Por: Iñigo Sanz Rubiales
Profesor titular de Derecho administrativo. Universidad de Valladolid, España

El Consejo Europeo (la reunión de los Jefes de Estado y de gobierno de los Estados miembros de la Comunidad) solicitó el 14 de diciembre de 2007 a un grupo de pensadores independientes –el grupo de Reflexión- un informe sobre el futuro de la Unión Europea en 2030, informe que acaba de ver la luz en mayo de 2010. Sin perjuicio de la dificultad de elaboración de este documento, lo cierto es que el Informe va afrontando los principales problemas a los que se tendrá que enfrentar la Comunidad en los próximos decenios y se puede configurar como una guía, un conjunto de Directrices que las instituciones comunitarias deberían tener en cuenta a la hora de elaborar sus políticas en los próximos años. Son retazos de una planificación a largo plazo, necesaria para facilitar el gobierno y la seguridad jurídica de ciudadanos y empresas.

Desde un punto de vista jurídico, ¿cuáles son las conclusiones de este informe en relación con el cambio climático? El estudio parte del principio de que es preciso y urgente que los poderes públicos actúen: la incidencia del cambio climático no es inocua, a la luz de los datos técnicos de que se dispone, y la pura pasividad de los poderes públicos –manteniendo las pautas actuales de consumo energético- abocaría a una crisis energética y, por lo tanto, económica sin precedentes. Ahora bien, el objetivo público general de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, causantes supuestos del calentamiento global, ¿cómo puede concretarse, y a través de qué medios? ¿Qué deben hacer los poderes públicos en esta situación?

Para el grupo de Reflexión, hay que empezar por lo más fácil: “revolucionar la eficiencia energética”, porque “la forma de energía más barata y limpia es la que no se consume” (es un instrumento que está al alcance de todos los bolsillos). Este impulso se debe hacer mediante la aplicación de normas más estrictas de consumo energético en viviendas y electrodomésticos, así como mediante la fijación de objetivos estatales de eficiencia. Para lograr dichos objetivos es imprescindible la colaboración público-privada, en sus diversas formas.

En segundo lugar, debe potenciarse la generación de energía renovable. Para ello debe también fomentarse (ayudas, beneficios fiscales o jurídicos, cuotas) la producción de biocombustibles y la producción y adquisición de coches eléctricos e híbridos. Pero, junto a eso, los poderes públicos deben asegurar la existencia de una red eléctrica capaz de soportar una extraordinaria variedad de fuentes de generación dispersas (eólica, fotovoltaica, etc.). Ahora bien, el grupo de reflexión propone, igualmente, y para asegurar la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, mantener la energía nuclear y desbloquear las inversiones en esta línea energética, para lo cual se configura como imprescindible la creación de un marco normativo que incremente la seguridad jurídica para los inversores y afiance la seguridad técnica de las centrales.

Por otra parte, se propone avanzar todo lo posible hacia la seguridad en el abastecimiento, esto es hacia el autoabastecimiento energético. Los problemas derivados de la dependencia energética de países políticamente inestables exigen un importante esfuerzo de investigación y de inversión pública y privada en fuentes y redes que debe ser estimulado por las normas y fondos comunitarios y estatales (a través de normativas de policía y de fomento, principalmente).

Finalmente, se propone que la Unión Europea siga manteniendo el liderazgo mundial en la lucha contra el cambio climático. Sólo con normas jurídicas adecuadas a la realidad y, a la vez, exigentes, y con una aplicación rigurosa por parte de las Administraciones se puede lograr ese objetivo de encabezar la lucha contra el cambio climático a nivel global. Y ello, a sabiendas de que este liderazgo, positivo a largo plazo, implica –ya lo está haciendo- fuertes costes en inversión tecnológica y una coyuntural pérdida de competitividad de las empresas europeas a corto plazo.

No está de más recordar, en definitiva, que el Derecho Público económico y ambiental sólo será eficaz cuando cuenta con la suficiente información (en este caso, la aportada por el Grupo de Reflexión) y con una Administración capacitada en medios y personas para ponerlo en práctica, de acuerdo con la realidad económica e institucional.

¿Cómo citar este artículo?
SANZ RUBIALES, Iñigo. La Unión Europea y el cambio climático: retos jurídicos. En: Enfoque Derecho. 13 de mayo de 2010. https://enfoquederecho.com/la-union-europea-y-el-cambio-climatico-retos-juridicos/ (visitado el dd/mm/aa a las hh:mm)

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