Internacional

Panorama introductorio en torno a los privilegios e inmunidades en el Derecho internacional

Por Pierina Urrutia, Asistente Legal de la Dirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores, y Pablo Rosales, abogado de la Oficina de Derecho Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Magíster en Ciencia Política y Gobierno con mención en Relaciones Internacionales por la PUCP. La presente nota tiene como propósito presentar un panorama introductorio de los diversos regímenes de privilegios e inmunidades en el marco del Derecho internacional. Esta es un área poco examinada por la doctrina nacional[1], pero cuya importancia se ve en la práctica diaria de las relaciones internacionales. Los privilegios e inmunidades comprenden el conjunto de garantías que un Estado receptor otorga a otro sujeto de Derecho internacional (especialmente, un Estado o una organización internacional), a

Establecimientos consulares en las fronteras: El debate entre necesidad pública y seguridad nacional.

Por Carlos Zecenarro Monge, abogado graduado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Máster en Administración por la University of Wales.  Con fecha 24 de enero del año 2017, se publica en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo 001-2017-RE, mediante el cual se declara de necesidad pública el que cualquier Estado pueda adquirir o poseer bienes inmuebles dentro de los cincuenta kilómetros de la frontera, con fines de instalación de un local consular y residencia de funcionarios consulares, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963. Adicionalmente, dicho decreto: 1) declara de necesidad pública que toda organización u organismo internacional  y sus funcionarios extranjeros, gocen de la referida facultad; y, 2) establece

El caso Miller y la judicialización del Brexit

Por Alberto Cruces Burga, abogado por la PUCP, asesor Jurisdiccional del Tribunal Constitucional, adjunto de docencia en los cursos Derechos Fundamentales y Seminario de Integración en Derecho Constitucional de la PUCP y profesor del Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional. El pasado 24 de Enero la Corte Suprema del Reino Unido decidió el caso “Miller” en el que de forma definitiva se resolvieron algunos aspectos centrales para dar forma a la salida del Reino Unido de la Unión Europea. El propósito de este artículo es hacer una breve revisión de este proceso, dando cuenta de los principales argumentos presentados en los dos tribunales que resolvieron en primera y segunda instancia, así como del estado de la cuestión fruto de

Entrevista a la Dra. Cristina Blanco sobre el cumplimiento de la sentencia condenatoria al ex presidente Francisco Morales Bermudez

Enfoque Derecho conversó con Cristina Blanco, coordinadora académica y de investigaciones del IDEHPUCP y profesora de la facultad de Derecho de la PUCP, sobre la sentencia emitida por la justicia italiana contra el ex presidente Morales Bermúdez. Enfoque Derecho: Tratándose de una sentencia emitida por una Corte Penal extranjera, ¿cuál es el procedimiento a desarrollarse en Perú para hacerla efectiva? Cristina Blanco: Lo primero a considerar es que estamos ante una sentencia de primera instancia, que muy probablemente va a ser apelada por los condenados y también por la parte civil. Por el momento, más de uno de los implicados en el caso ha anunciado que presentará recursos de apelación contra este fallo, incluyendo la defensa de Morales Bermúdez. En

Entrevista a Alonso Gurmendi: Análisis del caso Ugarteche desde una perspectiva internacional

En esta oportunidad, Enfoque Derecho conversó con Alonso Gurmendi, abogado por la Universidad de Lima y Magíster en Estudios Internacionales con especialización en Derechos Humanos por la Universidad de Georgetown, sobre los alcances de la sentencia emitida a propósito del caso Ugarteche, desde una perspectiva internacional. Enfoque Derecho: En la sentencia se hizo referencia a los principios de Yogyakarta. En términos generales,  ¿en qué consisten estos? Alonso Gurmendi: Son parte de lo que se conoce como Softlaw (Derecho Suave), consisten en una serie de principios que fueron negociados por expertos en la ciudad de Yogyakarta, Indonesia. Regulan los Derechos Humanos en relación con la orientación sexual e identidad de género. No son una ley o un tratado, son principios que

¿Está Perú obligado a reconocer solo 12 millas marinas como mar territorial ante la comunidad internacional?

Por Raymar Villena Chumbiauca, abogado, egresado de la maestría en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Resolución de Conflictos con mención en Defensa Nacional por el Centro de Altos Estudios Nacionales. Docente de la Universidad Privada Telesup. En enero de este año se han cumplido dos años de que la Corte Internacional de Justicia – CIJ emitiera el fallo que  resolvió el diferendo marítimo Perú c. Chile. Sin entrar en detalles sobre dicho fallo, analizaremos brevemente si Perú está obligado a reconocer las estipulaciones de La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), en lo concerniente a la extensión y características de lo que tradicionalmente ha denominado “su mar territorial”. ANTECEDENTES En el contexto del artículo 54º de

¿Puede la Corte Penal Internacional juzgar los crímenes ambientales?

A mediados de septiembre, la Corte Penal Internacional (CPI) publicó un documento titulado “Policy paper on case selection and prioritisation”, el cual orienta cómo la Oficina del Fiscal de la CPI ejerce sus facultades en la selección y priorización de casos. En la parte de criterios de selección, el texto indica que se prestará especial consideración a la persecución de los crímenes que tengan como resultado la destrucción del medio ambiente, la explotación ilegal de los recursos naturales o el despojo ilegal de tierras. A partir de ello, algunos medios de comunicación afirmaron que este documento permitiría que la CPI pueda juzgar crímenes ambientales, afirmación que no es del todo cierta. De acuerdo con el Estatuto de Roma, la CPI

Colombia: ¿la guerra o la paz?

La constante histórica de la civilización es que el ser humano ha vivido más años en guerra que en paz, según Toynbee.  Nos referimos no solo a las guerras internacionales, sino también a las guerras civiles y  los conflictos internos. Por eso modernamente, el Derecho Constitucional y en particular el Derecho Internacional han surgido como formas jurídicas de garantizar la paz y/o procesar el conflicto, mediante el establecimiento de un orden jurídico que reconozca derechos a los Estados, como libertades a los pueblos y a sus ciudadanos.  En la historia moderna, ante la imposibilidad de que unos Estados derroten a otros Estados durante las guerras de religión, por ejemplo, Maquiavelo en “El príncipe” buscó secularizar el poder de la autoridad,