Derecho Penal

Trabajo duro: Proyecto de ley que propone establecer el trabajo obligatorio de autosostenimiento para reos durante su reclusión

Por Enfoque Derecho Gran sorpresa en medio ha causado la reciente propuesta legislativa de la congresista Ugarte, pues el 21 de julio pasado, la congresista de Perú Libre propuso que los reclusos sean “obligados” a trabajar para cubrir gastos de reclusión y reparación civil. Dicho proyecto de Ley busca, como se expone en su artículo 2, modificar el artículo 23° de la Constitución Política de 1993 para que los presos trabajen obligatoriamente y asuman los gastos de su reclusión y el pago de la reparación civil a la víctima. Esta propuesta legislativa de la congresista Katy Ugarte, busca ser una estrategia a partir de la cual se pretende la reinserción laboral de los individuos privados de su libertad. En esa línea,

¿Cuál es el alcance de la autonomía del delito de lavado de activos en el proceso penal?

Por Amaury Sebastián Muñoz Laos Estudiante de Derecho en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, asistente de cátedra de Derecho Penal I (Parte General) y Derecho Penal III (Parte Especial II) en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y coordinador académico del Instituto Latinoamericano de Ciencias Penales. El delito de lavado de activos y su autonomía sustantiva El delito de lavado de activos se encuentra tipificado penalmente en virtud del Decreto Legislativo N.º 1106, el cual lleva por título Decreto Legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado. En su artículo 10, este dispositivo jurídico expresa: «Artículo 10.- Autonomía del delito y prueba indiciaria El lavado

El rechazo de plano de la querella: El estándar de motivación requerido al Juez penal y la salvaguarda del derecho a la Tutela jurisdiccional efectiva

Por Joan Manuel Álvarez Porras, Bachiller en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú y tesista por la misma casa de estudios. Miembro del área de Defensa Legal del Instituto de Defensa Legal – IDL. Correo de contacto: joan.alvarez@pucp.edu.pe. Estado de la cuestión El Derecho penal, en virtud del principio de exclusiva protección de bienes jurídicos, protege entre todos ellos al honor, respecto del cual el Código penal (en adelante, “C.P.”) ha previsto como delitos que atentan contra el mismo a los delitos de injuria, calumnia y difamación. Estos delitos no podrán ser denunciados ante el Ministerio Público como habitualmente se suele hacer, debido a que su naturaleza corresponde a la de delitos de “acción privada”; es decir, no

El impacto del tráfico de influencias en nuestra sociedad

Por Cristhian Michael Huamán Liza, Estudiante del 5to ciclo de Derecho en la Universidad César Vallejo, Gerente fundador en Círculo de Estudios «Derecho en Línea» y Parlamentario Joven del Congreso de la República – Región Amazonas 2022 y 2023. Introducción El tráfico de influencias es un delito que atenta contra la correcta administración pública, la imparcialidad, la objetividad y la independencia de los funcionarios y servidores públicos, donde consiste en ofrecer o recibir algún beneficio para interceder o influir ante un funcionario o servidor público que tenga a su cargo un caso judicial o administrativo, invocando o teniendo influencias reales o simuladas, este delito se encuentra tipificado en el artículo 400° del Código Penal peruano y tiene una pena privativa

Una norma, dos caminos: ¿es pertinente el Decreto de Urgencia N.º 008-2020?

Por Darwin D. Delao Lizardo, abogado por la Universidad San Juan Bautista, socio fundador de D&D Consultores Jurídicos, maestrando en Derecho Penal y Procesal Penal en la Universidad Cesar Vallejo y en Ciencias Penales en la Universidad Nacional Hermilio Valdizán “La justicia es como la serpiente, solo muerde a los descalzos” Arzobispo Oscar Arnulfo Romero INTRODUCCIÓN Erick y Juan son dos padres de familia que afrontaron un proceso de alimentos y debido al incumplimiento fueron denunciados penalmente y sentenciados por el delito de omisión a la asistencia familiar[1]. Sin embargo, Juan está libre y Erick está internado en un establecimiento penitenciario. En este contexto, y viendo la situación de los penales del país, el gobierno de turno promulgó el Decreto

Entre pruebas y anexos: El fagocigante y necesario rumbo de la aplicación de la prueba científica para la identificación de los sujetos activos en la realización de un delito.

Por Genaro Ormachea Baca, MBA por CENTRUM PUCP, alumni en EADA School, Beta Gamma Sigma Member, estudiante y asistente de cátedra en la Facultad de Derecho de la PUCP, ex miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho y asociado extraordinario de la asociación civil THEMIS. Capítulo I Introducción La mañana del 15 de agosto del año 2006, fue absolutamente distinta para los vecinos de San Isidro, pues frente a la puerta del lote 219, de la calle Paul Harris, diversos vehículos y un fuerte contingente policial acordonaba la zona. Horas más tarde se conoció la noticia del asesinato de la empresaria Miriam Fefer Salleres. Este hecho, sin lugar a duda, fue un caso de suma relevancia en la medida, no solo

“De la luz a las tinieblas: el deber de garante en el delito de trata de personas y su tratamiento en el Perú”

Por Enrique Alberto Pimentel Palomino, bachiller en Derecho PUCP, trabaja en el CICAJ-PUCP, adjunto de cátedra en la Facultad de Derecho PUCP en cursos de derecho penal. Resumen: El presente texto analiza el delito de trata de personas y su estrecha vinculación con la omisión impropia, sobre todo con el deber de garante. En esa línea, la víctima es expuesta a una serie de peligros que el tratante ha generado. Entonces, es en estas situaciones de peligro de la víctima, cuando el Derecho penal se pregunta si la posición de garantía le es exigible al tratante en todo momento o en determinados casos. Así, el autor analiza, primero, la figura jurídico-penal del delito de omisión impropia para, después, extrapolar sus

El impacto jurídico de las Fake News

Por Enfoque Derecho El impacto jurídico de las fake news A lo largo de la histeria de “Derecho y Fake News” hemos definido las fake news como información falsa y engañosa (presentada mediante notas escritas o imágenes) que se usa para engañar a la sociedad y, como resultado, obtener beneficios económicos o generar perjuicios a terceros. Como final de esta semana de histeria, hablaremos brevemente sobre su impacto en nuestro ordenamiento jurídico. Para esto, iniciaremos exponiendo los derechos que se ven vulnerados y luego cómo pueden devenir en delitos tipificados por el Código Penal. Derechos vulnerados En este acápite expondremos los tres principales derechos que se vulneran directa o potencialmente por la difusión de Fake News: el derecho a la libre

Nota | Corte Suprema declara que la protesta no es un derecho, sino un acto ilícito

Por Enfoque Derecho Antecedentes En mayo del 2016, cuatro dirigentes campesinos, Alejandro Huillca Pilares, Julián Ochoa Aysa, Alejandro Ochoa Puma y Rodmy Alfonso Cabrera Espinal, fueron detenidos por participar en una protesta que bloqueó la carretera hacia la mina de Las Bambas, en Apurímac, e impidió el paso de camiones que transportaban cobre. Por esta razón, en marzo de 2019 fueron condenados a una pena suspendida de dos años de reglas de conducta y a pagar una reparación civil de 2.000 soles por el delito de entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos. Dos meses después, los condenados interpusieron recursos de apelación contra la sentencia de primera instancia; sin embargo, en mayo de 2021, se confirmó la sentencia de primera instancia.

Nota | Fiscalía presenta acusación y pide 35 años de cárcel contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski

Por Enfoque Derecho. El expresidente Pedro Pablo Kuczynski, quien se desempeñó en el cargo desde el 2016 hasta su renuncia en el 2018, enfrenta una investigación por la presunta comisión de lavado de activos en la Fiscalía. El caso, a cargo del fiscal José Domingo Pérez (Equipo Especial Lava Jato) finalizó su etapa de investigación y concluyó que el exmandatario, entre otros implicados, participó en presunta una organización criminal que recepcionó US$ 12 millones de Odebrecht y otras empresas, según El Comercio. El Ministerio Público (MP) sostiene que esto se perpetró a través de asesorías y consultorías a través de las obras Rutas de Lima, IIRSA y Olmos. Esta es la acusación número 15 del Equipo Especial Lava Jato, liderado por