2]. Y es que, luego de las elecciones, a sabiendas de que muy probablemente perderían su inscripción como partido, el Partido Morado ​​adelantó que no podía ser retirados del Registro, al haber cumplido uno de los dos requisitos de ley: obtener el