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Hace muchos años atrás, el profesor Francesco Carnelutti, en una carta dirigida a los profesores españoles con ocasión de la terminación de la guerra civil señalaba que “cuanto mejor es el ordenamiento jurídico de una nación, tanto más segura es su paz”. Llamando a nuestra reflexión, ¿qué debía entenderse por “mejor ordenamiento jurídico” que nos permita alcanzar tan ansiada paz en un país en el que tomar un taxi de la calle o una combi puede significar una decisión mortal o de afectación a la integridad o al patrimonio?
De acuerdo a la Ley Nº 26260, Ley de protección frente a la violencia familiar, se define la violencia familiar como todas aquellas acciones u omisiones que causen daño físico, psicológico y sexual, incluyendo maltrato sin lesión, amenaza o coacción que se produzca entre los cónyuges, ex cónyuges, convivientes, ex convivientes, ascendientes, descendientes, y parientes colaterales de hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, quienes habitan en el mismo hogar sin que exista alguna relación contractual o laboral y quienes hayan procreado hijos en común.
De regreso de una estancia académica en el extranjero, me encontraba muy entusiasmada de volver al trabajo y en especial al litigio. Una conocida empresa tenía un nuevo caso, por lo que me ofrecí a apoyar en el mismo y acudí a una de las diligencias programadas. En cuanto me presenté ante el juez como abogada de la empresa y extendí mi mano para saludarlo, me la jaló para que me acercara más y poder saludarme con un beso. Teniendo ya algo de experiencia en litigios penales, durante toda la diligencia me concentré en lo que me había preparado para hacer: sostener la ausencia de imputación objetiva por autopuesta en peligro de la víctima del caso para fundamentar la atipicidad de la conducta que se atribuía a mi cliente.
Una de las sagas más emocionantes de Dragon Ball fue la del Ejército de la Patrulla Roja. Este “ejército” era una organización criminal que se encontraba al mando del Comandante Red y que tenía como supuesta finalidad el control del mundo[1]. Con el objetivo de alcanzar su sueño, el Comandante Red promovió que todos los miembros de la Patrulla Roja se dedicaran a buscar las esferas del dragón. Esta meta debería ser alcanzada sin importar los medios utilizados. En este sentido, los miembros inferiores y medios de la Patrulla Roja cometieron diversos crímenes (homicidios, múltiples tentativas de homicidios, quemas de bosques, violaciones de domicilio, secuestros, daños a la propiedad privada, etc.). En el presente artículo analizaremos la responsabilidad penal del comandante Red sobre los hechos cometidos por los miembros de la Patrulla Roja desde la teoría de la autoría mediata.
Enfoque Derecho presenta una nueva edición del Versus, una confrontación de ideas, entre Roberto Pereira, abogado y magíster en Derecho Penal, y Erick Iriarte, abogado y socio de Iriarte y Abogados, donde discuten acerca de la promulgación del Decreto Legislativo N° 1182, más conocido como Ley de geolocalización.
Inauguramos este blog de Derecho penal preguntándonos acerca de la tarea que esta rama del Derecho está llamada hoy a cumplir en nuestra sociedad. ¿Puede ser el Derecho penal una arma eficaz para luchar contra el crimen? ¿Existe un sistema penal capaz de atender el problema criminal? Son estas las preguntas que, por este medio, intentaremos responder.
En el presente artículo analizaremos la responsabilidad penal de Piccolo frente a la muerte de Gokú. En primer lugar, tomaremos postura sobre la posibilidad de concebir a la vida como un bien jurídico disponible a través del consentimiento. En segundo lugar, analizaremos el consentimiento de Gokú desde la posición tripartita del delito. En tercer lugar, analizaremos el caso desde la postura bipartita. Finalmente, plantearemos algunas conclusiones.
La legítima defensa está reconocida en el art 20.3 del Código Penal. Es un supuesto que le permite a una persona justificar algún acto lesivo contra otra, excluyendo el hecho de cualquier relevancia penal. Se tienen que dar algunas condiciones para que una persona pueda excluirse de responsabilidad penal por haber ejercido la legítima defens
El pasado 28 de mayo, la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado del Congreso de la República (en adelante, la Comisión) emitió dictamen[1] respecto del Proyecto de Ley 4054/2014-PE[2], presentado por el Poder Ejecutivo, el cual propone regular la responsabilidad autónoma de las personas jurídicas en delitos de corrupción.
Aquí hay un tema previo que tenemos que tomar en cuenta, la Ley de Acoso sexual que ha salido recientemente publicada no es una norma que establezca sanciones, lo que hace esta norma, contra todos los proyectos que se presentaron inicialmente, es convocar a que las municipalidades, la Policía Nacional y las instituciones públicas creen normas destinadas a evitar el acoso y creen sanciones que busquen desincentivarlo con multas administrativas.

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