El pasado 18 de junio, el Congreso de la República promulgó, pese a las observaciones realizadas por el Poder Ejecutivo, la ley que establece de manera permanente que las gratificaciones no estarán afectas a aportaciones, contribuciones o descuentos. La norma implica que se abonará directamente al trabajador el 9% de su remuneración, antes destinado como aporte al Seguro Social (EsSalud). Ante esta coyuntura, el presente editorial analizará la norma en cuestión.
Esta semana, el 43° Juzgado Penal de Lima declaró fundada en parte la demanda de hábeas corpus presentada por Nadine Heredia contra el fiscal Ricardo Rojas. Según la defensa de la Primera Dama, se habría afectado el derecho constitucional al debido proceso al reabrir la investigación por el delito de lavado de activos que fue archivada en el 2010 y que tiene naturaleza de cosa decidida. Por ello, la Fiscalía no podría investigar a la presidenta del Partido Nacionalista por los aportes recibidos en su cuenta bancaria entre octubre de 2005 y marzo de 2009. No obstante, ¿es realmente cierto lo que alega la defensa de Nadine Heredia? ¿El fallo que se ha emitido va acorde a lo que indica nuestro ordenamiento jurídico? Mediante este editorial, atenderemos dichas incógnitas.
El pasado lunes 2 de junio, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia 0057-2013-PA/TC, donde declaró infundado el proceso de amparo interpuesto por la Sra. Rosalía Huatuco Huatuco, quien alegaba haber sufrido un despido arbitrario y solicitaba su reposición al puesto de secretaria judicial. Asimismo, y de conformidad con el artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, estableció como precedente vinculante que solo procederá la reposición laboral a plazo indeterminado por desnaturalización de un “contrato temporal” o “contrato civil” cuando el demandante haya ingresado por concurso público de méritos a una plaza presupuestada y exista una vacante de duración indeterminada. ¿Cuál es el problema de fondo que intenta resolver la sentencia? ¿Este nuevo precedente realmente lo soluciona? Esto es lo que buscaremos analizar en el presente editorial.
Érase un 11 de septiembre de 2011 cuando el presidente Ollanta Humala promulgó la Ley de Consulta Previa y, con ello, parecía ser que se garantizarían los derechos de los pueblos indígenas en las actividades económicas que tengan impacto sobre ellas. No obstante, esta semana algunos medios de comunicación han enfatizado que en los últimos meses de trabajo, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) emitió 16 resoluciones directorales que autorizan el inicio de actividades de explotación minera en zonas donde hay población indígena sin haber proceso alguno de consulta previa. Es decir, el MINEM estaría incumpliendo groseramente con esta ley que ahora parece ser solo letra muerta. Ante ello, el presente editorial analizará las implicancias de la consulta previa y su importancia en el contexto peruano.
El pasado 19 de mayo, cientos de invasores fueron desalojados de Tablada de Lurín, una zona arqueológica prehispánica ubicada en el distrito de Villa María del Triunfo. Este penoso acontecimiento ha puesto en evidencia, una vez más, la crítica situación que enfrenta nuestro Patrimonio Cultural. En efecto, en el 2013, se determinó que el 60% de sitios arqueológicos ubicados en Lima Metropolitana corría peligro de ser invadido. A su vez, apenas el 12% de estos se encontraba debidamente inscrito en Registros Públicos, lo cual facilitaría su venta por terceros. Ante estas preocupante cifra, el presente editorial analizará si la protección brindada a estas áreas resulta efectiva.
En mayo de 2014, Magaly Solier denunció haber sido víctima de acoso sexual dentro de un bus del Metropolitano. La actriz alegó que su supuesto agresor, Daniel Durand, habría incurrido en el delito de exhibiciones y publicaciones obscenas. Un año después, Solier anunció que su denuncia había sido archivada por el 57vo. Juzgado Penal de Lima. ¿La razón? La jueza encargada de ver el caso calificó la acusación como una “simple querella”, cuya denuncia debió ir acompañada de pruebas y testigos. ¿Fue justificado el accionar de la jueza? ¿Qué clase de precedente deja para casos similares? Estos cuestionamientos serán resueltos en el presente editorial, en donde evaluaremos el archivamiento de esta denuncia.
Los enfrentamientos entre manifestantes y la Policía (PNP) durante las protestas en contra del Proyecto Tía María van dejando como saldo una gran cantidad de heridos y tres muertos. Ante esta preocupante situación, el pasado viernes, se autorizó mediante la Resolución Suprema 105-2015-IN, la intervención de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) en la provincia de Islay (Arequipa) con la finalidad de apoyar en el restablecimiento del orden interno del 09 de mayo al 07 de junio. Debido a la naturaleza de la medida y las limitaciones que debe tener el uso de la fuerza por parte del Estado, la decisión ha suscitado polémica. Por ello, en el presente editorial, se analizará si las FF.AA pueden y deben intervenir en este conflicto al sur del país.
El pasado martes, la Presidenta de Chile, Michelle Bachelet anunció que en septiembre su país iniciará un proceso de reforma constitucional para sustituir su actual Carta Magna. La medida ha sido criticada por algunos sectores, quienes señalan que se trataría de un intento de desviar la atención de la crisis política que actualmente enfrenta ese país. Sin embargo, hay quienes señalan que mediante la reforma total de la Constitución de 1980, heredada de un gobierno militar y dictatorial, se sientan las bases para la consolidación de instituciones más democráticas y representativas de los verdaderos intereses de la ciudadanía. En este contexto, el presente editorial analizará la importancia de un proceso como este y determinará si en el Perú es necesario uno similar.
El pasado martes 21 de abril, la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso aprobó por unanimidad el Proyecto de Ley de Protección Animal (3371/2013-CR), el cual será discutido próximamente por el Pleno. Esta iniciativa legislativa tiene como finalidad garantizar la protección y bienestar de los animales domésticos y silvestres. De ser aprobada, reemplazaría a la Ley de Protección a los Animales Domésticos y a los Animales Silvestres Mantenidos en Cautiverio, la cual, a pesar de haber sido promulagada hace 14 años, aún no cuenta con un reglamento y resulta inefectiva. Asimismo, este proyecto considera al maltrato animal como un delito y lo sanciona con pena privativa de la libertad en algunos casos. En ese sentido, el presente editorial analizará qué tan proporcional es imputar este tipo de sanciones para lograr el fin de la norma.
En marzo del presente año, se comenzó a debatir en el Congreso la denominada “Reforma Electoral”. Debido a la relevancia del tema, Enfoque Derecho creó una Semana Temática con artículo y entrevistas a distintos especialistas para analizar cada una de las medidas planteadas e invitar a reflexionar a nuestros lectores sobre la importancia del tema. Lamentablemente, los proyectos que hasta el momento se han aprobado y los que tienen consenso para llevarse al Pleno no representan el corazón de una verdadera reforma que permita cambios estructurales en la legislación electoral. Por ello, para cerrar esta iniciativa, el presente editorial analizará las propuestas que el Congreso debe aprobar para generar una verdadera transformación de nuestro sistema electoral.