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ED: Luego de la lectura de la sentencia, ¿qué sigue para la respectiva ejecución? RE: Es una etapa que viene inmediatamente. Para que sea ejecutado, la aceptación no solo debe ser explícita, sino con una disposición de ser consecuente con lo que se dice. ¿Eso qué implicaría? Pongamos un ejemplo: un nuevo convenio de pesca entre Perú y Chile; porque si se mueve en algo el límite, en caso sea a favor nuestro, algunas naves de pesca artesanal y de anchoveta chilena ya no podrían entrar a esta zona por ser territorio peruano. La otra cuestión es una estrategia para fortalecer vínculos diplomáticos, políticos, culturales, como lo que hicimos con Ecuador. Una disposición entre ambos países en la consciencia de que “se pasó la página” para acercar relaciones en distintos niveles.
ED: El día lunes, se publicó la Ley 30151 que modifica el Artículo 20, Inciso 11) del Código Penal. Se ha producido una polémica entorno a ello, se señala que la modificatoria es una licencia para matar, una carta blanca para los miembros de la Policía y de las Fuerzas Armadas. ¿Qué opinión le merece esto? CB: Primero, es que es una ley innecesaria, porque la ley que esta modifica (el Art. 20, Inc. 11 del Código Penal) ya era una exoneración de responsabilidad para los policías y militares. Lo que se está haciendo con esta modificación es laxar los requisitos para esta exoneración. Antes, se decía que no tenían responsabilidad penal los policías y militares que en ejercicio de sus funciones utilizacen armas de fuego de manera reglamentaria. El uso reglamentario es el que se elimina con esta modificatoria. Entonces, se da mucha más flexibilidad y libertad para que los policías utilicen sus armas de fuego; esto, lamentablemente, es impunidad, porque si hay un exceso o abuso por parte de la Policía, entra también en esta exoneración de responsabilidad. En buena cuenta, es una licencia para matar la que se le otorga a los policías y militares.
Hace unos días leí un artículo interesante en un blog de Semana Económica sobre la concentración de medios (http://semanaeconomica.com/medio-legal/2014/01/07/preguntas-y-respuestas-a-la-concentracio n-de-medios). Lejos de establecer una opinión, el autor dibujó un mapa que retrata la situación que vive el Grupo El Comercio (GEC) tras la compra de Epensa y ante la acción de amparo interpuesta por un grupo de periodistas.
El pasado 9 de diciembre la Comisión de Educación del Congreso aprobó el proyecto de Ley Universitaria. De este articulado cabe destacar la formación de la SUNAE – Superintendencia Nacional de la Educación Universitario-. Este órgano, según lo indicado en el artículo 12 del proyecto de ley, será un “organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, que tendrá a su cargo normar, regular y coordinar la educación universitaria”.
El reciente anuncio que flexibiliza la política del hijo único en China al punto de que si uno de los padres es hijo único, la pareja pueda tener un segundo hijo, en vez de lo que sucedía anteriormente, cuando ambos debían ser hijos únicos para que se les permita tener un segundo hijo, probablemente tenga algún efecto sobre la tasa de natalidad china. Como consecuencia de la política del hijo único debe haber un gran número de hijos únicos, ahora adultos, en China. Esta política fue instituida en 1981, lo que significa que en la actualidad cualquier persona menor de 31 o 32 años nació durante el periodo de aplicación de ésta y ahora muchas de esas personas están en edad para contraer matrimonio. ¡Entonces, la modificación de la política hará que los hijos únicos sean más fáciles de casar! Por lo tanto, si se espera que la política modificada continúe por muchos años, las parejas casadas tendrán un incentivo para continuar teniendo solo un hijo para así mejorar las perspectivas de matrimonio de sus hijos.
Déjeme llevarlo por un momento a un futuro en el cual el Congreso aprobó el proyecto de ley universitaria que actualmente está por debatirse en el pleno. Le voy a describir una serie de cosas que no podrían suceder en ese futuro debido a las prohibiciones que habría establecido la ley.
Tener la capacidad de proponer legislación es un poder que debe ser usado cuando corresponde únicamente. La teoría económica sobre el proceso de creación de reglas legales es interesante, pero una discusión sobre todos los asuntos involucrados (el costo de oportunidad de la creación legislativa en un tiempo determinado, entre otros factores) sería extenderme demasiado.
Lo que parece haber en este gobierno es una falta de indignación y una visión reduccionista de los problemas que acarrean el país. Así el resguardo de los patrulleros a la casa de Lopez Meneses se tratase simplemente de una práctica habitual de corrupción en la PNP –algo bastante ingenuo de afirmar-, dicha práctica resulta a todas luces escandalosa.
En conclusión, y aprovechando que la ley fue objetada por el Presidente al considerarla inconveniente, creo que el Congreso debería aprender algo: ¡No regule lo que funciona bien, los mercados son inteligentes!
¿Cómo transformar un sistema de aportes a los partidos en un sistema transparente y sencillo de fiscalizar por parte de la ciudadanía?

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