Internacional

#ObamaDerogaElDecretoYA

#ObamaDerogaElDecretoYA es el hashtag de la campaña de oposición al Decreto Ejecutivo promulgado por el presidente Obama que impone restricciones financieras y migratorias a un grupo de funcionarios del gobierno venezolano. En términos sencillos,

A 15 años del Conflicto Armado en Perú: ¿conocemos la verdad de lo ocurrido?

El día de hoy, 24 de marzo, se celebra por cuarta vez desde su proclamación en la Asamblea General de la ONU el Día Internacional para el Derecho a la Verdad en relación con las Violaciones Graves a los Derechos Humanos y para la Dignidad de las Víctimas. Con el reconocimiento de esta fecha, se busca que los individuos recordemos, al menos una vez al año, la importancia de promover la construcción de una memoria histórica sobre las violaciones masivas a los DDHH bajo graves contextos de violencia; y que reflexionemos sobre los acciones que aún quedan pendientes para que los familiares de las víctimas vean garantizado su derecho de conocer la verdad de lo ocurrido con respecto a sus seres queridos. En razón a esto, en el presente artículo se abordará brevemente la importancia del derecho a la verdad y su aplicación práctica sobre un tema largamente relegado: las personas desaparecidas durante el Conflicto Armado Interno en nuestro país.

La Corte Penal Internacional: algunas insuficiencias y contradicciones

Sin lugar a dudas, la Corte Penal Internacional (CPI) constituye el mayor desarrollo del Derecho Penal Internacional hasta la fecha. En efecto, muchos autores consideran que la polémica situación presentada en los Juicios de Núremberg logró que la comunidad internacional tome conciencia sobre la necesidad de que dicha rama del Derecho evolucione y se adapte a fin de evitar que se repita la problemática con la que tuvo que lidiar el Tribunal Militar de Núremberg, resultando así en la creación de la CPI.

¿Cuánto cuesta ser violada?

El 20 de noviembre de 2014 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó su más reciente sentencia contra el Estado peruano, referida al Caso Espinoza Gonzáles vs. Perú. En ella concluyó que el Estado peruano vulneró los derechos a la libertad personal (artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), integridad personal (artículo 5), protección de la honra y dignidad (artículo 11), garantías judiciales (artículo 8) y protección judicial (artículo 25), además del incumplimiento del deber de no discriminar (artículo 1.1), en perjuicio de Gladys Carol Espinoza Gonzáles. En los últimos días diferentes medios de comunicación (ver aquí, aquí y aquí) han cuestionado la sentencia básicamente por los siguientes argumentos: 1) el monto de la reparación económica ordenada (US$ 105 000) resulta demasiado alto considerando la pertenencia de Gladys Espinoza al Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA); 2) la sentencia obliga a abrir un proceso disciplinario a los jueces peruanos que conocieron el caso en sede interna, lo que está vinculado al hecho de que en el fuero interno no constató la existencia de actos de violencia sexual y tortura, por lo que la Corte no puede señalar que estas ocurrieron; y 3) lo obtenido por Gladys Espinoza revela una estrategia de estos movimientos subversivos para reactivarse y empoderarse, tal como ha ocurrido con el caso de Mónica Feria Tinta, resuelto por la Corte Interamericana en el año 2012, donde también se declaró la responsabilidad internacional del Estado peruano, lo cual estaría sirviendo de plataforma para que el Sistema Interamericano declare nula su condena.

No hay primera sin segunda: Sobre el segundo caso presentado por Renée Levy contra el Perú ante el CIADI.

Por segunda vez, la inversionista de nacionalidad francesa Renée Levy demandó al Perú ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (en adelante CIADI) y, nuevamente, nuestro país salió airoso. El Tribunal del CIADI decidió que no podía ejercer su jurisdicción sobre la diferencia que le planteaban la señora Levy y la empresa Gremcitel. Además, ordenó que las demandantes asumieran los costos del arbitraje y le pagarán al Perú 1.5 millones de dólares por honorarios legales y otros gastos en los que nuestro país incurrió con motivo del arbitraje.

¿Cuánto hemos avanzado para erradicar la violencia contra la mujer?

El pasado noviembre se adoptó la versión preliminar del Segundo Informe de Seguimiento a la Implementación de las Recomendaciones del Comité́ de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, «Convención de Belém do Pará» (MESECVI). Para quienes no están familiarizados, el MESECVI es el espacio encargado de analizar los avances en la implementación de la Convención de Belem do Pará por sus Estados parte, así como los desafíos persistentes en las respuestas estatales ante la violencia contra las mujeres.

La familia Chaupe como beneficiaria de las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

El 5 de mayo de 2014, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante Resolución 9/2014, solicitó al Estado peruano adoptar medidas cautelares para garantizar la vida y la integridad personal de 46 líderes y lideresas de las comunidades y rondas campesinas, los integrantes de la familia Chaupe, el rondero Luis Mayta y el comunicador social Cesar Estrada[1]. Ello por los constantes actos de hostigamiento, amenazas y violencia que estaban – y están – recibiendo en el marco de su trabajo con las comunidades y rondas campesinas en la defensa de sus derechos frente a la imposición del inconsulto y no consentido Megaproyecto Minero Conga. La CIDH consideró que la situación de tales líderes y lideresas reunía prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad del art. 25 del Reglamente de la CIDH[2].

A un año del Fallo de la Haya: Entrevista a Óscar Vidarte

El 27 de enero de 2015, se cumplió un año desde que se dictó el Fallo de la Haya que resolvió el diferendo marítimo entre Perú y Chile. A propósito de ello, Enfoque Derecho entrevistó a Óscar Vidarte, Internacionalista y Profesor en la PUCP.

Nunca Más

Hace 70 años, el 27 de enero de 1945, tropas del Ejército Soviético liberaron Auschwitz-Birkenau, el mayor y más infame campo de exterminio nazi. Lo que encontraron allí fue espantoso. Durante cuatro años, los administradores del campo emprendieron una campaña de exterminio que acabó con la vida de más de un millón de personas, entre judíos, testigos de jehová, romanos, homosexuales y prisioneros de guerra. En el agregado, el Holocausto causó la muerte de 11 millones de personas (6 millones de ellas, judías) y dio origen a lo que hoy llamamos “genocidio”: el intento sistemático y deliberado de exterminar a una población.