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¿Suspensión del presidente de la república por 24 meses? Breves comentarios sobre la Proyecto de Resolución Legislativa del Congreso N° 8662/2024-CR respecto a la suspensión presidencial

Por Eduardo Chocano Ravina, estudiante de Derecho en la Universidad de Lima, cursando el XII ciclo de estudios, y de Filosofía en la Universidad TECH. Actualmente, secigrista en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad. Ha publicado textos académicos sobre Derecho Constitucional, Derecho relacionado con las nuevas tecnologías y Filosofía aplicada. y Franco Vásquez Robles, estudiante del XI ciclo de la carrera de Derecho en la Universidad de Lima. Practicante pre-profesional en el Tribunal Constitucional, ex asistente de investigación legal en la Asociación Contribuyentes del Perú, y coordinador general del Círculo de Estudios de Derecho Constitucional.   INTRODUCCIÓN El 19 de agosto del presente año se recibió por parte de la congresista Martha Moyano Delgado el

¿“Señor magistrado…”?

Por  Juan Monroy Galvez, Socio fundador del Estudio Monroy Abogados; profesor Ordinario de Derecho Procesal en la Pontificia Universidad Católica del Perú; Autor de numerosos libros y artículos en la especialidad; expresidente del Instituto Peruano de Derecho Procesal (INDEPRO) y vicepresidente de la Comisión Revisora del Código Procesal Civil. La Real Academia Española (RAE) dice que “magistrado” es aquel que en la carrera judicial tiene una categoría superior a la de juez. Lo que no dice es que tal definición ha sido incorporada atendiendo a su uso reiterado en España. Si previamente hubiera realizado una investigación elemental sobre su origen, habría descubierto que tal definición es una deformación. Ahora, no siempre los cambios errados se deben a que los estudios

Dilucidando el principio de complementariedad: La respuesta de la CPI a la apelación venezolana en “Situación de Venezuela I”

Por Luis Alejandro Pebe Muñoz, miembro del Grupo Interdisciplinario de Investigación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Pontificia Universidad Católica del Perú & Gabriel Fernando Espinoza Hito, Vicepresidente de la Asociación Civil Ius Inter Gentes de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales. La represión contra la sociedad civil y los políticos de oposición en la República Bolivariana de Venezuela (en adelante, “Venezuela”) es un hecho incontrovertible y se ha configurado como un posible crimen internacional. Como Estado parte del Estatuto de Roma (en adelante, el “Estatuto”), Venezuela debe cumplir con sus obligaciones internacionales, lo que requiere que las autoridades adopten medidas para prevenir tales violaciones y colaboren plenamente con las investigaciones pertinentes. La Corte Penal Internacional (en adelante,

Análisis de las actividades humanas en los humedales enfocado en el humedal Los Pantanos de Villa: Una visión a la legislación peruana y chilena

Por José Andrés Salas Silva, estudiante del último año de la carrera de Derecho por la Universidad Científica del Sur y Practicante Legal de Osinergmin Introducción En el distrito de Chorrillos, dentro de Lima Metropolitana, se encuentra el humedal Los Pantanos de Villa. Este ecosistema está protegido a nivel nacional bajo la categoría de refugio de vida silvestre, lo que le confiere una condición especial como área natural protegida (ANP). Además, a nivel internacional, Los Pantanos de Villa gozan de reconocimiento bajo la Convención Internacional de Humedales, siendo clasificado como sitio Ramsar. Por lo antes mencionado, el humedal destaca su relevancia ecológica y la necesidad de conservación para preservar su biodiversidad y funciones ecosistémicas. A pesar de su estatus de

Apuntes con relación a la inhibición registral: a propósito del reciente precedente de observancia obligatoria aprobado en el 283° del Tribunal Registral

Por Luis Diego Vargas Sequeiros, profesor de Derecho Civil en la PUCP, investigador del Observatorio Inmobiliario y Mercantil (OIM) del Vicerrectorado de Investigación VRI de la PUCP, abogado del Estudio Mendoza Del Maestro Consultores y Abogados & Harol Gustavo Giraldo Figueroa, bachiller en Derecho por la PUCP, investigador del Observatorio Inmobiliario y Mercantil (OIM) del Vicerrectorado de Investigación VRI de la PUCP, asistente de docencia del curso de Derechos Reales y asistente Legal en Abril Grupo Inmobiliario. INTRODUCCIÓN Nuestro ordenamiento jurídico ha previsto la creación de diversos órganos decisorios o entidades con autoridad y responsabilidad para la toma de decisiones importantes frente a los administrados. Desde luego, estos entes no deben estar alejados de la unidad y coherencia en sus

Consolidando la desmitificación: El Arbitraje de Contratación Pública no siempre favorece al contratista

Por Jean Luc Miranda Ugarte, estudiante de derecho en la Universidad de Lima. Ex-Coordinador General y actual miembro del Círculo de Estudios de Arbitraje de la Universidad de Lima. El arbitraje de contratación pública tiene como elemento distintivo la adversarialidad derivada de la contratación con el Estado y no precisamente con un particular. Y es que resulta novedoso y – ¿por qué no? – revolucionario[1] que no solo partes de la iniciativa privada puedan resolver sus controversias vía arbitraje, sino que también los particulares sometan al arbitraje sus diferencias contractuales con el Estado. Sin perjuicio de lo anterior, las críticas de importantes sectores de la sociedad al procedimiento arbitral siempre abundarán y, en particular, los cuestionamientos al arbitraje de contratación

El papel fundamental de los observadores electorales en regímenes autoritarios: un análisis de la Resolución Nº1/24 de la CIDH y su implementación en Venezuela

Por Luis Alejandro Pebe Muñoz, miembro del Grupo Interdisciplinario de Investigación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Pontificia Universidad Católica del Perú & Gabriel Fernando Espinoza Hito, Vicepresidente de la Asociación Civil – Ius Inter Gentes. En contextos autoritarios, los observadores electorales cumplen una función esencial al detectar fraudes y exigir el respeto a los derechos ciudadanos en entornos a menudo caracterizados por la violencia. Su rol de vigilancia y denuncia convierte a estos observadores en objetivos para los regímenes autoritarios, que perciben su presencia como una amenaza a su control absoluto. Dado que estos regímenes no pueden tolerar voces que desafíen la concentración del poder, buscan eliminar a cualquier observador que pueda cuestionar o exponer sus

Comentarios a la Ley N°32108, «Ley que modifica el código penal, la ley contra el crimen organizado, entre otros»

Por José Marcelo Allemant Florindez y Jhoel Matías Julca Vásquez, Socio del Área Penal de DLA Piper Perú y Asociado del Área Penal de DLA Piper Perú, respectivamente. En la actualidad, es necesaria la regulación normativa de las organizaciones criminales, en tanto es de uno de los fenómenos que más inquieta a la sociedad respecto a su seguridad. Esto se debe a que la existencia de este tipo de organizaciones generan “ordenamientos paralelos”, los cuales ponen en cuestionamiento la vigencia de las normas. En este contexto, en el que se realizan diferentes cambios normativos, se han puesto a debate modificatorias a la regulación mantenida en nuestro país respecto a este fenómeno criminal. El 09 de agosto de 2024, se publicó

¿Cuál es la finalidad de la Ley de Represión de la Competencia Desleal?

Por Saúl José Coca Guzmán, abogado civilista por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) con estudios de derecho alemán en el Heidelberg Latin American Center y asociado del área civil en Extraley Perú. Especialista del departamento de derecho civil y procesal civil del Centro de Investigación de los Estudiantes de Derecho (CIED) de la Universidad San Antonio Abad del Cusco (UNSAAC). Asociado y miembro del área de investigación del Círculo de Arbitraje con el Estado (CAE). Sumario.- 1. Introducción, 2. ¿Qué se entiende por actos o conductas de competencia desleal?, 2.1. La constitucionalidad de la libre y leal competencia, 3. La tipicidad y atipicidad de los actos o conductas de competencia desleal, 4. El efecto (real o potencial) de los

¿Es mejor un mal juicio a cualquier arreglo?: la ineficiencia de la regulación de la condena de costas y costos en el sistema de protección al consumidor

Por Gustavo Rodríguez García, Abogado PUCP. Magister por la Universidad Austral. Ha sido Summer Scholar por The Coase-Sandor Institute for Law & Economics en la Escuela de Leyes de la Universidad de Chicago, cuenta con estudios en Economía Conductual por la Escuela Booth de Negocios de la Universidad de Chicago y en Behavioral Insights & Public Policy por la Escuela de Gobierno Kennedy de la Universidad de Harvard. Si ha estudiado o estudia leyes, es altamente probable que haya escuchado o leído la frase “más vale un mal arreglo que un buen juicio”. La frase, siendo simple, transmite el mensaje claro de que, en general, es deseable arribar a una solución célere y voluntaria respecto de cualquier disputa antes que