Enfoque Derecho entrevista a Ernesto de la Jara, Fundador del Instituto de Defensa Legal (IDL) y Profesor en la PUCP, sobre la suspensión del Fiscal de la Nación, Carlos Ramos Heredia.

ED: ¿Cuál es el motivo por el cual los miembros del Colegio Nacional de la Magistratura (CNM) suspendieron a Carlos Ramos Heredia?

EDJ: Ramos Heredia es el primer Fiscal de la Nación en toda la historia del Perú que es suspendido y que tiene cuatro procesos disciplinarios, todos relacionados al caso de Áncash. Incluso, tiene hasta un quinto proceso relacionado a los Sánchez Paredes, pero este ha sido dejado de lado. Todos estos procesos iniciaron con investigaciones preliminares y pasaron luego a investigaciones formales. Una investigación formal puede terminar en una destitución o en una sanción menor en la Corte Suprema. Aún estamos en esta etapa. Yo creo que debió ser suspendido antes porque, en primer lugar, un Fiscal de la Nación con procesos disciplinarios tan graves no puede seguir ejerciendo, ya que es el defensor de la legalidad y toma medidas respecto a una gran cantidad de casos. En segundo lugar, porque obstruye la investigación, pues – a diferencia del Poder Judicial- el Ministerio Público tiene una estructura más jerárquica.

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ED: ¿Por qué en este caso no se procedió a la destitución? ¿Esta suspensión en algún momento puede terminar como destitución? Y si es así, ¿qué procedimiento se debe seguir para ello?

EDJ: El CNM está regulado en la Carta Magna, que indica sus funciones y constitución, pero también en su Ley Orgánica y en el Reglamento de Procesos Disciplinarios. Dentro de los siete consejeros que lo conforman, tres constituyen el proceso disciplinario. Ellos son los que inicialmente evalúan si hay elementos suficientes para iniciar una investigación preliminar y luego recién proceden a una investigación formal. A partir de esta, se inicia todo un procedimiento. Por ejemplo, ahora, se citará a Ramos Heredia, presentará sus documentos, ejercerá su derecho a defensa, etc. Al final de este proceso, los consejeros deben decidir si hay o no destitución. Por nada del mundo podía haber una destitución antes de agotar todo el procedimiento, que como cualquier otro tiene etapas. En este caso, nos encontramos en la etapa de investigación formal.

Ahora, durante la investigación, hay dos posibilidades: suspender a la persona o mantenerla en el cargo. La suspensión depende de la gravedad de las acusaciones, los indicios y los hechos que puedan obstaculizar el procedimiento. En este caso, se han dado los tres elementos y se ha suspendido al Fiscal; sin embargo, ha habido casos en los que no ha sido así. Básicamente, se le ha suspendido, primero, porque de lo contrario seguiría despachando todos los casos y no solo los casos por los que ha sido investigado. En segundo lugar, porque seguiría en contacto con los Fiscales que ven el caso de Áncash y los que se encargan del Control Interno del Ministerio Público. No obstante, también podrían no haberlo suspendido.

Yo creo que se han demorado un poco. Sin embargo, cuando el ex Consejero de la Magistratura, Paz de la Barra, pidió la suspensión, esta definitivamente no procedía, porque aún no se habían agotado algunos elementos de defensa, y justamente eso quería Ramos Heredia para así poder interponer una acción de amparo.

ED: Se ha dicho que ya suspendido, Ramos Heredia intentó convocar a Junta de Fiscales. ¿Esto podría llevar a la destitución?

EDJ: Él ha variado de posición. En un comienzo aceptó, pero luego, a la hora que el CNM quiso notificarlo, él cerró el Ministerio y dijo que no estaba. Entonces, lo notificaron de manera electrónica que ahora ya tiene validez como sabrán. Él señaló que había interpuesto una reconsideración, que normalmente sería como una medida cautelar. Pero en este caso, el CNM ordenó el cumplimiento inmediato y, entonces, la decisión se tenía que ejecutar de igual manera.

Parecía que lo que quiso hacer es no entregar el cargo hasta que saliera la resolución de reconsideración. Si hubiera hecho esto, él habría incurrido en el ejercicio ilegal de una función pública y hubiera obstaculizado la Administración de Justicia. Esto habría empeorado su situación, porque se hubiera podido iniciar una acción penal por desacato a la autoridad y ejercicio ilegal de la función pública. Pero no es que esto lleve de por sí a la destitución, esta solo procede por inconducta funcional a nivel del CNM. Y cuando el CNM falle, no podrá decir que Ramos Heredia ha cometido un delito, eso le corresponde solamente al Ministerio Público.

ED: ¿Cuál es el impacto de esta decisión en el desprestigiado Ministerio Público?

EDJ: El Ministerio Público es un órgano importante, porque es el encargado de la defensa de la legalidad y de impulsar la acción penal. Cuando recién comenzó a funcionar como órgano constitucional autónomo, gozaba de gran respeto, pero ahora está sumido en un total y absoluto desprestigio.  Este desprestigio viene desde la misma elección de Ramos Heredia como vocal supremo, así como del intento de elegir a Castañeda y a Hinostroza Pariachi, y de escoger a ciertos fiscales por «amarre» que han tenido  un comportamiento infame.

Yo creo que lo que ha ocurrido es positivo al menos a nivel del interino. Pablo Sánchez, el reemplazo de Ramos Heredia, es sin duda el mejor Fiscal Supremo que había. Tiene más de 30 años de carrera en el Ministerio Público, es un tipo correcto al que nadie le ha podido achacar nada. Además, tiene una capacidad muy por encima del promedio. La crítica que yo le haría es que le falta pelear por las cosas. Por ejemplo, a él le correspondía ser Fiscal de la Nación, pero como no dio «pelea» pública, no fue así.

Él ha ofrecido comenzar una reforma total, por ejemplo, a nivel del Órgano de Control Interno del Ministerio Público, que debería estar compuesto por un Fiscal Supremo y dos representantes de la sociedad civil, pero que solo está integrado por el primero, porque se ha dicho que no hay presupuesto para los otros dos. Justamente por este tema, ha ocurrido lo que sucedió con Ramos Heredia.

Hasta ahora esta institución está en un nivel de desprestigio absoluto. Y si Ramos Heredia fuera destituido, estaríamos diciendo que el Fiscal de la Nación estaba relacionado con la mafia, y eso no es poca cosa.

También debemos tomar en cuenta que en estos meses se renueva el CNM. Los representantes de las Universidades públicas y privadas se eligieron a finales de noviembre, y los dos que fueron elegidos han sido producto de un proceso turbio. Precisamente, ellos verán el caso de Ramos Heredia y no existe ninguna garantía respecto a ellos.

ED: El suspendido Fiscal de la Nación dio a conocer información importante sobre el paradero de Belaunde Lossio a los medios de comunicación y emplazó al Ministro Urresti a tomar cartas en el asunto. ¿Cree usted que esto es una imprudencia del Fiscal o más bien es a propósito de otros intereses?

EDJ: Yo creo que fue una señal más de que una persona así no debe ocupar ese cargo. Si tienes información importante como esa, se deben utilizar las vías institucionales para actuar. En cambio, acá hubo “revancha”. Como lo habían suspendido, dijo dónde estaba. Esto es sumamente criticable, y no porque limitaba las posibilidades de captura de Belaunde Lossio como dijo Urresti, sino porque utilizó los medios para vengarse; lo que querría decir que si no lo suspendían, no iba a comunicar que él sabía que Belaunde Lossio estaba en Bolivia. Yo creo que es incorrecto al margen del problema político en torno a la relación del gobierno con Belaunde Lossio.

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ED: Se sabe que ante esta decisión se puede presentar un recurso de reconsideración o, en su defecto, un amparo. ¿En este caso procedería un amparo?

EDJ: El recurso de reconsideración puede ser planteado, pero otra cosa es que prospere. Sin embargo, hay que tener mucho cuidado con este tema, porque ha pasado antes que los mismos magistrados del CNM han cambiado su voto por un asunto de mero Derecho. Así fue en el caso del Presidente de la Corte Suprema de Lima, Ángel Romero. Esperemos que eso no suceda acá.

La acción de amparo igual la puede interponer, pero solo procedería ante la vulneración de un derecho. Según la Constitución, el CNM tiene la potestad de nombrar, ratificar y destituir directamente a Jueces y Fiscales Supremos, y de manera indirecta, al resto de Jueces y Fiscales a través de la OCMA o la Corte Suprema. Entonces, el amparo solo procedería de no cumplirse las garantías del debido proceso a la hora de evaluar su suspensión o si esta no se hubiera motivado suficientemente.

Por eso, era peligroso cuando Paz de la Barra pedía la suspensión sin una investigación. Ahí, sí hubiese procedido un amparo. En cambio, ahora no. Si uno lee la resolución de suspensión, se ve que está muy bien fundamentada. Se han cuidado mucho de eso. Solo podría ser por ahí y si el Poder Judicial actúa correctamente, debería declararla inadmisible o improcedente.

ED: ¿Esta suspensión es pertinente para proteger las investigaciones del caso de “La Centralita”?

EDJ: Totalmente. A groso modo, la acusación contra él es su actuación como Fiscal Supremo encargado de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. Esta es el órgano disciplinario del Ministerio Público, es como la OCMA en el Poder Judicial. Como ya explique antes, este órgano debe ser colectivo, pero como no se elegía a los otros miembros, él estaba solo, y podía hacer y deshacer lo que quería.

Él como encargado de esta oficina sancionó a los Fiscales que habían hecho el allanamiento de “La Centralita”. En cambio, favoreció a quienes se opusieron a la investigación. Por eso, está siendo investigado. Entonces, si la persona encargada de promover las investigaciones sobre este caso se mantiene en el cargo más alto y con estos antecedentes, de todas maneras habría una obstaculización. He ahí la importancia de su separación, más aún si el caso puede demorar y en el Ministerio Público no existe la independencia que existe en el Poder Judicial.

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