Ley General de Sociedades

El derecho de solicitar inscripción de renuncias a cargos en el Registro de Sociedades (sin participación de la sociedad)

Por Joe Navarrete[1], Magister en Finanzas y Derecho Corporativo por ESAN, abogado en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y asociado Senior Santiváñez Abogados (2025). Introducción La presente entrada busca responder a una pregunta muy concreta: ¿qué hago si renuncio al cargo que tenía en una sociedad y dicha sociedad no formaliza la renuncia? O, aún peor: ¿qué pasa si me entero de que, sin mi consentimiento, he sido nombrado representante de una sociedad y requiero que se retire mi “nombramiento”? (Como sabemos, esta situación no se podría dar respecto de los directores de sociedades anónimas, ya que el artículo 152-A de la Ley General de Sociedades exige, desde el 2015, que el cargo de director sea expresamente aceptado

La Responsabilidad solidaria de los administradores que ejercen el cargo de dirección, administración o representación de la empresa bajo el nuevo criterio del Indecopi

Por Manuel Valvas, Legal Assitant en KPMG en Perú, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con especialidad en Derecho de Protección al Consumidor por la misma casa de estudio. Introducción: En el ámbito del Derecho Mercantil, la responsabilidad solidaria de los administradores, como gerentes, directivos y/o representantes legales, consiste en la posibilidad de que estos puedan ser considerados responsables de manera conjunta no solo por infracciones administrativas, sino también por aquellas de carácter civil y/o penal cometidas por la entidad que representan. En otras palabras, esta figura jurídica busca asegurar que aquellos que tienen la capacidad de tomar decisiones dentro de una organización, respondan por las infracciones generadas bajo su gestión o supervisión. En Perú, el Instituto Nacional

Privatización de Petroperú: ¿Una solución viable a crisis actual?

Por Enfoque Derecho I. Contexto La cuestión sobre la empresa pública en Perú siempre ha sido un tema sumamente controvertido. Los últimos 40 años dejaron bastantes ejemplos de la ineficiencia de este tipo de empresa en nuestro país. Empero, después de las privatizaciones de los años 90’s, la presencia de las empresas públicas en el mercado peruano se redujo considerablemente. A pesar de ello, existieron algunas empresas del Estado que resistieron la política de privatización de por aquel entonces; entre ellas, se encuentra Petroperú, la cual en el último año ha adolecido de una profunda crisis sin precedentes. Debido a esta crisis, el pasado 13 de mayo, el renunciante directorio de Petroperú emitió un comunicado donde alertaba al público de

Mayor flexibilidad en las formalidades para la aceptación del cargo de director

Por Mariano Peró, abogado por la PUCP, Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Columbia y asociado senior de Cuatrecasas. El 4 de noviembre de 2015 se promulgó la Ley N° 30354, Ley que modifica la Ley 26887, Ley General de Sociedades, sobre el cargo de director y las actas del directorio, que incorporó un nuevo artículo 152-A en la Ley General de Sociedades (LGS)[1]. Esta ley estableció que la aceptación del nombramiento como director debe ser de manera expresa, por escrito y con firma legalizada ante notario o juez, sea este titular, alterno o suplente, y haya sido la elección realizada en el acto fundacional, por la junta general de accionistas o por el propio directorio mediante el

La modificación de la denominación social en la Sociedad Anónima

Por Joe Navarrete, Magister en Finanzas y Derecho Corporativo por ESAN, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Asociado Senior Martinot Abogados. Introducción Las sociedades, las cuales son personas jurídicas, deben, al igual que las personas naturales, tener un “nombre” para su identificación en el “mundo jurídico”. A nivel técnico dicho “nombre” viene dado por una denominación social o por una razón social, “según corresponda a su forma societaria”, tal como lo establece la primera parte del artículo 9 de la Ley General de Sociedades. En lo que respecta a las sociedades anónimas, la primera parte del artículo 50 de la Ley General de Sociedades establece que la “sociedad anónima puede adoptar cualquier denominación, pero debe figurar

Los beneficios de la implementación de la figura del ‘squeeze-out’

Por Jose Ignacio Porto, asociado de Garrigues (Perú), abogado por la Universidad de Lima. En los últimos años la figura del denominado squeeze-out se ha venido popularizando, y ha sido adoptada por algunos ordenamientos legales. Sin embargo, su implementación viene acompañada de cierto escepticismo debido a que, en su seno, esta figura trata de la privación de las acciones de los accionistas minoritarios en favor de un accionista en control. El squeeze-out es un método de adquisición del control absoluto en una sociedad que cotiza en bolsa en el marco de una Oferta Pública de Adquisición (OPA). Mediante este método, el accionista (oferente) que adquiera un porcentaje significativo de las acciones en la sociedad, con el fin de excluir a

Requisitos de claridad y precisión en la convocatoria y agenda para la modificación del estatuto de una sociedad

Por Mariano Peró, abogado por la PUCP, Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Columbia y asociado de Miranda & Amado Abogados. Mediante la Resolución Nº 511-2023-SUNARP-TR del 6 de febrero de 2023, que recayó sobre una solicitud de inscripción de la modificación de estatuto de Interconexión Eléctrica Isa Perú S.A., el Tribunal Registral señaló que, para la modificación del estatuto de una sociedad, no basta con señalar en la convocatoria la indicación genérica y usual de “modificación parcial de estatuto”, sino que deberá consignarse la materia o el número de artículo del estatuto que se someterá a modificación, a menos que se hayan encontrado presentes accionistas que representen la totalidad de las acciones suscritas con derecho a voto. Al

Derecho de preferencia: ¿Cómo interpretrarlo en transferencias indirectas?

Por Diego Carrión, Socio del área Mercantil, M&A y Private Equity del estudio Cuatrecasas. Master of Laws Harvard Law School. Licenciado en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. En la práctica comercial, es usual que los accionistas se otorguen derechos de preferencia ante la disposición sobre sus distintos activos (especialmente ante la posible disposición de sus acciones). Así, es usual que en los estatutos sociales o en acuerdos privados se regulen estos derechos de preferencia (y en la ausencia de estos acuerdos o disposiciones estatutarias, pueden aplicar supletoriamente el derecho de adquisición preferente regulado en la Ley General de Sociedades para los casos de transferencias de acciones). Sin embargo, ¿qué sucede cuando el derecho de preferencia es otorgado por

Sociedades BIC: ¿Cómo fomentar su creación en el Perú?

Por Ricardo Vargas Llerena. Estudiante de Derecho en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, miembro principal del Taller de Derecho Empresarial y Financiero – TADEF y conciliador extrajudicial acreditado por el Ministerio de Justicia y Derecho Humanos. 1.Introducción En el año 2015, diversos jefes de estado suscribieron la Agenda 2030, la misma que contenía los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible direccionados a la erradicación de la pobreza, la protección del planeta y el aseguramiento de la prosperidad para todos. Empero, para la concretización de estos, se requeriría del apoyo en creatividad, conocimiento, tecnología y recursos financieros, tanto de los gobiernos como de la sociedad civil y del sector privado. Este último a partir de que la población y las

¿Cómo potenciar el desempeño del cargo de director en la convocatoria y celebración de la Junta Anual de Accionistas?

Por Rogelio Gutiérrez, socio de Impuestos y Servicios Legales para la Región Andina de Deloitte Spanish Latin América La Ley General de Sociedades, Nro. 26887, en su artículo 111 reconoce a la Junta General de Accionistas como el órgano supremo de las sociedades peruanas. La norma también define al directorio como el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas, que tiene a su cargo la administración de la sociedad. En tal sentido, las sociedades peruanas circunscriben sus actividades económicas, negocios y operaciones a lo dispuesto en su objeto social durante todo un ejercicio calendario que celebra, de forma progresiva, sesiones presenciales o virtuales del directorio y la Junta General de Accionistas. A su vez, documenta en estados financieros,