Administrativo

El peligro general de una policía criminal

Por Marcelo Castilla y Sebastian Guzmán, alumnos de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembros de la Comisión de Actualidad Jurídica de la Asociación Civil Themis. En las últimas semanas, los medios de comunicación hicieron público un informe de la Inspectoría General de la Policía Nacional en el que se investiga a casi un centenar de elementos policiales, entre oficiales y suboficiales, que habrían ejecutado ilegalmente a aproximadamente 27 presuntos delincuentes, con la finalidad de lograr un ascenso en el escalafón de la institución. Para ello, no solo habrían montado falsos operativos, sino que fueron los propios policías quienes, a través de colaboradores infiltrados en los grupos criminales, otorgaban “datos” a los delincuentes con el fin de que elijan “atacar” en escenas ya

Puntos de vista sobre los principales criterios resolutivos adoptados en los procedimientos administrativos sancionadores del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)

Mesa redonda (4) con María Luisa Egusquiza Mori (1), María Julia Aybar Solís (2) y Vito Verna Coronado.(3) Resumen: En la presente mesa redonda se ha logrado reunir a la Presidenta de un organismo público ambiental (OEFA), a la Gerente Legal de una empresa privada que desarrolla actividades de hidrocarburos (Perú LNG S.R.L.), y al Socio responsable del área ambiental en un estudio jurídico de abogados (estudio Grau Abogados), quienes presentan sus opiniones acerca de los principales criterios resolutivos adoptados en los procedimientos administrativos sancionadores del OEFA. De esta manera, se permite al lector conocer las posiciones de los principales agentes que participan en el desarrollo de actividades económicas sobre el ambiente. En el mes de abril del 2016, el

Comentarios a la legislación peruana de recursos hídricos: La autorización de vertimiento de aguas residuales

Por Gonzalo Puertas Villavicencio, Abogado por la Universidad de Lima (*). Introducción En el Perú, el dominio del agua es ejercido por el Estado en función al interés general de la Nación. Su utilización requiere de un derecho de uso otorgado por la autoridad competente y de títulos habilitantes adicionales que no autorizan a usar agua pero se constituyen en requisitos previos o complementarios para hacerlo. Así, en permisología de aguas, podemos hablar del género títulos habilitantes y la especie derechos de uso de agua, de modo que todos los derechos de uso de agua son títulos habilitantes pero no viceversa. Género y especie están sujetos a reglas comunes y particulares. Veamos a qué grupo pertenece la Autorización de Vertimiento de

Autopurificación jurisprudencial en Indecopi: controlando medidas correctivas como barreras burocráticas.

En el marco de un procedimiento iniciado por la presunta infracción a las disposiciones contenidas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, la autoridad cuenta con la facultad de, entre otras cosas, ordenar que el proveedor cumpla con ciertas medidas correctivas. Así, si usted denuncia que una determinada empresa le efectuó un cobro indebido –por ejemplo, por cien soles- y resulta vencedor, Indecopi no solo sancionará a la empresa sino que también ordenará que se abstenga de cobrar el monto aludido o, si ya lo hubiera cobrado, ordenará la devolución del mismo. No es el momento para hacer un análisis detenido respecto de la configuración de estas medidas correctivas. Debe señalarse, eso sí, que la redacción de algunas

La fama, la infamia y la protección al consumidor espontánea: El poder de la reputación versus la regulación tradicional.

En la película “The Insider” interpretada por Russell Crowe y Al Pacino, se pronuncia la frase “fame has a fifteen minute half-life, infamy lasts a little longer”. En el mundo en el que vivimos, esta sola frase pone de manifiesto la importancia de obtener y conservar una buena reputación en el mercado. De hecho, la infamia no dura tan solo “un poco más” que la fama sino que puede ser la ruina de una empresa. La difusión de señales reputacionales en Internet, por ejemplo, hace que la evolución de las comunicaciones represente –aunque se la suela ver como un peligro– una herramienta poderosa de protección de los intereses de los consumidores. El comercio se ve facilitado por señales de respaldo

La esquizofrenia de la consulta previa: Consulta “previa” vs consulta “informada”

Por Juan Carlos Ruiz de Molleda, abogado por la PUCP, coordinador del área de Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal y especialista en los derechos de los pueblos indígenas. Uno de los temas de fondo que la consulta previa del Proyecto Hidrovías -ya concluida- nos planteó en la etapa de diálogo en Iquitos en setiembre pasado fue el debate en torno a cuándo o en qué momento se debe realizar el proceso de consulta previa. Este fue precisamente un punto de debate y de tensión entre los Pueblos Indígenas (PPII) y el Ministerio de Transportes  Comunicaciones y Proinversión, como entes promotores del procesos de consulta previa. Como su nombre lo dice, la consulta a los PPII debe ser “previa,

Sobre Huertos, Frutas y Administradores

Por Carlos Andrés Gómez Ramos, ex miembro de la Asociación Civil Themis y practicante del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados Cuando era niño, a un amigo, por su décimo onomástico, le pareció interesante emprender un proyecto agrícola en el jardín de su casa. Agarró una porción de tierra y en su cándido optimismo se dispuso iniciar el manejo de un pequeño huerto, esparciendo semillas de todo tipo de árboles frutales, vegetales y especies. Esta divagación es un breve relato sobre lo que pasó y sigue pasando con aquel huerto y quizás así dar con algunos vestigios del porqué. En las últimas semanas, junto con las ya clásicas aventuras de la pareja presidencial, y la pregunta ulterior a cada titular que figura en

Regulando el Internet: El Proyecto de Reglamento de Neutralidad de Red

Por Sebastian Gamarra Abarca, Asociado de Miranda & Amado Abogados El 8 de septiembre de 2015, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) emitió la Resolución de Consejo Directivo No. 104-2015-CD/OSIPTEL mediante la cual dispuso la publicación del Proyecto de “Reglamento de Neutralidad de Red” (el “Reglamento”). Dicha norma tiene por objeto desarrollar regulaciones específicas que definan “el tipo de tratamiento que recibirán, por parte del regulador, diversas prácticas de administración de red, gestión de tráfico, entre otras, que incidan en el cumplimiento de las obligaciones relativas a la Neutralidad de Red”. Pero ¿qué es la Neutralidad de Red? De acuerdo con Stiegler, la Neutralidad de Red es un principio, dirigido principalmente a los Proveedores de Acceso a Internet

Editorial: La nueva ley de las “narcoavionetas”

El pasado jueves 20 de agosto, el Congreso de la República aprobó con 89 votos a favor la ley de control, vigilancia y defensa del espacio aéreo peruano. La norma aún no ha sido publicada en el Diario El Peruano, no obstante ya se ha sido motivo de diversas opiniones debido a que faculta a la Fuerza Aérea del Perú (FAP) derribar las aeronaves que recaigan en la “sospecha razonable” de estar involucradas en tráfico ilícito de drogas. Al respecto, el congresista Carlos Tubino y autor de la iniciativa, ha sostenido la necesidad de la norma ya que solo en el último año 180 toneladas de droga salieron de nuestro país por vía aérea y remarcó que la actual estrategia de destruir las pistas clandestinas no ha funcionado. Sin perjuicio de que los argumentos que respaldan esta iniciativa legislativa sean totalmente válidos, no resulta menos irrelevante preguntarnos: ¿Es proporcionada la medida del derribo de avionetas bajo la sospecha de tráfico ilícito de drogas? ¿Cuáles son los criterios o estándares para analizar la validez del uso de la fuerza? ¿Un mal uso de esta facultad por las FAP no podría generar consecuencias perjudiciales? En el presente editorial analizaremos y responderemos estas interrogantes.

Consecuencias regulatorias asimétricas en la política de protección al consumidor

Imagine que usted ha sido designado como funcionario público con facultades para disponer el cese de comercialización de un producto defectuoso o para establecer sanciones económicas en casos en los que, se cree, cierta información potencialmente valiosa para los consumidores no fue revelada por el proveedor del producto o servicio. Como funcionario designado, su labor se encuentra bajo el escrutinio público. Advierta, además, que la defensa del consumidor siempre ha sido un tema rentable en términos políticos por lo que usted debe esperar campañas periodísticas y presión de ciertos grupos que impulsan acciones orientadas a golpear a empresas supuestamente infractoras antes que a educar a los consumidores supuestamente afectados.